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Vacaciones Empleados de Casas Particulares

21 octubre, 2013 Por Ignacio 130 comentarios

Índice de Contenidos

  • Requisitos para su goce íntegro
  • Comienzo de la licencia
  • Época de otorgamiento
  • Retribución
  • Omisión del otorgamiento
  • Fraccionamiento de las vacaciones
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Vacaciones Servicio Doméstico. Particularidades para su liquidación y otorgamiento en el marco de la ley 26.844.

La ley 26.844 de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares incorporó nuevos derechos para el personal de casas particulares, igualándolo otros con los de los trabajadores en relación de dependencia. 

La licencia anual por vacaciones es uno de los derechos que se equipararon a las de los trabajadores de la Ley de Contrato de Trabajo con excepción de la antigüedad mínima que se establece en 6 meses.
En el régimen anterior del decreto 326/56, solamente se establecía una escala de días de vacaciones según la antigüedad sin aclarar la forma de otorgamiento o la retribución de las mismas.
Con el nuevo régimen, el empleado/a gozará de un período de licencia anual ordinaria de vacaciones pagas, conforme la retribución normal y habitual de:
Antigüedad
Vacaciones
Mayor a 6 meses y no exceder los 5 años
14 días corridos
Mayor a 5 años y no exceder los 10 años
21 días corridos
Mayor a 10 años y no exceder los 20 años
28 días corridos
Mayor a 20 años
35 días corridos
Para determinar la extensión de la licencia anual por vacaciones se tendrá en cuenta la antigüedad que tuviese el empleado al 31 de diciembre del año al que correspondan las mismas.
Por ejemplo, si una empleada que ingresó el 5/12/2008, comienza sus vacaciones el 1° de noviembre, le corresponderán 21 días, ya que al 31/12/2013, su antigüedad será mayor a los 5 años.

Requisitos para su goce íntegro

Para tener derecho cada año al período de vacaciones, el empleado deberá haber prestado servicios durante 6 meses del año calendario o aniversario respectivo con la regularidad propia del tiempo diario y semanal de trabajo correspondiente a la modalidad de prestación contratada.
En su defecto, gozará de un período de descanso anual, en proporción de un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo, que serán gozados en días corridos.

Comienzo de la licencia

La licencia anual se otorgará a partir de un día lunes o del primer día semanal de trabajo habitual, o el subsiguiente hábil si aquéllos fueran feriados.

Época de otorgamiento

El empleador tendrá derecho a fijar las fechas de vacaciones entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo de cada año.

Retribución

La ley  establece que las vacaciones se pagarán conforme la retribución normal y habitual, por lo que no se incluye un  “plus vacacional” como sí sucede con los trabajadores comprendidos en la LCT.

Para el Personal sin retiro, el empleador deberá abonar una suma de dinero en reemplazo de las prestaciones de habitación y manutención. Este importe será fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y/o convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior al 30% del salario diario percibido por el trabajador por cada día de licencia, siempre que el trabajador se tome las vacaciones ausentándose del domicilio de trabajo, ya sea por voluntad propia o por imposición de sus empleadores.
Época de pago: el importe correspondiente a los días de vacaciones deberá ser satisfecho antes del comienzo de las mismas.

Omisión del otorgamiento

Si vencido el plazo para efectuar la comunicación a la empleada/o de la fecha de comienzo de sus vacaciones, el empleador no la hubiere practicado, el personal podrá hacer uso de ese derecho previa notificación fehaciente de ello y de modo tal que la licencia concluya antes del 31 de mayo.
Notificación
El empleador deberá dar aviso al trabajador con una anticipación de 20 días indicando la época de goce.

Fraccionamiento de las vacaciones

La ley otorga la posibilidad de que el trabajador pueda solicitar el fraccionamiento de la licencia ordinaria en tanto se garantice un período continuo de vacaciones no inferior a 2/3 partes de lo que corresponda a su antigüedad.
Más información: Ley 26.844

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Publicado en: Sin categoría, Vacaciones Etiquetado como: Ley 26844, Personal Casas Particulares

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Comentarios

  1. -
  2. chelix. dice

    29 enero, 2016 a las 3:49 pm

    Hola soy celia queria saber ,si las vacaciones se pagan aparte del sueldo ,hace 8 años q trabajo de empleada domestica ,copro mensual

    Responder
  3. chelix. dice

    29 enero, 2016 a las 3:49 pm

    Hola soy celia queria saber ,si las vacaciones se pagan aparte del sueldo ,hace 8 años q trabajo de empleada domestica ,copro mensual

    Responder
  4. Yesica Espina dice

    22 enero, 2016 a las 8:20 pm

    Hola Ignacio disculpa yo quería preguntarte si yo trabajo 4 veces ala semana trabajo 4 horas cuanto días de vacaciones me tocan hace 1 año que trabajo y hace 6 meses me coloco en blanco y ya estoy de vacaciones salí el 8/1/2016 y ella me dijo que vuelvo lunes 25/1/2016 recién contando solo los días que trabajo recién llevo 6 días porque yo trabajo los días lunes. Miércoles. Y viernes y me parece que me falta días de vacaciones

