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Liquidación final por renuncia. Ejemplo + excel

28 agosto, 2016 Por Ignacio 224 comentarios

Caso práctico de una liquidación final por renuncia. SAC proporcional. Vacaciones no gozadas.

Liquidación final por renuncia. Ejemplo + excel

Cuanto un empleado presenta la renuncia a su trabajo, surge la inquietud de cuánto deberá cobrar. Muchas veces se cree que corresponde una indemnización por renuncie, pero esto no es así. De todos modos, lo que sí corresponde es una liquidación final que debe realizar el empleador.

Como toda liquidación, depende de muchas variables, por lo que no hay fórmulas generales. He visto en la web algunas “calculadoras” de liquidación final, que si bien pueden ser útiles en algunos casos, lo recomendables es saber el prendimiento a seguir una liquidación final.

Veamos un ejemplo,
 

Un empleado de Comercio que renuncia a su puesto de trabajo el 20/08/2016.

– Fecha de ingreso: 21/03/2009
– Fecha de egreso: 20/08/2016
– Categoría:  Administrativo A
– Convenio: CCT 130/75

Si el empleado hubiese trabajado todo el mes, su liquidación sería la siguiente:

 
Recibo liquidación agosto empleados de comercio

Liquidación Final

Pero como renunció el 20 de agosto, le corresponderá cobrar como liquidación el proporcional de los días trabajados en el mes, y el resto de los haberes devengados y no pagados.

Entonces debemos liquidar:

– Días trabajados en el mes

– SAC proporcional
– Vacaciones no gozadas
 

Básico 

Corresponde al proporcional de los días trabajados en el mes de agosto, para este caso 20 días.El básico del empelados es de $13.089,83, y debemos proporcionarlo a los 20 días trabajados

13.089,83 / 30 x 20 = 8.726,55

Antigüedad

Para el caso de empleados de comercio es el 1% por año

8.726,55 x 1% x 7 = 610,86

Presentismo

Para empleados de comercio es la doceava parte de los haberes del mes:

(8726,55 + 610,86) / 12 = 778,12

2° SAC 2016 proporcional 

El artículo 123 de la ley de contrato de trabajo establece el pago proporcioonal de SAC “Cuando se opere la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa, el trabajador o los derecho-habientes que determina esta ley, tendrá derecho a percibir la parte del sueldo anual”

El SAC el 50% de la mejor remuneración devengada en el semestre por todo concepto. Pero en este caso, solo se pagará el proporcional de los días trabajados en ese semestre.

Por lo que tenemos que hacer dos cálculos1. Calcular el SACPara el caso vamos a suponer que la mayor remuneración devengada en el semestre fue la de Julio que fue de $15.172,83. Entonces el SAC sería el 50% de esa mejor remuneración:

15.172,83 x 50% = 7.586,45

Proporcionar el SAC

Ahora, debemos proporcionar ese SAC al tiempo trabajado en el semestre. La fórmula para determinarlo es la siguiente:

Si reemplazamos:

51 / 184 x 7586.45 = 2.102,75 (SAC proporcional)

Donde:

51 son los días trabajados en el semestre

184 los días del semestre

$7.586,45 el SAC

$2.102.75 el SAC proporcional

Vacaciones no gozadas
 

El artículo 156 de la Ley de contrato de trabajo establece una indemnización por vacaciones no gozadas.

Art. 156. —Indemnización.
Cuando por cualquier causa se produjera la extinción del contrato de trabajo, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización equivalente al salario correspondiente al período de descanso proporcional a la fracción del año trabajada.

Por lo tanto, debemos calculas el importe a pagar por vacaciones no gozadas. Y al igual que en el caso del SAC, debemos hacer dos cálculos:


1. Determinar las vacaciones

Primero debemos determinar cuantos días de vacaciones le hubiesen correspondido al trabajador al 31/12. En este caso por la antigüedad le corresponderían 21 días de vacaciones, ya que su antigüedad supera los 5 años. (Para saber cuántos días de vacaciones corresponden según la antigüedad, pueden ver este artículo)

Días de vacaciones: 21 días
Base de cálculo: $15.172,83

Deterninamos el valor día de vacaciones, que se calcula en base 25:


15.172,83 / 25 = 606,9132 (valor día de vacaciones)

Monto por vacaciones

21 x 606,9132 = 12.745,18

Donde $12.745.18 sería el valor que correspondería pagar por 21 días de vacaciones. Pero como el empleado no trabajó todo el semestre, se paga de manera proporcional a los días trabajados en el año. Veamos como hacerlo en el paso 2.

