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Liquidación final por renuncia. Ejemplo + excel

28 agosto, 2016 Por Ignacio 224 comentarios

Caso práctico de una liquidación final por renuncia. SAC proporcional. Vacaciones no gozadas.

Liquidación final por renuncia. Ejemplo + excel

Cuanto un empleado presenta la renuncia a su trabajo, surge la inquietud de cuánto deberá cobrar. Muchas veces se cree que corresponde una indemnización por renuncie, pero esto no es así. De todos modos, lo que sí corresponde es una liquidación final que debe realizar el empleador.

Como toda liquidación, depende de muchas variables, por lo que no hay fórmulas generales. He visto en la web algunas “calculadoras” de liquidación final, que si bien pueden ser útiles en algunos casos, lo recomendables es saber el prendimiento a seguir una liquidación final.

Veamos un ejemplo,
 

Un empleado de Comercio que renuncia a su puesto de trabajo el 20/08/2016.

– Fecha de ingreso: 21/03/2009
– Fecha de egreso: 20/08/2016
– Categoría:  Administrativo A
– Convenio: CCT 130/75

Si el empleado hubiese trabajado todo el mes, su liquidación sería la siguiente:

 
Recibo liquidación agosto empleados de comercio

Liquidación Final

Pero como renunció el 20 de agosto, le corresponderá cobrar como liquidación el proporcional de los días trabajados en el mes, y el resto de los haberes devengados y no pagados.

Entonces debemos liquidar:

– Días trabajados en el mes

– SAC proporcional
– Vacaciones no gozadas
 

Básico 

Corresponde al proporcional de los días trabajados en el mes de agosto, para este caso 20 días.El básico del empelados es de $13.089,83, y debemos proporcionarlo a los 20 días trabajados

13.089,83 / 30 x 20 = 8.726,55

Antigüedad

Para el caso de empleados de comercio es el 1% por año

8.726,55 x 1% x 7 = 610,86

Presentismo

Para empleados de comercio es la doceava parte de los haberes del mes:

(8726,55 + 610,86) / 12 = 778,12

2° SAC 2016 proporcional 

El artículo 123 de la ley de contrato de trabajo establece el pago proporcioonal de SAC “Cuando se opere la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa, el trabajador o los derecho-habientes que determina esta ley, tendrá derecho a percibir la parte del sueldo anual”

El SAC el 50% de la mejor remuneración devengada en el semestre por todo concepto. Pero en este caso, solo se pagará el proporcional de los días trabajados en ese semestre.

Por lo que tenemos que hacer dos cálculos1. Calcular el SACPara el caso vamos a suponer que la mayor remuneración devengada en el semestre fue la de Julio que fue de $15.172,83. Entonces el SAC sería el 50% de esa mejor remuneración:

15.172,83 x 50% = 7.586,45

Proporcionar el SAC

Ahora, debemos proporcionar ese SAC al tiempo trabajado en el semestre. La fórmula para determinarlo es la siguiente:

Si reemplazamos:

51 / 184 x 7586.45 = 2.102,75 (SAC proporcional)

Donde:

51 son los días trabajados en el semestre

184 los días del semestre

$7.586,45 el SAC

$2.102.75 el SAC proporcional

Vacaciones no gozadas
 

El artículo 156 de la Ley de contrato de trabajo establece una indemnización por vacaciones no gozadas.

Art. 156. —Indemnización.
Cuando por cualquier causa se produjera la extinción del contrato de trabajo, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización equivalente al salario correspondiente al período de descanso proporcional a la fracción del año trabajada.

Por lo tanto, debemos calculas el importe a pagar por vacaciones no gozadas. Y al igual que en el caso del SAC, debemos hacer dos cálculos:


1. Determinar las vacaciones

Primero debemos determinar cuantos días de vacaciones le hubiesen correspondido al trabajador al 31/12. En este caso por la antigüedad le corresponderían 21 días de vacaciones, ya que su antigüedad supera los 5 años. (Para saber cuántos días de vacaciones corresponden según la antigüedad, pueden ver este artículo)

Días de vacaciones: 21 días
Base de cálculo: $15.172,83

Deterninamos el valor día de vacaciones, que se calcula en base 25:


15.172,83 / 25 = 606,9132 (valor día de vacaciones)

Monto por vacaciones

21 x 606,9132 = 12.745,18

Donde $12.745.18 sería el valor que correspondería pagar por 21 días de vacaciones. Pero como el empleado no trabajó todo el semestre, se paga de manera proporcional a los días trabajados en el año. Veamos como hacerlo en el paso 2.

2. Proporcionar la vacaciones

Proporcionar las vacaciones es tan sencillo como la regla de tres simple. Si por por un año corresponden 21 días trabajados  ¿Cuanto días corresponderán por el tiempo trabajado?

 
21 días…………….366 días
x   días…………….233 días
 
x = 13.36
Ahora que tenemos los días proporcionales de las vacaciones, nos falta el monto proporcional a pagar, que se calcula de la siguiente manera:
 
Días trabajados en el semestre: 233
 
Valor día de vacaciones: 606,9132
 
El cálculo sería:

233/366 x 21 x 606,9132 = 8113.73

Total vacaciones no gozadas: $8.113,73

SAC sobre vacaciones no gozadas

Sobre las vacaciones no gozadas también debemos calcular el SAC, y se hace de la siguiente manera:

8.113,73 / 12 =  676,14

Descuentos

Sobre los días trabajados y sobre el SAC se hace los descuentos por aportes a la seguridad social, obra social y sindicato.
Sobre las Vacaciones no gozadas, al ser un concepto indemnizatorio, no se realizan aportes ni contribuciones.

