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Servicio doméstico: Cálculo del aguinaldo según el nuevo régimen para Empleados de Casas Particulares

26 junio, 2013 Por Ignacio 149 comentarios

Cálculo del aguinaldo para el el personal bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley 26844). 

Si bien el anterior régimen que regulaba la actividad de trabajo doméstico, decreto 326/56, incluía el beneficio del  Sueldo Anual Complementario (SAC), en su artículo 10: 

“Todo empleado tendrá derecho a percibir un mes de sueldo complementario por cada año de servicio o la parte proporcional del mismo,” 
El nuevo régimen para el personal de casas particulares sancionado mediante la ley Ley 26.844 dispone que el cálculo del SAC será equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Épocas de pago: para empleados bajo el régimen de casas particulares el sueldo anual complementario será abonado en 2 cuotas; la primera de ellas la última jornada laboral del mes de junio y la segunda la última jornada laboral del mes de diciembre de cada año.
Lo establecido por este nuevo régimen para el personal de casas particulares presenta condiciones más beneficiosas para el trabajador, no solo  en comparación con el anterior régimen legal para la actividad (Decreto 326/56), sino con la misma Ley de Contrato de Trabajo. Veamos la razón en el siguiente ejemplo:
Tomemos como supuesto este primer semestre de 2013 para un trabajador que presta servicios 2 veces a la semana, los días lunes y jueves.
Este trabajador, deberá cobrar aguinaldo correspondiente al primer semestre del 2013 el último día laboral del mes de junio, es decir el jueves 27 de junio.

¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?


Como vimos, el artículo 26 de la ley 26.844 establece que “El sueldo anual complementario consiste en el cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.”
Por lo tanto, la base de cálculo para el SAC será la mejor remuneración devengada en un semestre en forma mensual, teniendo en cuenta todos los conceptos, es decir tanto en dinero como en especie. 
Por lo tanto la base de cálculo será: 
  • Salario básico.
  • Horas extras.
  • Adicionales
  •  Remuneración en especie (por ejemplo, prestaciones por habitación).
  • Gratificaciones o adicionales.

No integran la base de cálculo los siguientes conceptos no remuneratorios:

Asignaciones familiares. Ya que son pagadas por el ANSES, y no por el empleador. Recordemos que la nueva ley incorpora como novedad la modificación de la ley de asignaciones familiares (Ley 24714), otorgando al trabajador los beneficios de las prestaciones por la asignación por embarazo para protección social, la asignación universal por hijo para protección social y la asignación por maternidad.

Pago proporcional del aguinaldo

La determinación del Aguinaldo se debe realizar teniendo en cuenta aquellos períodos del semestre que devengaron remuneración, por ejemplo:  licencia por vacaciones, licencias por enfermedad y otras licencias legales pagas.
En cambio, cuando la prestación de tareas sufrió suspensiones no merecedoras de remuneración, como por ejemplo:
  • licencia por maternidad
  • licencias sin goce de sueldo

Estos períodos no se computarán como trabajados para el cálculo del aguinaldo y el mismo se deberá calcular de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado.


Pago proporcional por Extinción del contrato
Por último, cuando se opere la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa, la empleada/o o sus derecho-habientes, tendrán derecho a percibir la parte proporcional del sueldo anual complementario devengada en el respectivo semestre.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Aguinaldo - SAC, Ley 26844, Personal Casas Particulares, Servicio Doméstico

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    22 diciembre, 2013 a las 10:03 pm

    Hola. Yo trabajo 18 hs semanales. Queria saber si corresponde que me den los dias feriados y me los paguen?