2. Proporcionar la vacaciones

Proporcionar las vacaciones es tan sencillo como la regla de tres simple. Si por por un año corresponden 21 días trabajados  ¿Cuanto días corresponderán por el tiempo trabajado?

 
21 días…………….366 días
x   días…………….233 días
 
x = 13.36
Ahora que tenemos los días proporcionales de las vacaciones, nos falta el monto proporcional a pagar, que se calcula de la siguiente manera:
 
Días trabajados en el semestre: 233
 
Valor día de vacaciones: 606,9132
 
El cálculo sería:

233/366 x 21 x 606,9132 = 8113.73

Total vacaciones no gozadas: $8.113,73

SAC sobre vacaciones no gozadas

Sobre las vacaciones no gozadas también debemos calcular el SAC, y se hace de la siguiente manera:

8.113,73 / 12 =  676,14

Descuentos

Sobre los días trabajados y sobre el SAC se hace los descuentos por aportes a la seguridad social, obra social y sindicato.
Sobre las Vacaciones no gozadas, al ser un concepto indemnizatorio, no se realizan aportes ni contribuciones.

Entonces, el recibo quedaría de la siguiente manera:

RECIBO LIQUIDACIÓN FINAL POR RENUNCIA 
 
Hasta aquí el ejemplo. Si bien tomé para el ejemplo el convenio de comercio, la liquidación es válida para el resto de los convenios. No tuve en cuenta el feriado de agosto para hacer más simple la explicación, pero se debe tener en cuenta para la liquidación. Para ver cómo se liquida el feriado, pueden ver en el siguientelink.
 
Por último, les dejo una planilla excel para ayuda en los cálculos. Tiene cargado el ejemplo de este artículo.

Planilla liquidacion final excel

 

NOVEDADES

La última versión de la planilla que incluye despido sin causa en este enlace

También pueden probar la calculadora online de liquidación final con y sin causa, que está en versión Beta ? CALCULADORA

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Publicado en: Laboral, Planillas excel Etiquetado como: Casos Prácticos, Despido, Despido sin causa, Liquidación final, Renuncia

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Monica Flores dice

    17 enero, 2017 a las 9:30 pm

    Hola hayer ise la renuncia soy vendedora de ropas X flores y renuncie trabaje 20 meces trabajaba de 8a5:30 cuanto me corresponde ya q mi sueldo era 8500

    Responder
    • ms dice

      7 mayo, 2017 a las 11:24 pm

      lo que te corresponde a vos es volver hacer la primaria….

      Responder
  3. Matias Gutierrez dice

    16 enero, 2017 a las 6:54 pm

    Hola, buenas tardes, disculpa la molestia… Mi consulta es la siguiente: Yo voy a presentar el telegrama de renuncia en unos dias (Voy a trabajar hasta el 31 de enero inclusive y el 1ero de febrero ya no estoy mas) y me dicen que la LIQUIDACION FINAL me la van a depositar aprox una semana despues de mi renuncia… Con eso de refiere a mi sueldo por lo trabajado en el mes ? O es referido a comisiones ? Te agradezco la respuesta desde ya, muchisimas gracias.

    Responder
  4. Matias Gutierrez dice

    16 enero, 2017 a las 6:54 pm

    Hola, buenas tardes, disculpa la molestia… Mi consulta es la siguiente: Yo voy a presentar el telegrama de renuncia en unos dias (Voy a trabajar hasta el 31 de enero inclusive y el 1ero de febrero ya no estoy mas) y me dicen que la LIQUIDACION FINAL me la van a depositar aprox una semana despues de mi renuncia… Con eso de refiere a mi sueldo por lo trabajado en el mes ? O es referido a comisiones ? Te agradezco la respuesta desde ya, muchisimas gracias.

