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Decreto 665/19 Tratamiento el “bono” de $5000 según cada convenio

6 noviembre, 2019 Por Ignacio 204 comentarios

Índice de Contenidos

  • Empleados de Comercio CCT 130/75
  • Empleados de Comercio Rama Turismo CCT 547/08
  • UOM Metalúrgicos
  • ALEARA Agencias de Lotería CABA y PBA
  • UOCRA – Construcción
  • SANIDAD
  • Encargados de Edificios
  • UOYEP – Plásticos
  • Viajantes de Comercio
  • Textiles
  • UTEDyC
  • Camioneros
  • Farmacias
  • Calzado
  • Panaderos
  • Gastronómicos
  • Aceiteros
  • SMATA
  • Vigiladores
  • Madereros
  • Remiseros
  • Químicos
  • Sindicato del Seguro
  • Alimentación
  • Estaciones de Servicio, Garages, estacionamientos y lavaderos
  • Tintorerías y Lavaderos (UOETSYLRA)
  • Maestranza
  • Escribanías Provincia de Buenos Aires
  • ASIMRA
  • Pasteleros
  • Peluquerías
  • Mosaistas
  • Caucho
  • UATRE – Trabajadores Rurales
  • Servicio Doméstico
  • Fuera de Convenio
  • Newsletter
  • ¡Gracias!

Tratamiento de la suma no remunerativa de $5000 del decreto 665/19 según cada convenio colectivo de trabajo.

Bono 5000 pesos clave

Detalle del tratamiento que hasta el momento a acordado cada gremios sobre la suma no remunerativa de $5000 establecido por el decreto 665/19.

Recordemos, que el mencionado decreto establece el pago del llamado bono de $5000 en octubre de 2019, pero habilita a cada gremio a negociar condiciones distintas.

A continuación, un detalle del tratamiento que acordó cada gremio hasta el momento. Si conocen algún acuerdo que no está en el listado, por pueden sumar en los comentarios o en el formulario de contacto.

Empleados de Comercio CCT 130/75

Se acordó pagar en 5 cuotas, la primera de ellas con los haberes de septiembre 2019.

Además, se acordó que sobre los $5000 se pague el aporte a OSECAC, solo para empleados afiliados a la misma.

Ver acuerdo

Empleados de Comercio Rama Turismo CCT 547/08

La rama de agencias de viaje y turismo de Empleados de Comercio, también acordó pagar en 5 cuotas, pero la primera de ellas a con los sueldos de octubre.

Ver acuerdo

Empleados de Comercio Rama Acopio

Por su parte, para la Rama Acopio de Cereales de Empleados de Comercio, también acordó 5 pagos, la primera con los sueldos de octubre 2019.

Ver acuerdo

UOM Metalúrgicos

Los metalúrgicos acordaron a pagar en 3 cuotas según el siguiente detalle:

  • $2.000 en 2° quincena de octubre 2019
  • $2.000 en 2° quincena de noviembre 2019
  • $1.000 en 2° quincena de diciembre 2019

Ver acuerdo

ALEARA Agencias de Lotería CABA y PBA

Para las Agencias de Lotería de CABA y PBA se podrá abonar de la siguiente manera:

1) en su totalidad en el mes de octubre de 2019.

2) En 5 cuotas iguales y consecutivas de $ 1000 a partir del mes de septiembre 2019.

El importe referido se compensará en las próximas revisiones salariales.

Ver acuerdos

UOCRA – Construcción

Los incrementos acordados en la paritaria de octubre, compensan la asignación no remunerativa de 5000 pesos del decreto 665/19. Dicho acuerdo será de aplicación tanto para el CCT 76/75 y como para el CCT 577/10.

Ver acuerdo

SANIDAD

FATSA acordó pagar en dos cuotas de $2500 y se abonarán junto con los haberes de octubre y noviembre de 2019.

