• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Servicio Doméstico: Opciones para incluir el bono en el recibo de sueldo

30 octubre, 2019 Por Ignacio 43 comentarios

Cómo incluir el bono en el recibo de sueldo del servicio doméstico. Alternativas a tener en cuenta

Durante octubre se debe pagar la primera cuota de la asignación extraordinaria no remunerativa para el personal de casas particulares.

Ver el monto según las horas trabajadas

Sobre este tema, he recibido varias consultas sobre como incluir en el recibo de sueldos dicha suma, así que veamos algunas opciones.

Opción 1

Para quienes confeccionan el recibo mediante el recibo que brinda AFIP, se encuentran con el problema que AFIP no tiene un campo previsto para estas cuestiones, por lo tanto tenemos dos alternativas, una como se ve en la imagen, incluirlo como gratificación y aclarar la situación en observaciones.

También podría incluirse dentro del campo “Remuneración” y aclarar luego que incluye el pago del bono por X monto.

Sinceramente, no me me resulta conveniente esta alternativa, así que veamos las otras opciones.

ACTUALIZACIÓN

Hoy 30 de octubre, AFIP incorporó un nuevo campo llamado “otros” que se puede utilizar en lugar de “Gratificaciones.”

De todos modos el campo no editable, por lo tanto hay que aclarar el conceptos “observaciones”

Opción 2

La otra opción para incluir el pago de la suma no remunerativa, es dentro del Formulario 102 RT.

Para quienes ya pagan las remuneraciones del Personal Doméstico con este formulario, no es ninguna novedad, por lo tanto es solo hay que informar el detalle en “otros conceptos” con alguna leyenda similar a la que figura en la imagen abajo, indicando que concepto se está pagando.

Por lo tanto, quienes ya pagan usando este formulario, lo incluyen con el resto del sueldo y en el caso de quienes lo hacen con el recibo de AFIP y no quieren incluirlo como en la Opción 1, pueden usar este formulario para pagar el bono.

El campo de otros conceptos no es muy amplio, por lo que debemos resumir un poco el detalle, pero lo importante es informar que concepto se está pagando.

Opción 3

La otra alternativa, es hacer un recibo de sueldo en excel o por algún sistema de liquidación, donde podemos adecuar las descripciones y detalles con mas detalle.

Cualquier sea la opción elegida, lo importante es que quede claro que conceptos se están pagando en el mes y cumplir con la normativa que exige el pago de la suma extraordinaria.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Servicio Doméstico Etiquetado como: Personal Casas Particulares, Recibo de sueldos Empleados Casas Particulares

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Susana dice

    31 octubre, 2019 a las 4:59 pm

    Hola él bono le corresponde a las empleadas q no están en blanco

    Responder
  3. Valeria dice

    31 octubre, 2019 a las 4:36 pm

    Hola ,ingrese a trabajar el 14/10 ,me corresponde el bono?

    Responder
  4. Noemi dice

    31 octubre, 2019 a las 4:09 pm

    Buenas tardes una consulta yo estoy d licencia x maternidad ? Me corresponde cobrar el bono?

    Responder
  5. Ana dice

    31 octubre, 2019 a las 3:57 pm

    Hola es obligatorio que el empleador pague el bono?? El afip les comunica que deben pagar dicho bono??

    Responder
  6. Graciela dice

    31 octubre, 2019 a las 3:52 pm

    Hola Ignacio, quería consultarte que pasa si se desvincula a la empleada domestica. ¿Como se descuenta el bono? Gracias!

    Responder
  7. Filippa Evangelina Anabela dice

    31 octubre, 2019 a las 3:42 pm

    Hola Ignacio yo soy empleda domestica estoy en blanco que puedo hacer si mi empleadorno paga el bono???

    Responder
    • maria barisich dice

      1 noviembre, 2019 a las 12:48 am

      Hola a mi también me pasa lo mismo. No quieren pagar el bono. Yo fui al ministerio de trabajo y lo intiman a pagar, siempre protegiendome de no perder mi trabajo. Ya que los empleadores son los necio y están equivocados.

