• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Servicio doméstico: Cálculo del aguinaldo según el nuevo régimen para Empleados de Casas Particulares

26 junio, 2013 Por Ignacio 149 comentarios

Cálculo del aguinaldo para el el personal bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley 26844). 

Si bien el anterior régimen que regulaba la actividad de trabajo doméstico, decreto 326/56, incluía el beneficio del  Sueldo Anual Complementario (SAC), en su artículo 10: 

“Todo empleado tendrá derecho a percibir un mes de sueldo complementario por cada año de servicio o la parte proporcional del mismo,” 
El nuevo régimen para el personal de casas particulares sancionado mediante la ley Ley 26.844 dispone que el cálculo del SAC será equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Épocas de pago: para empleados bajo el régimen de casas particulares el sueldo anual complementario será abonado en 2 cuotas; la primera de ellas la última jornada laboral del mes de junio y la segunda la última jornada laboral del mes de diciembre de cada año.
Lo establecido por este nuevo régimen para el personal de casas particulares presenta condiciones más beneficiosas para el trabajador, no solo  en comparación con el anterior régimen legal para la actividad (Decreto 326/56), sino con la misma Ley de Contrato de Trabajo. Veamos la razón en el siguiente ejemplo:
Tomemos como supuesto este primer semestre de 2013 para un trabajador que presta servicios 2 veces a la semana, los días lunes y jueves.
Este trabajador, deberá cobrar aguinaldo correspondiente al primer semestre del 2013 el último día laboral del mes de junio, es decir el jueves 27 de junio.

¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?


Como vimos, el artículo 26 de la ley 26.844 establece que “El sueldo anual complementario consiste en el cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.”
Por lo tanto, la base de cálculo para el SAC será la mejor remuneración devengada en un semestre en forma mensual, teniendo en cuenta todos los conceptos, es decir tanto en dinero como en especie. 
Por lo tanto la base de cálculo será: 
  • Salario básico.
  • Horas extras.
  • Adicionales
  •  Remuneración en especie (por ejemplo, prestaciones por habitación).
  • Gratificaciones o adicionales.

No integran la base de cálculo los siguientes conceptos no remuneratorios:

Asignaciones familiares. Ya que son pagadas por el ANSES, y no por el empleador. Recordemos que la nueva ley incorpora como novedad la modificación de la ley de asignaciones familiares (Ley 24714), otorgando al trabajador los beneficios de las prestaciones por la asignación por embarazo para protección social, la asignación universal por hijo para protección social y la asignación por maternidad.

Pago proporcional del aguinaldo

La determinación del Aguinaldo se debe realizar teniendo en cuenta aquellos períodos del semestre que devengaron remuneración, por ejemplo:  licencia por vacaciones, licencias por enfermedad y otras licencias legales pagas.
En cambio, cuando la prestación de tareas sufrió suspensiones no merecedoras de remuneración, como por ejemplo:
  • licencia por maternidad
  • licencias sin goce de sueldo

Estos períodos no se computarán como trabajados para el cálculo del aguinaldo y el mismo se deberá calcular de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado.


Pago proporcional por Extinción del contrato
Por último, cuando se opere la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa, la empleada/o o sus derecho-habientes, tendrán derecho a percibir la parte proporcional del sueldo anual complementario devengada en el respectivo semestre.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Aguinaldo - SAC, Ley 26844, Personal Casas Particulares, Servicio Doméstico

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Ana dice

    1 octubre, 2013 a las 2:25 pm

    hola Ignacio, cuando hay reducción de horas de una empleada doméstica, corresponde indemnización? trabaja 4 hs por día de lunes a viernes, está registrada en afip, ahora trabajaría desde 08/2013 solo 3 horas diarias.gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    13 septiembre, 2013 a las 7:27 pm

    Hola quiero saber si hay aumento correspondiente al mes de agosto. Para pagar n septiembre a mi mucama. Dsd ya muchas gracias

    Responder
  4. Walter dice

    13 septiembre, 2013 a las 12:16 am

    Hola Ignacio:
    Tengo una empleda de servicio doméstico que trabaja 3 veces x semana con un total de 6 horas. Le corresponde aguinaldo y vacaciones? como se liquida? Muchas gracias

    Responder
  5. Euge dice

    6 septiembre, 2013 a las 7:17 pm

    Estimado Ignacio, como debo pagar el mes de vacaciones? Cobra $1.500 por el mes. Las vacaciones si las se calcular. Son $60 por dia. Por 14 dias son $900. Lo que no sé es si se suman a los $1.500 o se lo restan.
    Gracias por responder a quien sepa. Estos cambios nos ponen en apuros a quienes somos simples amas de casa y no tenemos contadores

    Responder
  6. Anónimo dice

    3 septiembre, 2013 a las 10:37 am

    hola tengo una niñera que en la ley la encasille en la 3era categoria, ella trabaja 5 horas por dia, podrian decirme cuanto seria el salario mensual.gracias.

    Responder
  7. Anónimo dice

    1 septiembre, 2013 a las 10:23 pm

    Hola me podrias decir como se hace el calculo de la liquidacion x vacaciones,?trabajo dos veces x semana 5 hs.x dia. tengo 6 años de antiguedad .gracias.

    Responder
  8. Anónimo dice

    31 agosto, 2013 a las 7:05 pm

    sí stoy embarazada. a semanas de la fecha parto y empiezo mi licencia por maternidad. el sueldo es el mismo ?? durante mi licencia??

    Responder
  9. Anónimo dice

    26 agosto, 2013 a las 11:22 pm

    Quisiera saber x favor como dama de compañia q tareas me corresponden realizar….y cuales serian las q no me corresponden.gracias

    Responder
  10. Anónimo dice

    22 agosto, 2013 a las 10:07 pm

    Hola quería saber cuanto es el sueldo de 6hs de lunes a viernes cuido2 niños y hago limpieza desde ya muchas gracias !!

    Responder
  11. Anónimo dice

    22 agosto, 2013 a las 2:45 am

    Hola,una consulta.trabajo 7 horas una ves x semana me corresponde aguinaldo?

    Responder
  12. Javier Martinez dice

    6 agosto, 2013 a las 2:37 pm

    Hola, una consulta, para menos de 8 horas semanales, tenía entendido que no era obligatorio pagarle el aguinaldo. Es así?

    Responder
  13. Anónimo dice

    5 agosto, 2013 a las 7:23 pm

    Buenas tardes Ignacio, te agradeceria que me informes cuanto debo pagarle a una empleada domestica que contrate para que trabaje de lunes a sábados de 8.30 a 14.30 hs o sea 6 hs por día. Saludos

    Responder
  14. MARIA ROSA Sanchez dice

    3 agosto, 2013 a las 9:00 pm

    Hola necesito saber cuanto tiene que cobrar de aguinaldo una señora que cuida a mi cuñada desde hace 3 meses, 7 horas al día.
    Desde ya gracias por su respuesta

    Responder
  15. MARIA ROSA Sanchez dice

    3 agosto, 2013 a las 8:52 pm

    Hola cuanto le tengo que pagar de aguinaldo a una persona que cuida siete horas a mi hermana desde hace tres meses.

    Responder
  16. Anónimo dice

    31 julio, 2013 a las 10:01 pm

    hola como calculo el mes trabajados es de 21 dias o 24 dias trabajo de lunes a viernes .

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d