No obstante, las partes acordaron que según la necesidad de cada empresa, se podrá postergar el pago hasta 10 días hábiles en cada mes.

La medida rige para los convenios colectivos 122/75, 108/75, 459/06 y 743/16.

Ver acuerdos

Para el CCT 120/75 se acordó compensa la suma con los aumentos pactados en la revisión salarial de octubre.

Ver acuerdo

Encargados de Edificios

La FATERyH acordó dos pagos de 2500 pesos cada uno:

  • $2.500 con los haberes de octubre 2019.
  • $2.500 con los haberes de noviembre 2019

Ver acuerdo

UOYEP – Plásticos

Los trabajadores del Plástico acordaron pagar en 4 cuotas:

  • $500 con los haberes de septiembre 2019
  • $1500 con los haberes de octubre 2019
  • $1500 con los haberes de noviembre 2019
  • $1500 con los haberes de diciembre 2019

Ver acuerdo

Viajantes de Comercio

La Federación Única de Viajantes de la Argentina (FUVA), acordó para los trabajadores encuadrado en el CCT 308/75 2 cuotas:

  • $ 2.500,- con las remuneraciones de noviembre 2019.
  • $ 2.500,- con las remuneraciones de enero 2020.

Ver acuerdo

Textiles

SETIA CCT 501/07 acordó el pago en 4 cuotas:

  • $1.000 en Noviembre 219
  • $1.000 en Diciembre 2019
  • $1.000 Enero 2020
  • $2.000 Febrero 2020

Ver acuerdo

AOT CCT 500/07 se acordó pagar en 5 cuotas de $1.000 la primera de ellas con los haberes de noviembre 2019.

Ver acuerdo

UTEDyC

Para los CCT 736/16, CCT 496/05 y CCT 581/10 se acordaron nuevas escalas salariales que compensan los $5000.

Camioneros

Camioneros exige que el bono se pague en un solo pago y por su parte los empresarios quieren pagarlo en cuotas, por el momento no hay acuerdo.

Farmacias

CCT 659/13 FATFA: en 1 un pago o en sucesivos pagos con fecha límite hasta el 15/01/2020. Ver acuerdo.

Córdoba CCT 430/05: en tres cuotas iguales de $ 1.000 cada una, el 27 de diciembre de 2018, el 20 de enero y el 20 de febrero de 2019, respectivamente.

Mendoza CCT 429/05: Se acordó pagar en dos cuotas, la 1° de $2.500 del 1 al 10 de octubre y la 2° de $2.500 del 1 al 10 de noviembre.

Calzado

La UTICRA y la FAICA acordaron pagar en 5 cuotas en las siguientes fechas:

Cuota 1: 20/10/2019 – Cuota 2: 05/11/2019 – Cuota 3: 20/11/2019 – Cuota 4: 05/01/2020 y Cuota 5: 20/01/2020.

Panaderos

Buenos Aires: Los trabajadores Panaderos del CCT 231/94 acordaron compensar la suma de $5000 con los incrementos salariales de la última paritaria salarial.

Córdoba Río Cuarto y zona de actuación CCT 321/99: Se acordó el pago en 5 cuotas de $1.000, la primera de ellas en septiembre de 2019.

Gastronómicos

La UTGHGRA acordó pagar en 5 cuotas de $1.000, la primera de ellas con los haberes de Octubre 2019.

Aceiteros

En la última negociación salarial se acordó el pago de un bono de $10.000 que compensa la suma no remunerativa de $5.000 del decreto 665/19.

SMATA

Para el CCT 27/88 de SMATA-FAATRA se acordó pagar los $5000 en 5 cuotas de $1000:

1° en octubre 2019
2° en enero 2019
3° en febrero 2019
4° en abril 2019
5° en mayo 2019

Ver acuerdo

Vigiladores

El Sindicato Único de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de La República Argentina (SUTCAPRA), acodó pagar el “bono” de $5000 en un máximo de 5 cuotas de $1.000, la primera de ellas a partir de octubre 2019 para el CCT 717/15.

