• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de Comercio: Cómo y cuándo se paga el retroactivo de abril

4 junio, 2015 Por Ignacio 100 comentarios

Los empleadores tienen tiempo hasta el 15 de este mes para pagar el retroactivo del aumento salarial del 17% correspondiente a abril.

El último acuerdo de empleados, firmado en mayo de este año, estableció en sus aspectos principales, un incremento en un 27% sobre las escalas vigentes de las remuneraciones básicas, a abonarse en dos tramos no acumulativos:
  • 17% a partir del mes de abril 2015
  • 10% a partir del mes de noviembre 2015
La base de cálculo, en todos los casos, serán las escalas salariales del convenio vigente al mes de marzo de 2015.
Como el acuerdo fue firmado con fecha 27 de mayo, se estableció un plazo especial que permite a los empleadores, pagar ese retroactivo de abril hasta el 15 de junio. Por lo tanto, los empleadores que no hayan pagado el retroactivo con los haberes de mayo, tendrán tiempo hasta el 15 de este mes para pagarlo.
Al no pagarse con los haberes de mayo ni de junio, debemos hacer un recibo por separado que indique el pago del retroactivo de abril.

Para ejemplificar tomaré el caso planteado días atrás para liquidar mayo con aumento, los datos eran:

  • Categoría: Administrativo A
  • Básico Marzo 2015: $8.588,67
  • Tipo de Jornada: Completa
  • Antigüedad: 10 años
  • Obra Social: O.S.E.C.A.C.
  • Afiliado al Sindicado: No
Para el caso, el Básico en Marzo 2015 para un  Administrativo A era de: $ 8.588,67
A ese básico le calculamos el 17% de incremento no pagado en abril:
8.588,67 x 17% = 1.460,06 —- > incremento
Por lo que el básico desde abril  y hasta octubre de 2015 será de $ 10.048,73 (8.588,67 + 1.460,06 )
Pero como solo pagamos los 8588.67 en abril, el retroactivo será 1460.06. Sobre esta suma se deberán calcular los demás adicionales de convenio, para el caso Antigüedad y Presentismo.
Antigüedad: $ 146,01

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
1460,06 x 10 x 1% = 146,01
Asistencia y Puntualidad: $ 133,84

Según lo establecido en artículo 40 del CCT 130/75 el adicional por Asistencia y Puntualidad es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.
(1.460,06 + 146,007 ) / 12 = 133,84

Por lo tanto, el bruto retroactivo a pagar de abril será de $1.739,91, suma sobre la cual deberemos retener los aportes correspondientes.
Este cuadro resumen puede ayudar para ver mejor los cálculos:

Ahora vamos al recibo

En el recibo de sueldo podemos tener mas de una opción para exponer la sustitución, yo elegí dos, cada uno optará por u otras, dependiendo de su criterio y de lo que le permitan los tan “adaptables” programas de liquidación de sueldos. 
OPCIÓN 1

OPCIÓN 2
También se podría indicar en el campo Observaciones lo que se está pagando, todo depende de lo que permita el sistema. Lo importante es que quede claro que se está pagando un retroactivo que corresponde al mes de abril.
Además, se debe tener en cuenta, que si durante abril se pagaron horas extras, feriados o cualquier otro concepto que se calcule en base al básico, también se deberá tener en cuenta en el cálculo del retroactivo. Para el ejemplo no tuve en cuenta los feriados de abril, pero solo a los efectos de hacer mas simple y didáctica la información.
Qué pasa con los que todavía no pagaron mayo
Algunos empleadores, por el cierre del acuerdo al límite del fin de mes, tampoco pagaron el mes de mayo con aumento. Para ese caso el acuerdo no estable plazo especial, pero de todos modos, en caso de pagar el retroactivo durante junio, se podría liquidar de la misma forma que mayo. 

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, FAECYS, Recibo de Sueldos, retroactivo

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    8 junio, 2015 a las 6:20 pm

    te hago una cosnulta, en la rama de de turismo tenes idea como esel arrglo? gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    8 junio, 2015 a las 6:17 pm

    Hola Ignacio , para los empleados de Agencias de Viajes el aumento salarial es el mismo q Empleados de Comercio ?

    Responder
    • Ignacio dice

      9 junio, 2015 a las 9:18 pm

      Agencias de viaje tienen otro convenio, todavía no comenzó la paritaria

      Responder
  4. PELADO dice

    8 junio, 2015 a las 5:43 pm

    Buenos dias Ignacio. Estoy como Auxiliar administrativo A. El bono de mayo vino con el basico de 10208 aproximadamente. Cobrando con los descuentos 8990. El tema es que no aparece el item del retroactivo de abril y nos comentan de la empresa que no corresponde cobrar ese retroactivo porque ya esta en el basico. ¿No habria que cobrar ese importe ademas de 1400 aproximadamente aparte del basico que te menciono? Osea cobrar 10500 aproximadamente con los descuentos.

    Responder
    • Ignacio dice

      9 junio, 2015 a las 9:18 pm

      NO entiendo la pregunta. Hay que cobrar abril con aumento, como no se liquidó en su momento, ahora tienen que pagarlo. SI no lo hicieron en mayo, lo harán en recibo por separado como el ejemplo, o en junio, pero lo tienen que pagar

      Responder
  5. Anónimo dice

    8 junio, 2015 a las 2:56 pm

    ignacio, consulta, si uno hizo horas extras, deberian pagarnos la compensacion del mes pasado que deberian habernos pagado con el aumento?