      Responder
  8. Marcelo dice

    31 octubre, 2019 a las 3:34 pm

    Tengo empleada domestica hace un mes, o sea solo le liquide septiembre, corresponde que pague el monto total del bono?

    Responder
  9. Lorena dice

    31 octubre, 2019 a las 2:23 pm

    Hola quería saber si me corresponde el aumento y el bono de finde año ya q hace comencé el mes de octubre en negro y ahora el mes de noviembre ya me ponen en blanco,mi trabajo es cuidado de dos niñas.

    Responder
  10. Maty dice

    31 octubre, 2019 a las 11:52 am

    Hola. Quería saber si una persona puede contratar a su hermana como empleada doméstica.
    El trabajo sería efectivo y llevado a cabo en distintos domicilios.
    Existe algún problema para contratar? Ya sea también para incluirla en el siradig?

    Responder
    • Ignacio dice

      31 octubre, 2019 a las 2:09 pm

      Hola, no, está excluiodo en la ley:

      b) Las personas emparentadas con el dueño de casa, tales como: padres, hijos, hermanos, nietos y/o las que las leyes o usos y costumbres consideren relacionadas en algún grado de parentesco o vínculo de convivencia no laboral con el empleador;

      Responder
  11. Silvina dice

    31 octubre, 2019 a las 11:51 am

    Hola Ignacio, muchas gracias por la información. En el caso 1, no me queda claro si el item gratificaciones va incluido en el recibo del período del mes de octubre o si corresponde incluirlo en el mes de septiembre (visto que el trabajo de octubre se paga en noviembre y el bono lo pagamos en octubre). Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      31 octubre, 2019 a las 2:11 pm

      yo lo incluiría en octubre

      Responder
    • Marisa dice

      31 octubre, 2019 a las 3:47 pm

      Hola Silvina, yo me comunique con el Sindicato de Casas Particulares y me dijeron que el bono se incluye en el recibo de Octubre.
      Saluods

      Responder
  12. Alicia dice

    30 octubre, 2019 a las 8:11 pm

    Ignacio, para una empleada que ingreso el 07/10, el pago de la suma no remunerativa , es proporcional?

    Responder
  13. Leandro Plano dice

    30 octubre, 2019 a las 4:52 pm

    Acaban de incorporar la opción “OTROS” en los Recibos de la web de AFIP.

    Responder
  14. Isi dice

    30 octubre, 2019 a las 10:19 am

    Hola Ignacio. En el caso de un contribuyente que pague el recibo vía Afip, este puede generar el recibo del mes corriente por ese medio y el pago del bono aparte, en el F 102 RT?

    Responder
  15. Laura dice

    30 octubre, 2019 a las 8:59 am

    Hola Ignacio! Yo liquido con el recibo de Afip por qué no sería conveniente esa opción? Gracias

    Responder
    • teresa benedetto dice

      30 octubre, 2019 a las 10:19 am

      Hola Laura, entiendo que se refiere a no incluir la suma bajo concepto remuneración y luego aclarar en observaciones . La idea es dejar expuesto la cifra de esta Resolución como concepto no remunerativo lo más claro posible teniendo en cuenta que el recibo de AFIP no contempla esta opción. Saludos!

      Responder
  16. Gisela dice

    30 octubre, 2019 a las 8:18 am

    Hola Ignacio, quería saber si hubo cambio en los aportes de las empleadas domésticas? ya que al colocar el mes 10 en el formulario me cambia los importes y no he visto aún que salieran los nuevos en la página.

    Responder
    • Lucía dice

      30 octubre, 2019 a las 8:41 am

      Hola Gisela, Fijate que cambió la art (nuevamente) .
      Menos de 12: $272.64 (ap: $55.91 cont $19.73 y ART $197)
      de 12 a 16: $457.05 (ap: $103.59 cont: $39.46 y ART $314)
      16 o más: $1230.55 (ap: $$689 cont $57.55y ART $484)
      Saludos!

      Responder
      • Agus dice

        30 octubre, 2019 a las 10:32 am

        Hola! Donde pudiste ver los valores actuales?
        ¿Ya esta disponible el nuevo formulario?

        Responder
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d