    Responder
  5. Anónimo dice

    13 enero, 2017 a las 9:41 pm

    Hola buenas tardes! Yo renuncié el 06/01/2017, ya me pagaron las vacaciones correspondientes al 2016, quería saber si corresponde que me paguen algo por la antigüedad, hace 3 años y medio que trabajaba en esta empresa. Gracias

    Responder
    • Anónimo dice

      23 marzo, 2017 a las 4:52 am

      en caso de renuncia no corresponde indemnizacion por antiguedad

      Responder
  6. mariela basilio dice

    3 enero, 2017 a las 1:54 pm

    Hola hace 5 años que trabajo soy empleada de comercio ,Hasta acá me pagaron todo,vacaciones ,aguinaldo ,quiero saber si me corresponden 3 meses del centro de empledado de comercio y obra social,voy a renunciar ahora

    Responder
  7. mariela basilio dice

    3 enero, 2017 a las 1:54 pm

    Hola hace 5 años que trabajo soy empleada de comercio ,Hasta acá me pagaron todo,vacaciones ,aguinaldo ,quiero saber si me corresponden 3 meses del centro de empledado de comercio y obra social,voy a renunciar ahora

    Responder
    • Anónimo dice

      27 julio, 2017 a las 1:44 pm

      Hola si sos /fuiste empleada de comercio. RECLAMA EL PAGO DEL SEGURO DE RETIRO LA ESTRELLA!!! Es una boleta que paga el empleador por obligacion todos los meses…y cuanod renuncias o te despiden podes cobrar en capital!!!

      Responder
  8. Anónimo dice

    3 enero, 2017 a las 11:26 am

    Hola una consulta yo queria saber q me corresponde x la renucia. Yo entre a a trabajar el 20/7/2012 y renuncie el 28/12/2016 pero tuve 1 año de con certificado medico x problemas de salud y me quedaron deviendo vacaciones .queria saber. Mi salario es $.4500.

    Responder
    • Anónimo dice

      29 enero, 2017 a las 9:47 pm

      todo bien no… pero con un año de falta por certificado médico y queres vacaciones?… ojala te recomienden para tu proximo trabajo! Suerte

      Responder
      • Anonimo como el de arriba dice

        14 junio, 2019 a las 2:18 am

        “Anonimo”, esta persona tuvo problemas medicos validos y certificados, por supuesto que le corresponde que le paguen hasta el ultimo dia, tu respuesta es bastante estupida, parece mas la de un empleador resentido y garca. Suerte!
        Otro Anonimo como vos.

        Responder
    • Gera dice

      31 enero, 2017 a las 2:47 pm

      Es muy de caradura si jajaj. Yo no te contrato y no te recomiendo en ninguna empresa. Pero te corresponde el pago de vacaciones no gozadas

      Responder
    • Anónimo dice

      26 junio, 2017 a las 5:12 pm

      Y ustedes saben que problema de salud tenía? Las vacaciones pagas le corresponden. Malisimo andar diciendo "yo no te recomiendo", si la persona tiene problema de salud grave tiene derecho a pedir licencia.

      Responder
    • Anónimo dice

      17 julio, 2017 a las 8:43 pm

      Las vacaciones son por ley. Y la licencia por enfermedad también. Seguramente ese año no lo cobro completo. Con suerte, fueron 6 meses con goce de sueldo. Por qué no debería reclamar lo que le corresponde?

      Responder
  9. JOSE dice

    20 diciembre, 2016 a las 3:15 pm

    Hola Ignacio, si un empleado renuncia el 20/12 deberá cobrar el sueldo proporcional a esos 20 días trabajados, el aguinaldo del semestre proporcionando los 11 días faltantes para completar el año al igual que las vacaciones anuales que, por ejemplo, de corresponder 35 días según su antigüedad saco por regla de 3 los días que le corresponden (355*35 / 366). Es correcto esto? correspondería abonar algún concepto mas?