Madereros

Los trabajadores Madereros de USIMRA, cobrarán en 5 cuotas, la primera de ellas a partir de septiembre 2019.

Ver detalles

Remiseros

El Sindicato Único de Trabajadores de Remises y Autos al Instante (SURyA), acordó compensar $2000 con el acuerdo salarial 2019, y el resto se pagará en 3 cuotas, en las siguientes fechas:

  • $1000 se recibirán en Noviembre 2019
  • $1000 se recibirán en Diciembre 2019
  • $1000 se recibirán en Febrero 2020

Además, se acordó que en En marzo, $1500 se incorporarán al básico de convenio.

Ver acuerdo

Químicos

Tanto FATIQYP (CCT 77/88) como FESTIQYPRA (CCT 564/09) acordaron pagar el bono en 2 cuotas:

  • $2500 con los haberes de octubre
  • $2500 con el aguinaldo

Ver comunicado FATIQYP y acuerdo FESTIQYPRA

Sindicato del Seguro

El sindicato confirmó el pago del bono de 5 mil pesos dispuesto por el Decreto 665/19 en dos cuotas de 2500 pesos con las liquidaciones de octubre y noviembre 2019.

Alimentación

El Consejo Directivo del Sindicato de Trabajadores de Industrias de Alimentación filial Buenos Aires (STIA Buenos Aires) informa que acordaron que la suma tanto para el CCT 244/94 como para el CCT 434/06, en un único pago de ($ 5.000 o en dos cuotas iguales de $ 2.500.

Ver comunicado

Estaciones de Servicio, Garages, estacionamientos y lavaderos

Para el CCT 428/05 se acordó una nueva escala salarial desde octubre 2019, que compensa el bono.

Ver acuerdo

Tintorerías y Lavaderos (UOETSYLRA)

CCT 526/08 Rama Lavaderos: 4 cuotas de $1.250 desde octubre 2019.

Ver acuerdo

Maestranza

El Sindicato de Obreros de Maestranza (SOM) CCT 281/96 acordó pagar los $5000 en 5 cuotas de $1000 en Octubre, Diciembre 2019, Enero, Marzo y Abril 2020.

Escribanías Provincia de Buenos Aires

Para el CCT 358/03 en dos cuotas de $2500 en Octubre y Diciembre 2019.

Ver acuerdo

ASIMRA

Se acordó pagar en tres cuotas:

  • $ 2.000 en octubre 2019
  • $ 2.000 en noviembre 2019
  • $ 1.00 en diciembre 2019

Ver acuerdo

Pasteleros

Rama Heladería – CCT 273/96: Con la Asociación Fabricantes Artesanales de Helados y Afines) – $ 2.500 con salarios de octubre – $ 2.500 con salarios de noviembre

Rama Servicios Rápidos – CCT 329/00: Con la Cámara Argentina de Establecimientos de Servicios Rápidos de Expendio de Emparedados y Afines) – $ 2.500 dentro del plazo de pago de la remuneración del mes de octubre de 2019 – $ 2.500 Dentro del plazo de pago de la remuneración del mes de noviembre de 2019.

En cada Rama, los pagos podrán postergarse diez días hábiles en cada período por razones de necesidad de cada empresa. Excepto, en Servicios Rápidos, que podrá postergarse hasta once días hábiles.

Peluquerías

CCT 730/15 y 734/15 en tres pagos:

$2.000 en octubre y noviembre y $1.000 en diciembre 2019

Mosaistas

Para el CCT 650/12 de mosaistas FOMARA y CIMARA acordaron pagar los $5.000 del decreto más $1.000 adicionales que se pagan en 6 cuotas:

  • $1.500 en Octubre 2019
  • $1.500 en Noviembre 2019
  • $1.000 en Enero 2020
  • $1.000 en Febrero 2020
  • $1.000 en Marzo 2020

Ver acuerdo

Caucho

El sindicato del Caucho acordó para los CCT 179/75 y 375/04 pagar en 4 cuotas:

$1500 Octubre 2019, $1000 Noviembre, $1000 Diciembre 2019 y $1500 Enero 2020.

