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UOCRA CCT 76/1975. Nuevas escalas salariales a partir de mayo 2010

21 mayo, 2010 Por Ignacio 49 comentarios

Obreros de la construcción nuevo acuerdo salarial a partir del mes de mayo de 2010.
25% de incremento acumulativo y  escalonado a partir de mayo. Suma no remunerativa de $300 a $600 según zona. Aporte extraordinario de $60.

Con fecha 13 de mayo, y luego ratficado el 18 de mayo de 2010, el gremio de obreros de la construcción arribado a un acuerdo por el cual se determina un incremento salaral en forma escalonada y acumulativa  para aquellos trabajadores alcanzados por el convenio
colectivo de trabajo 76/1975, dicho aumento se escalona de la siguiente manera:

  • 11% a partir de mayo de 2010, sobre los salarios vigentes al mes de abril,
  • 7% a partir de agosto, sobre los salarios vigentes al mes de julio
  • 7 % a partir de diciembre, sobre los salarios vigentes al mes de noviembre,

Clausula de absorción
El incremento mencionado absorbe y/o compensa hasta su concurrencia todos los incrementos en el nivel de ingreso de los trabajadores otorgados voluntariamente por las empresas y/o por acuerdos o convenios colectivos, ya sean con carácter remunerativo o no remunerativo, cualquiera sea el concepto, denominación, forma, presupuesto y condiciones de devengamiento, y que no tuvieran por fuente lo dispuesto en el CCT 76/1975.

Gratificación no remunerativa por zona

Se establece una gratificación no remunerativa por única vez, de:

  • $ 300 para la Zona “A”,
  • de $ 350 para la Zona “B”,
  • de $ 500 para la Zona “C”
  • y de $ 600 para la zona “C-Austral”,

con vigencia a partir de la segunda quincena del mes de mayo 2010 y, de acuerdo a la zona geográfica donde radican los trabajadores, se abonará en dos o tres cuotas.

Aporte extraordinario

Además, se establece un aporte extraordinario a cargo de los trabajadores equivalente al 1,5% mensual de los salarios sujetes a aportes y contribuciones durante 6 meses a partir del mes siguiente a la homologación del presente acuerdo y una contribución a cargo de los empleadores de $ 60 por cada trabajador que integre la nómina al momento de la suscripción del presente acuerdo y cuyo importe podrá ser fraccionado en 4 cuotas iguales de $ 15 con vencimiento en las siguientes fecha: 12/7/2010, 10/8/2010, 10/9/2010 y 11/10/2010.

Acuerdo pendiente de homologación.
 

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: acuerdo Salarial 2010, CCT 76/1975, Construcción, Escala Salarial, UOCRA

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Laura Cordoba dice

    7 junio, 2010 a las 7:01 pm

    Ignacio, te hago una consulta, tengo un empleado de la construccion que trabaja de lunes a viernes. El 1º Mayo fue feriado y sabado. Debo liquidarselo como feriado?
    Lau Cordoba

    Responder
  3. Anónimo dice

    7 junio, 2010 a las 12:20 pm

    hola necesito la escala salarial vigente de los empleados de la construccion.urgenteeeee.

    Responder
  4. Anónimo dice

    2 junio, 2010 a las 12:26 am

    Soy de entre rios pertenezco a la ley 22250,el pago de los $500 nos pertenece o es para capital y bs. as..como firmaron el acuerdo.Les recuerdo que los afiliados del interior existimos a los cuales se les hace el mismo descuento que a capital y bs. as..ponganse a trabajar y pelear por todos los que votamos para elegir a esta dirigencia

    Responder
  5. Anónimo dice

    31 mayo, 2010 a las 3:37 pm

    HOLA ignacio, soy Roberto y quisiera saber si la uocra contempla algun pago por tener titulo de tecnico.Gracias

    Responder
  6. Anónimo dice

    31 mayo, 2010 a las 3:12 pm

    La consulta de Jorge se refiere al aporte extraordinario solidario del trabajador, donde le retendran a los trabajadores que no esten aafiliados al gremio el 1.5% mensual durante un periodo de 6 meses.Romina

    Responder
  7. Anónimo dice

    31 mayo, 2010 a las 3:03 pm

    El Nuevo acuerdo salarial fue homologado resolucion ST Nro 639 de fecha 26/05/10.

    Responder
  8. DANIELA dice

    31 mayo, 2010 a las 12:43 pm

    HOLA, ME PODRIAS DAR UN EJEMPLO DEL RECIBO DE SUELDO DE UN 1/2 OFICIAL QUE TRABAJO 130 HORAS EM MAYO. DE LA pCIA. DE bS.aS.
    GRACIAS

    Responder
  9. Ignacio dice

    31 mayo, 2010 a las 1:14 am

    Hola Pamela, se firmó algún tipo de contrato?