    Responder
  10. Anónimo dice

    7 diciembre, 2016 a las 9:42 pm

    Hola yo quiero renunciar ahora a mitad de mes que me corresponde .

    Responder
    • Gera dice

      2 enero, 2017 a las 11:51 pm

      te corresponde dias trabajados del mes + proporcional de 2da cuota SAC -si no lo cobraste- + vacaciones no gozadas -si es que no te tomaste vacaciones correspondientes al periodo 2016-

      Responder
  11. Unknown dice

    7 diciembre, 2016 a las 4:20 am

    Hola, es muy buena la nota, se entiemde muy bien, pero me pregunto que pasa con ganancias en estos casos?

    Responder
  12. Unknown dice

    6 diciembre, 2016 a las 12:32 am

    hola buenas noches, disculpe la molestia. Hace 4 años estoy trabajando como empleado de comercio y en esos 4 años solo me tome una semana de vacaciones por año. Estoy proximo a renunciar y siguiendo sus aritculos sobre liquidacion de las vacaciones, me pagan mas dinero por tomar los correspondientes dias, que tomando la indemnizacion por vacaciones no gozadas. ¿Es correcto esto?¿ Conviene tomar los dias de vacaciones y luego renunciar? mi calculo viene a 28 dias de vacaciones.

    Responder
  13. Fernanda dice

    2 noviembre, 2016 a las 6:05 am

    Hola!! Como se hace para determinar cuantos son los días que se trabaja por semestre? Yo ingreso el día 1/04/2013 y renuncié el 03/09/2016 y quisiera realizar un cálculo de lo que me correspondería y así saber si está bien o mal lo que me quieren dar por liquidación, tengo que destacar que me suspendieron dos días en 09/2015. Esos dos días de suspensión influyen en la sumatoria de los días trabajados en el semestre? Espero me entienda, desde ya un total agradecimiento por la información y un gran saludo!!

    Responder
  14. Anónimo dice

    20 octubre, 2016 a las 2:05 am

    Hola voy a renuncia ahora el 31 de oct y mi jefa me dice q me debe pagar lo q corresponde a 7 meses de vacaciones, y 4 meses de aguinaldo, los cuales dos meses son con sueldo de 9mil y los otros dos c el sueldo de ahora q es 12 mil.. empece a trabajar en blanco en abril del 2015 y renuncio ahora el 31 de oct… como calculo q me corrsponde??? me parece que eso del aguinaldo esta mal y deberia ser el proporcional por los 12 mil que es mi sueldo actual, gracias por su ayuda

    Responder
  15. gustavo di niso dice

    29 agosto, 2016 a las 3:47 pm

    menos mes de preaviso que también debe dar el empleado, no le pago nada de sac y vacaciones y quedamos a mano

    Responder
    • Ignacio dice

      29 agosto, 2016 a las 6:12 pm

      Son 15 días de preaviso en el caso del empleador, y su exigencia no es igual que en el caso del empleador. Saludos

      Responder
  16. Anónimo dice

    29 agosto, 2016 a las 4:08 am

    En caso de renuncia o despido, que pasa con los aportes y contribuciones de la obra social si el empleador no las pago en mucho tiempo pero fueron descontadas del recibo del trabajador?

    Responder
    • Ignacio dice

      29 agosto, 2016 a las 6:15 pm

      Hay que intimarlo para que ingres los aportes retenidos

      Responder
      • Ruben Dario Paulus dice

        16 septiembre, 2019 a las 3:52 pm

        Hola te hago una consulta yo hace 11 años que trabajo en la misma empresa y tengo un sueldo básico de $32 .000 si me dan la baja cuanto me corresponde de indemnisacion

        Responder
        • cynthia dice

          29 abril, 2020 a las 12:17 pm

          Tenes que poner tu fecha de inicio
          Todos los recibos de sueldo
          si haces horas extra
          Tu convenio colectivo

          Responder
    • Maximiliano dice

      3 diciembre, 2019 a las 11:30 pm

      Hola quiero saber que me corresponde di renincio a mi trabajo .entre a trabajar 01/07 /2003

      Responder
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