UATRE – Trabajadores Rurales

Los trabajadores Rurales si bien no están incluidos en el Decreto 665/19, la CNTA emitió la resolución 216/19, que fija una suma no remunerativa que se pagará en 3 cuotas según el siguiente detalle:

  • $ 1 667,00 con las remuneraciones del mes de octubre de 2019
  • $ 1 667,00 con las remuneraciones del mes de noviembre de 2019
  • $ 1 667,00 con las remuneraciones del mes de diciembre de 2019

Servicio Doméstico

El Personal de Casas Particulares tampoco está incluido en el decreto 665/19, pero la Comisión Nacional de Trabajo En Casas Particulares (CNTCP), mediante la resolución 4/2019, fijó el pago de una suma no remunerativa que va de $3,000, $1.500 y $750 en dos cuotas según la cantidad de horas semanalmente. Ver mas detalles aquí.

Fuera de Convenio

En el caso de los trabajadores fuera de Convenio, la suma no remunerativa debería pagarse según lo establecido en el decreto, es decir durante octubre 2019.

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Publicado en: Laboral

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Comentarios

  1. -
  2. Jorge dice

    21 octubre, 2019 a las 7:54 pm

    Buenas tardes quisiera saber si el bono de 5000 pesos se los van a pagar al personal de seguridad privada. Y si lo pagan como sería. Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      24 octubre, 2019 a las 11:14 am

      Si, se debe pagar

      Responder
  3. Florencia dice

    21 octubre, 2019 a las 7:20 pm

    Alguien a visto algo del bono con respecto a SOEME?

    Responder
  4. Marisol Álvarez dice

    21 octubre, 2019 a las 5:12 pm

    Alguien sabe que pasó con el 42/89 de sanidad. Porque no está incluido en el comunicado que emitió sanidad?

    Responder
  5. Ximena dice

    21 octubre, 2019 a las 5:04 pm

    Buen día! alguna novedad dE como hay que pagar el bono para los empleados de UTA, CCT510/10?

    Responder
    • Florencia dice

      29 octubre, 2019 a las 4:33 pm

      Hola Ximena,

      Me acabo de fijar en la página de uta y en las noticias figura que el 25/10 se pagaba el bono de 5.000 en una cuota.

      Saludos,

      Responder
  6. Mauro dice

    21 octubre, 2019 a las 5:01 pm

    Que tal para los de maestranza no vi nada de convenio que pasó

    Responder
  7. Viviana dice

    21 octubre, 2019 a las 10:34 am

    Corresponde pagar en caso de reserva de puesto?. A las trabajadoras con licencias por maternidad quien la paga, la empresa o ansses?

    Responder
    • Damián dice

      29 octubre, 2019 a las 5:58 pm

      No corresponde si el/la empleado/a está en reserva de puesto porque no existe contraprestación por parte del empleador durante ese tiempo (sólo existe la obligación de reservar el puesto por el tiempo estipulado).

      La segunda es una buena pregunta. Porque si la empleada recibe algún pago del empleador en su cuenta bancaria durante la licencia por maternidad, ANSES suspende el pago de la Asignación por Maternidad (conozco casos que ha sucedido esto).

      Responder
  8. NATALIA dice

    21 octubre, 2019 a las 8:21 am

    Buen día, se sabe en el caso de SAEOEP, empleados no docentes de escuelas privadas?

    Responder
    • Patricia dice

      24 octubre, 2019 a las 10:25 am

      hola NaTALIA, aún no dijeron nada, Por lo que estimo que si no se resolvio se debera pagar la totalidad en este mes de Octubre. , Yo sigo averiguando. Si se algo lo informo.
      Saludos
      Patricia

      Responder
      • Pamela dice

        12 noviembre, 2019 a las 1:42 pm

        Saeoep Aumento del 5% en Octubre, 5% Noviembre, 5% Enero. Lo cual absorbe lo establecido por el decreto 665/2019.