    NO entiendo la consulta jorge

    Responder
  10. Anónimo dice

    30 mayo, 2010 a las 12:13 pm

    hola soy jorge. por que me ban a robar el 1.5 porciento me pueden dercir por que gracias

    Responder
  11. Anónimo dice

    30 mayo, 2010 a las 4:41 am

    ALGUIEN ME PUEDE CONFIRMAR SI UN EMPLEADO DE LA UOCRA, TENIENDO UN EMPLEADO A CARGO, UN MOVIL, SIENDO MEDIO OFICIAL Y DESPEDIDO DE ACUERDO A LA LEY 22250, NO TIENE DERECHO A UNA INDEMNIZACION? MAS ALLA DE COBRAR LOS DIAS TRABAJADOS, PROPORCIONAL DE AGUINALDO Y VACAS Y ESE FONDO COMPENSADOR, ME REFIERO A LA INDENMIZACION POR AÑOS TRABAJADOS.! SOY PAMELA

    Responder
  12. Anónimo dice

    30 mayo, 2010 a las 4:40 am

    ALGUIEN ME PUEDE CONFIRMAR SI UN EMPLEADO DE LA UOCRA, TENIENDO UN EMPLEADO A CARGO, UN MOVIL, SIENDO MEDIO OFICIAL Y DESPEDIDO DE ACUERDO A LA LEY 22250, NO TIENE DERECHO A UNA INDEMNIZACION? MAS ALLA DE COBRAR LOS DIAS TRABAJADOS, PROPORCIONAL DE AGUINALDO Y VACAS Y ESE FONDO COMPENSADOR, ME REFIERO A LA INDENMIZACION POR AÑOS TRABAJADOS.!

    Responder
    • Anónimo dice

      2 enero, 2013 a las 10:36 pm

      un empleado de la construcción no tiene derecho a percibir idemnizacion por años trabajados. La ley de trabajo de la construccion contempla que tiene derecho a percibir el fonde de cese laboral, que lo deposita el empleador todos los meses en una cuenta de fondo de cese laboral del banco que utilice la empresa.

      Responder
  13. Anónimo dice

    29 mayo, 2010 a las 4:17 pm

    para la gente de la UOCRA por mes apenas llego a los 1500$ Q pasa q nadie controla eso no me pagan viaticos, comida solo figuro como medio ofiial y hace 4 años q trbajo en la misma firma

    Responder
  14. Anónimo dice

    28 mayo, 2010 a las 10:03 pm

    Me hacen reir estos sindicalistas de la UOCRA. Si leen bien el acuerdo del aumento, en algunos casos no lo van a recibir, sinó que se veerán disminuidos sus ingresos con el aporte del 1,5% "VOLUNTARIO"
    Clausula de absorción
    El incremento mencionado absorbe y/o compensa hasta su concurrencia todos los incrementos en el nivel de ingreso de los trabajadores otorgados voluntariamente por las empresas y/o por acuerdos o convenios colectivos, ya sean con carácter remunerativo o no remunerativo, cualquiera sea el concepto, denominación, forma, presupuesto y condiciones de devengamiento, y que no tuvieran por fuente lo dispuesto en el CCT 76/1975.
    Si alguien cobraba algun item como ser "A cuenta de Futuros Aumentos","Plus", etc. (seguro que sí porque los valores de convenio son miserables) las empresas podrán absorver el aumento otorgado por UOCRA, pero sí van a tener que retener el 1,5% del total de la remuneración sujeta a retenciones (ojo que viene el aguinaldo) o sea que de cada $ 1.000,00 en bruto, le van a descontar $ 15,00.
    ¿NO SON GENIALES GERARDO MARTINEZ Y SUS DELEGADOS?, ellos sí se aseguraron más ingresos.

    Responder
  15. Anónimo dice

    28 mayo, 2010 a las 4:25 pm

    Cuando comenten algo, primero vean y tengan prueba de lo que dicen, porque es muy feo hablar al vicio sin tener nada

    Gracias–

    Responder
  16. Anónimo dice

    28 mayo, 2010 a las 4:23 pm

    Un emmpleado de Uocra-Ospecon para lo que estan sentado trabajando ganan o ganamos 2000 pesos de recibo , es decir una miseria, para todo aquellos que creen que ganamos fortuna, estamos hablando de los empleadosd del Sindicato y Obra Social….

    Yo les digo , porque yo trabajo en la Obra Social …

    Responder
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