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Empleados de comercio: Escala salarial enero de 2010 – inclusión sumas del acuerdo abril 2008

14 enero, 2010 Por Ignacio 749 comentarios

Según el artículo 1 del Acuerdo de abril de 2009 de empleados de comercio, las sumas otorgadas en el acuerdo de abril de 2008, (20% + $100) pasan a ser remunerativas a partir del mes de enero de 2009.


Art. 1 – En virtud de lo dispuesto en el articulo sétimo del acuerdo anterior de fecha 8 de abril de 2008, las partes convienen en otorgarle vigencia, en forma exclusiva a los artículos tercero y cuarto, del dicho acuerdo hasta el día 31 de diciembre de 2009, por ello lo dispuesto en su artículo cuarto se aplicará recién a partir del 1 de enero de 2010, fecha en que se incorporará íntegramente la asignación no remunerativa referida en este artículo a la remuneración mensual de cada trabajador, en su valor nominal y con carácter salarial y sin computar para ese único fin, la equivalencia del presentismo no remunerativo.

Por lo cual, las sumas otorgadas en abril de 2008, el 20% mas la suma fija de $100 dejan de ser  No remunerativas y pasan a formar parte del básico, debiéndose practicar todas las retenciones correspondientes. Hasta el momento solo se deducía el aporte  del 3%  la obra social (para quienes estaban afiliados a OSECAC) y del 2.5 por el aporte sindical “solidario” (2% SEC y 0.5% FAECYS). Pero desde ahora, se deberá retener además, el 11% de jubilación y el 3% por la ley 19.032.

Esto trae como consecuencia, primero que el neto a cobrar por los empleados se vea disminuido. Aproximadamente entre 50 y 60 pesos según la categoría y la carga horaria.

Segundo, quienes tomen sus vacaciones en este mes de enero recibirán un mayor pago por dicha licencia que los que se tomaron vacaciones en octubre, noviembre o diciembre, ya que al incrementarse la parte remunerativa de los haberes, se incrementa la base a tomar para realizar el cálculo de la licencia.

Ahora, quienes se tomen vacaciones en el mes de febrero, recibirán una mayor paga por la licencia que gozaron de la licencia en enero, ya que en el mes de febrero se suma básico la suma de $300 otorgada por el acuerdo abril de 2009, así lo estipula el mismo acuerdo en el artículo 8:

Art. 8 – El incremento acordado en el artículo cuarto del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el 31 de enero de 2010, fecha a partir de la cual se incorporará a la remuneración que por todo concepto perciba cada trabajador con carácter salarial sobre su monto nominal, y sin computar para ese único fin el presentismo no remunerativo mencionado en el último párrafo del artículo cuarto…

Ejemplo: Liquidación para un empleado de comercio Categoría Administrativo A, con una año de antigüedad.

A) Liquidación con la escala vigente hasta el 31/12/2009:

B) Liquidación con la escala vigente desde el 1º de enero de 2010:
 

 

IMPORTANTE:
Todo lo comentado en el artículo tiene vigencia hasta la fecha, pero es posible que en los próximos días se llegue a un nuevo acuerdo entre el gremio mercantil y las cámaras empresarias, por lo cual es muy posible que los caso antes planteados pierdan su vigencia. Yo lo he realizado a la fecha con la información disponible, es decir el último acuerdo firmado y homologado, el acuerdo abril 2009.

  • Escala Salarial hasta el 31/12/09
  • Escala Salarial enero 2010

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, liquidación, SEC, SEOCA

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Comentarios

  1. Anónimo dice

    29 julio, 2010 a las 5:09 pm

    HOLA DE NUEVO QUISIERA SABER SI ADEMAS ME TIENEN QUE PAGAR UN ADICINAL POR MANEJO DE CAJA Y SI SERIA ADMINISTRATIVO O VENDEDOR YA QUE ESTOY EN VENTA DE BOLETOS.
    GRACIAS UNA ABRAZO MARCELO

    Responder
  2. Anónimo dice

    29 julio, 2010 a las 5:04 pm

    HOLAIGNACIO SOY MARCELO DE SANTA FE TRABAJO EN UNA BOLETERIA DE URQUIZA CUANTO DEBERIA SER MI SUELDO HACE 1 AÑO Y MEDIO QUE TRABAJO EN NEGRO Y QUIERO QUE ME BLANQUEN GRACIAS UN ABRAZO.
    MARCELO

    Responder
  3. Anónimo dice

    29 julio, 2010 a las 3:06 am

    Hola! Mi nombre es Patricia. Quisiera saber cuál es el básico con antigüedad para administrativo B y 22 años de antigüedad. Trabajo sólo media jornada. Todos los aumentos no remunerativos son el 50% del monto para jornada completa? Muchísimas gracias. Hace falta alguien como vos que nos ayude!