        Responder
  9. Natalia dice

    20 octubre, 2019 a las 4:29 am

    Seguridad privada? Se abona o no?

    Responder
  10. Jorge dice

    19 octubre, 2019 a las 1:29 am

    Hola buenas noches , de seguridad privada UPSRA , se sabe algo.

    Responder
    • Fernando dice

      23 octubre, 2019 a las 1:25 pm

      El 08/10/2019 se firmó un acta acuerdo entre UPSRA y CAESI. Allí se acordó lo siguiente en relación al decreto 665: con los haberes de octubre, noviembre y diciembre se abonará la suma de $1000 y en enero de 2020, los $2000 restantes.
      En el recibo deberá detallarse: “Dec.665/19 ANR – Cuota Nro…… ” o similar. El acta esta pendiente de homologación.

      Responder
  11. Lidia dice

    18 octubre, 2019 a las 11:45 pm

    Hola, cómo se abona el bono a un empleado de comercio jornada completa que ingresó el 15/10/2019?

    Responder
    • Maria Irene dice

      21 octubre, 2019 a las 10:08 am

      Proporcional. El dto indica aplicacion de las normas establecidas en la LCT.

      Responder
      • ricardo dice

        24 octubre, 2019 a las 10:02 am

        no estoy tan seguro de esto. el dto indica proporcionalidad a la jornada, no dice nada respecto de altas y bajas en octubre. buena pregunta, lo mismo aplica para quien renuncie en octubre, dia 15 x ejemplo. cobra completo? aplicamos el criterio de pago en cuotas de comercio, x ejemplo? o cobra entero porque ya lo tiene “devengado” al haber estado activo a la fecha del decreto. todas estas dudas por la mala redaccion de la norma. y falta de aclaraciones oficiales. improvisacion.

        Responder
        • Vanesa dice

          5 noviembre, 2019 a las 6:53 pm

          Hola Ignacio
          Mí consulta es por un empleado de comercio con alta 01/10, le corresponde la totalidad del bono? Aunque la primer cuota fue en septiembre?
          Graaaaaaacias!

          Responder
  12. Orden de la Merced (Patricia) dice

    18 octubre, 2019 a las 4:33 pm

    Buenas tardes, Alguien sabe si como se va pagar $5000 para el convenio 88/90 ( personal no docente de colegios privados) ?.
    gracias

    Responder
    • Florencia dice

      25 octubre, 2019 a las 9:32 am

      Hola tenes alguna noticia? Gracias

      Responder
  13. Cecilia dice

    18 octubre, 2019 a las 12:57 pm

    Consulta: si por los montos el empleado tiene retencion de ganancias, qué pasa en el caso del bono de 5000? se retiene ganancias?

    Responder
  14. Lourdes dice

    18 octubre, 2019 a las 12:32 pm

    Buenos dias ,

    Me podras mandar la escala salarial y convenio del convenio avicola 724/15,

    Gracias

    Responder
  15. Andres dice

    18 octubre, 2019 a las 11:24 am

    ¿En caso de Maternidad lo pagaría el empleador o la ANSES? ¿Y en caso de ART hay reintegro?

    Responder
  16. mabel dice

    18 octubre, 2019 a las 9:54 am

    Buenos días, bajo que concepto se carga este decreto en el SIRADIG. No lleva descuento de cargas sociales pero si se toma en cuenta para ganancias.

    Responder
    • Jazmín dice

      29 enero, 2020 a las 2:02 pm

      Perdón. Si lleva descuento de cargas sociales. Lo único que no paga es contribuciones de seg. Social, y tiene q q estar inscripto como pyme para eso.

      Responder
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