    Responder
  5. Yesica Espina dice

    22 enero, 2016 a las 8:19 pm

    Hola Ignacio disculpa yo quería preguntarte si yo trabajo 4 veces ala semana trabajo 4 horas cuanto días de vacaciones me tocan hace 1 año que trabajo y hace 6 meses me coloco en blanco y ya estoy de vacaciones salí el 8/1/2016 y ella me dijo que vuelvo lunes 25/1/2016 recién contando solo los días que trabajo recién llevo 6 días porque yo trabajo los días lunes. Miércoles. Y viernes y me parece que me falta días de vacaciones

    Responder
  6. Anónimo dice

    19 enero, 2016 a las 3:59 pm

    Hola yo trabajo hace 13 años 3 veces x semana. En negro, solo me dan 15 dias de vacaciones y no me las pagan mi sueldo es de $1.800. Quiero saber que es lo que me corresponde en realidad?? Gracias espero respuestas sgo del estero

    Responder
  7. Pame.gisee Cozzo dice

    18 enero, 2016 a las 7:19 pm

    Hola q tal soy pamela trabajo Ace 10año de empleada domestica pro en distintas casas 4 horas en Cdu y vy2veces x cemana a una casa 4 horas cuanto me corresponde q me pagan x las vacaciones si acemos a 50$ la Hora y el resto de las casas? Desde ya muchas gracias xq en ninguna me dieron ni un peso
    Y kiero saber si me corresponde algo d plata desde ya muchas gracias

    Responder
  8. Pame.gisee Cozzo dice

    18 enero, 2016 a las 7:18 pm

    Hola q tal soy pamela trabajo Ace 10año de empleada domestica pro en distintas casas 4 horas en Cdu y vy2veces x cemana a una casa 4 horas cuanto me corresponde q me pagan x las vacaciones si acemos a 50$ la Hora y el resto de las casas? Desde ya muchas gracias xq en ninguna me dieron ni un peso
    Y kiero saber si me corresponde algo d plata desde ya muchas gracias

    Responder
  9. Anónimo dice

    13 enero, 2016 a las 5:01 pm

    BUen dia ignacio, tengo una empleada domestica trabajando hace un año, yo me voy dos meses de vacaciones que debo hacer con ella? si le corresponde 15 días los otros 45 no la voy a necesitar en casa. debo pagarle algo? el sueldo? gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      19 enero, 2016 a las 2:01 pm

      Hola, entiendo que se consideraría que media una suspensión de hecho

      Responder
  10. Mirta De Los Ángeles Flores dice

    31 diciembre, 2015 a las 7:24 pm

    Trabajo 4 dias a la semana 8,10 hs depende hace 5años y me dicen que no me corresponde cobrar los 15dias y eso que es una mancion la casa y soy yo sola.

    Responder
  11. Unknown dice

    31 diciembre, 2015 a las 7:21 pm

    Hola yo trabajo hace 5 años y me dicen que x trabajar 4veces a la semana no me corresponde el pago de los 15 diasde vacasiones es asi.

    Responder
  12. Unknown dice

    31 diciembre, 2015 a las 7:21 pm

    Hola yo trabajo hace 5 años y me dicen que x trabajar 4veces a la semana no me corresponde el pago de los 15 diasde vacasiones es asi.

    Responder
  13. Anónimo dice

    4 noviembre, 2015 a las 2:12 pm

    Hola queria saber cuanto dia m corresponde tomar mi vacacion si ingrese en marzo del 2011

    Responder
    • Anónimo dice

      4 enero, 2016 a las 2:22 pm

      HOLA AL 31/12/2015 TE CORRESPONDE 14 DIAS DE VACACIONES CORRIDOS!! ANTIGÜEDAD AL 2015 DE 4 AÑOS VARIANDO LOS MESE DE ACUERDO A LA FECHA FIJA DE TU INGRESO

      Responder
  14. Anónimo dice

    7 octubre, 2015 a las 4:59 pm

    Hola: tengo diez años de antiguedad pero 5 blanqueados. Cuantos dias me corresponden de licencia. Gracias

    Responder
  15. gabriela paula Falcone dice

    28 septiembre, 2015 a las 8:39 pm

    hola soy empleada de una casa 2 veces por semana hace 7 meses durante dos años estube trabajando de lunes a viernes cuanto me corresponde de vacaciones

    Responder
  16. gabriela paula Falcone dice

    28 septiembre, 2015 a las 8:37 pm

    hola soy gabi falcone trabajo en una casa dos veces por semana hace 7 meses antes estaba todos los dias durante dos años cuanto me corresponde de vacaciones

    Responder
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