    Responder
  4. Anónimo dice

    28 julio, 2010 a las 2:35 pm

    hola mi nombre es laura trabajo en comercio en bariloche quisiera saber cuanto debo cobrar trabajando 4hs.muchas gracias

    Responder
  5. Anónimo dice

    27 julio, 2010 a las 5:35 pm

    Hola Ignacio, soy maria, serias tan amable de dar un practico sobre el sueldo de los pizzeros o pasteleros. y si podes tambien como hacer el f 931. Gracias, mil gracias

    Responder
  6. Anónimo dice

    27 julio, 2010 a las 4:43 pm

    Hola, soy secretaria de medicos, trabajo 5 horas de lunes a viernes, estoy en negro, cuanto deberia cobrar??
    gracias!!

    Responder
  7. Anónimo dice

    26 julio, 2010 a las 1:35 am

    Hola Ignacio Estoy por entrar a trabajar en un quiosco 8hs por dia de lunes a viernes cual es sueldo basico que deberia cobrar?

    Responder
  8. ernesto dice

    25 julio, 2010 a las 4:44 pm

    hola ignacio , mira yo estoy x comercio y realizo actividades de cobranza en un vehiculo , manejo entro mil y 6 mil pesos diarios , me corresponde faltante de caja ?? en ese caso , cuanto??? y donde puedo imprimir algo q me permita hacer el reclamo , desde ya muchas gracias

    Responder
  9. Anónimo dice

    23 julio, 2010 a las 8:41 pm

    ignacio soy Erika, trabajo desde agosto de 2008 en una empresa como administrativa b y hago el horario de 9 a 17 podes decirme cual seria mi sueldo ahora ?, tube el siete de mayo mi segundo hijo y retome mis labores luego de la licencia este lunes 19-07, pero ahora quieren que haga un nuevo horario de 9 a 18 y me es imposible por el bebe y no tener quien me lo cuide, me ofrecieron que pida reduccion horaria ya que yo no quiero ir una hora mas, el punto es que no quiero la reduccion o en el caso de aceptar quisiera saber cuanto cobraria por cinco horas o por cuatro diarias , pero no se si pueden obligarme hacer una hora mas eso tb es una duda que tengo.
    espero si ´podes ayudarme tu respuesta

    Responder
  10. Anónimo dice

    23 julio, 2010 a las 4:50 am

    hola ignacio ,,mi consulta es cuanto tendria q cobrar en total? por media jornada? y o por jornada completa? cuanto me tiene q pagar la hora extra? y el dia feriado? un vendedor categoria b , desde ya muchas gracias x favor tu respuesta podes mandar a: [email protected]

    Responder
  11. Ignacio dice

    22 julio, 2010 a las 3:28 am

    Hola Gabriela, el convenio aplicables está determinado por la actividad de que realiza la empresa, no es una elección del empleado ni del empleador, si es una empresa que está bajo el convenio de comercio, ese será el convenio.
    En tu caso,si es una financiera, está bajo comercio.
    saludos

    Ignacio

    Responder
  12. Anónimo dice

    21 julio, 2010 a las 4:42 pm

    Hola Ignacio soy Gabriela: soy contadora y tengo 24 años, empece a trabajar en una financiera es una SA y la idea es que en estos dias me ponen en blanco, estoy viendo que convenio me conviene, nose si los de empleados de comercio, el acuerdo a la fecha es que cobro de bolsillo $2800 y estaba viendo q nose si me conviene este convenio por el hecho que las escalas salarias las veo muy bajas mas alla de los ultimos aumentos remunerativos que se estan dando, vos q me aconsejs en q convenio me conviene inscribirme? quiero tener un sueldo digno y que se hagan una buenajubilacion.

    Responder
  13. Ignacio dice

    20 julio, 2010 a las 3:09 am

    Hola gustavo, podría ser Personal Auxiliar B

    Responder
  14. Gustavo dice

    20 julio, 2010 a las 12:50 am

    Hola quisiera saber cuanto en el basico de un chofer o a que categoria pertence, estoy en el sindicato de comercio
    desde ya muchas gracias por la respuesta
    mi nombre es gustavo miranda

    Responder
  15. Ignacio dice

    19 julio, 2010 a las 11:26 pm

    Hola Adrian J, no puedo saberlo, para eso hay que ver como está discriminado, en tu caso veo que tenés un básico mucho mas alto que el de convenio.
    La categoría está dada por la actividad que realiza el empleado.

    Responder
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