    Responder
  6. Anónimo dice

    8 junio, 2015 a las 1:31 pm

    Ignacio podrias publicar algo acerca del paro de mañana y como hacer para justificar las faltas? que derechos tenemos los empleados de comercio??

    Responder
  7. MARY dice

    8 junio, 2015 a las 12:10 pm

    QUE PASA CON LOS QUE HICIERON PAGO A CTA EN ABRIL?

    Responder
    • Ignacio dice

      9 junio, 2015 a las 9:14 pm

      tiene que absorberlo en el pago del retroactivo

      Responder
  8. Anónimo dice

    7 junio, 2015 a las 1:13 am

    Hola ignacio, me podrías decir el valor de cargas sociales a pagar por el empleador de un vendedor cat b en media jornada y en jornada completa. Muchas gracias.

    Responder
  9. vanesa dice

    6 junio, 2015 a las 10:10 pm

    mi situacion es la siguiente….yo sali d vacaciones el 30 d marz al 12 d abril(2015)… el anticip d vaca m lo dieron el 4 d abril….en mayo m descontaron lo d las vacaciones.y el retroactivo m lo hicieron en base a la mitad d sueldo porq dicen q no m corresponde completo por haber salido de vaciones …en las boletas m liquidaron el anticip con la d marzo y abril m liquidaron 2500 (mitad d sueldo) y sobre eso m liquidaron l retroactivo….pero todos m dicen q no es asi.q m hicieron el verso!!…esta bien q solo m hayan dado elretroactivo en base a la mitad d mi sueldo??por haber salido d vacaciones???..otros m dijeron q no cooresponde porq las vac son periodo 2014 y el convenio es 2015..es asi???

    Responder
  10. Anónimo dice

    6 junio, 2015 a las 1:44 am

    Hola Ignacio. El pago del retroactivo hasta el 15 de junio es obligatorio? O pueden optar por extenderse a julio?

    Responder
  11. Anónimo dice

    6 junio, 2015 a las 12:37 am

    Una consulta, es ley que en junio se cobre el 1er medio aguinaldo?

    Responder
    • Ignacio dice

      9 junio, 2015 a las 9:13 pm

      Articulo 122 de la ley de contrato de trabajo 20744

      Cuando se paga el aguinaldo

      Responder
  12. Anónimo dice

    5 junio, 2015 a las 11:41 pm

    Te pregunto y esos 1400 que hablaron dividido en parte para cuando es ? O estan incluido sobre el recibo de mayo ?

    Responder
  13. Anónimo dice

    5 junio, 2015 a las 2:54 pm

    como se abona los 1500? se pagan en julio o en agosto (que seria periodo Julio)? porque no quedo claro

    Responder
    • Ignacio dice

      9 junio, 2015 a las 9:10 pm

      Ver las claves del acuerdo de empleados de comercio

      Responder
  14. Anónimo dice

    5 junio, 2015 a las 12:48 pm

    Buen día! Cuando el básico del empleado no coincide con el de la categoría sobre qué base se calcula el aumento?
    Gracias!

    Responder
  15. Anónimo dice

    5 junio, 2015 a las 12:42 pm

    Hola Ignacio, la pregunta mia viene sobre el calculo del 17%. Nosotros tenemos un item "A cuenta de futuros aumentos" ¿Se calcula sobre este item tambien el retroactivo / aumento?
    Sobre que items se debe calcular. El tema es saber si me liquidaron mal o bien. Muchas Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      5 junio, 2015 a las 1:29 pm

      sobre el básico de convenio

      Responder
    • Kari Tellez dice

      5 junio, 2015 a las 6:54 pm

      Hola Ignacio, el aporte OSECAC lo tienen que hacer todos los que están dentro del convenio? o solo los que están en el convenio y además tienen OSECAC?

      Responder
    • Hernán Dizzy dice

      8 junio, 2015 a las 1:26 pm

      buenos dias. en este ejemplo no esta reflejado el pago unico proyectado en dos cuotas para este año no?.. o ese pago se realiza en Junio?

      Responder
    • Anónimo dice

      8 junio, 2015 a las 1:27 pm

      buenos dias Ignacio.
      en este ejemplo no esta incluido el pago unico proyectado en dos cuotas para este año no? o se paga recien en Junio ?

      Responder
  16. Anónimo dice

    5 junio, 2015 a las 12:15 pm

    buenos días Ignacio… muy util la información y muy buena la pagina…
    una consulta… como muestro esta diferencia en el F931… teniendo en cuenta que Abr-15 ya se pago sin el aumento… o se presenta todo en mayo-15? el aumento de mayo mas el retroactivo de abril?
    muchas gracias… Esteban

    Responder
    • Ignacio dice

      5 junio, 2015 a las 12:50 pm

      Si al retroactivo lo pagas en junio, lo vas presentar en junio

      Responder
    • Anónimo dice

      5 junio, 2015 a las 10:27 pm

      Muchas gracias…Ignacio…
      valiocisimos tus aportes…

      Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d