    Responder
  3. Nancy Ledesma dice

    20 diciembre, 2013 a las 11:07 pm

    hola soy nancy necesito por favor q m respondan ,si m corresponde cobrar aguinaldo hace un año trabajo en blanco cual es el monto mi suueldo mensual es de 1620ps por mes por 3 veces a la semana mil gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      22 diciembre, 2013 a las 2:47 am

      Hola, si, te corresponde

      Responder
  4. Anónimo dice

    20 diciembre, 2013 a las 3:38 pm

    Hola yo qquiero saber cuanto debia recibir de aguinaldo y vacaciones tengo trabajado 4 meses sólo 25mil colones recibí no me ah dado vacaciones

    Responder
    • Ignacio dice

      22 diciembre, 2013 a las 2:59 am

      Hola, por los colones deduzco que sos de Costa Rica. Esta ley es una ley Argentina.
      Saludos

      Responder
  5. Angeles Uscanga dice

    19 diciembre, 2013 a las 6:09 pm

    K mal informada k estaba…

    Responder
  6. Angeles Uscanga dice

    19 diciembre, 2013 a las 6:08 pm

    Hola pues yo no sabia cuanto tenia que resibir la verad llebo tres años trabajando y el año pasado solo me dieron $500 buuu la neta no se me iso justo pero bueno si este año me ba igual creo me cambiare de trabajo

    Responder
    • Ignacio dice

      22 diciembre, 2013 a las 2:54 am

      De dónde sos Angeles?

      Responder
  7. Anónimo dice

    18 diciembre, 2013 a las 7:41 pm

    Hola soy monse quisiera saber si ante la ley me corresponde aguinaldo llevo 1año y medio trabajando cuido dos niñas y no me dan aguinaldo ni vacaciones no tengo contrato ni nada mi patrona es licenciada pero siempre que le pregunto me da la vuelta quisiera q me ayudaran pliiis

    Responder
  8. Anónimo dice

    18 diciembre, 2013 a las 2:33 pm

    Hola mi consulta es porque yo empezé a cuidar los fines de semana a la noche a una abuela el 24.8.13 y quería saber si me corresponde aguinaldo.

    Responder
  9. Anónimo dice

    17 diciembre, 2013 a las 7:58 pm

    Hola quiero saber si una empleada doméstica después de los tres meses le toca aguinaldo ósea el doble sueldo gracias soy ada

    Responder
    • Ignacio dice

      22 diciembre, 2013 a las 2:58 am

      Hola Ada, no, corresponde, pero no es el doble, es la mitad del sueldo el aguinaldo.

      Responder
  10. BtoBviajescorporativos dice

    16 diciembre, 2013 a las 12:31 pm

    Hola Ignacio! Como debo calcular para pagar el aguinaldo a mi empleada q comenzo a trabajar el primero de octubre de este año? Muchas gracias!!!

    Responder
    • Ignacio dice

      22 diciembre, 2013 a las 2:52 am

      De manera proprcional

      Responder
  11. Yessi Chayle dice

    13 diciembre, 2013 a las 4:48 pm

    hola buenas tarde.. quisiera saber de cuanto deberia ser mi sueldo, cuanto me coresponde de aguinaldo y de vacacioes?, tabajo de lunes a lunes sin retiro.. soy empleada domestica. desde ya muchas gracias.

    Responder
  12. Yessi Chayle dice

    13 diciembre, 2013 a las 4:15 pm

    Hola buenas tardes, trabajo los fines de semana sin retiro,cuido de una persona mayor con alzheimer. ingreso los dias sabados a las 09 am y me retiros los dias lunes a las 09 am. (cobro por fin de semana). mi preguenta es cuanto deberia cobrar? y si me coresponden vacaciones? ya que mi empleador me dice que como solo cubro los fies de semaa no me corresponde vacaciones y aguinaldo.. desde ya muchas gracias.

    Responder
  13. Anónimo dice

    12 diciembre, 2013 a las 2:00 pm

    Hola quisiera saber cuánto me corresponde de mi aguinaldo sí entre a trabajar en septiembre de este año!!

    Responder
  14. Anónimo dice

    10 diciembre, 2013 a las 3:30 pm

    Hola ignacio queria saber cuanto m corresponde de aguinaldo ,empece a trabajar el 1 de julio de lunes a viernes y mi sueldo es de 1600 kincenales….gracias

    Responder
  15. Anónimo dice

    8 diciembre, 2013 a las 6:32 pm

    despues de cuanto tiiempo de trabajo deben pagarle el aginaldo a las trabajadoras del hogar

    Responder
  16. Anónimo dice

    5 diciembre, 2013 a las 5:52 pm

    hla quiero saber si m corresponde el aguinaldo en el mes de diciembre yo estoy en blanco desde agosto de este año…gcias

    Responder
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