Entonces, el recibo quedaría de la siguiente manera:

RECIBO LIQUIDACIÓN FINAL POR RENUNCIA 
 
Hasta aquí el ejemplo. Si bien tomé para el ejemplo el convenio de comercio, la liquidación es válida para el resto de los convenios. No tuve en cuenta el feriado de agosto para hacer más simple la explicación, pero se debe tener en cuenta para la liquidación. Para ver cómo se liquida el feriado, pueden ver en el siguientelink.
 
Por último, les dejo una planilla excel para ayuda en los cálculos. Tiene cargado el ejemplo de este artículo.

Planilla liquidacion final excel

 

NOVEDADES

La última versión de la planilla que incluye despido sin causa en este enlace

También pueden probar la calculadora online de liquidación final con y sin causa, que está en versión Beta ? CALCULADORA

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Publicado en: Laboral, Planillas excel Etiquetado como: Casos Prácticos, Despido, Despido sin causa, Liquidación final, Renuncia

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Romina dice

    29 agosto, 2019 a las 11:17 am

    Ignacio, buen día, podrías comentar por favor cómo queda el F931 con este ejemplo? Muchas gracias

    Responder
  3. Anonimo dice

    23 agosto, 2019 a las 4:55 pm

    Hola, quiero renunciar a mediados de septiembre (15/09/2019), tengo 13 años de empresa 68000 de basico y algunos adicionales que a veces llegan a 10000, sería un bruto de 78000. Cuanto debería percibir en la liquidación final? (fecha de ingreso 20-06-2006)
    Gracias

    Responder
  4. Paula dice

    14 agosto, 2019 a las 1:58 pm

    Hola.
    Mi consulta es … Hace 4 años y 3 meses que trabajo en blanco ..
    En 15 días renunció a mi trabajo.
    Cuanto tendría que pagarme mi patrón?

    Responder
  5. Joana dice

    7 agosto, 2019 a las 6:40 pm

    Hola necesito ayuda urgente con mi liquidacion final.
    Ya m la dieron pero quiero saber si esta bien.

    Responder
  6. Jose Mendoza villalba dice

    31 julio, 2019 a las 11:18 am

    Qútero saber si un trabajabón que ha trabajado 4 meses y renuncia tiene derecho al pago de vacaciones?

    Responder
  7. Marcelo dice

    27 julio, 2019 a las 12:47 pm

    Hola yo quiero renunciar llevo 22 años de trabajo que es lo que tendría que cobrar mi sueldo es de 13 mil pesos ahora trabajo de lunes a viernes y me bajaron las hora a4 hora por día gracias

    Responder
  8. Jose dice

    17 julio, 2019 a las 10:12 pm

    Buenas: quería preguntarle, a mi me despidieron con causa, me deben el aguinaldo de junio q no me pagaron y aparte la liquidación de julio q trabaje y proporcional de aguinaldo y vacaciones y días trabajado de julio, como cálculo lo que me tendrían que liquidar?

    Responder
  9. Verónica dice

    15 julio, 2019 a las 12:17 am

    Hola, mi licencia por maternidad término el 11/3/19 después me tomé 28 días de vacaciones, después tres meses sin goce de haberes y renuncie el 30/6/19 al llegar a un arreglo con mi empleador, cual sería mi liquidación final?
    Gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      17 julio, 2019 a las 4:44 pm

      Hay que hacer el cálculo para saberlo Verónica, no surge solamente de esos datos.

      Responder
  10. Lucas dice

    14 julio, 2019 a las 6:24 pm

    Renuncie a mi trabajo y trabajo 8 meses cuanto me corresponde

    Responder
  11. Sebastián dice

    12 julio, 2019 a las 7:18 pm

    Hola…. Voy a renunciar a mi trabajo el 1 de agosto y me adeudan 30 días de vacaciones. Si renunció antes de tomar las vacaciones me deben liquidar esos 30 días +plus vacacional ? Sería casi lo mismo que si me tomara las vacaciones y renunciará el 1ro de septiembre?

    Responder
  12. Gabriela dice

    1 julio, 2019 a las 4:41 pm

    Hola buenas tardes,
    Siempre tengo la duda de si los cálculos sobre días y meses se hacen por mes completo, en el primer ejemplo dice q trabajó hasta el 20 de agosto, y toman los 20 dias de ese mes proporcional para los siguientes cálculos, yo pensaba q se tomaban solo los trabajados efectivamente, por ejemplo 17 días, por los descansos.
    Lo mismo con el calculo proporcional del SAC que se toman 51 dias, q son contados desde julio hasta el 20 de agosto, todos incluidos. ¿puede aclararme por qué esto es así?

    Responder
    • Ignacio dice

      25 julio, 2019 a las 12:10 am

      Hola Gabriela, no entiendo la pregunta. Si trabajó 20 días, por qué le liquidaría 17?

      Responder
  13. Leo dice

    30 junio, 2019 a las 10:21 pm

    Buenas noches, estoy renunciando a mi trabajo, el 31 de julio y estoy calculando la liquidación final.
    11 ańos y convenio Bancarios
    Me quedan x gozar 4 días del 2018 y los proporcionales a Julio 2019.
    Cómo calculo todo con el bruto 70,000.
    Gracias Leo

    Responder
  14. Anónime dice

    26 junio, 2019 a las 1:19 pm

    Qué pasa en el caso de que el empleado no cumpla con el periodo de preaviso que establece la ley (15 días)? Como empleador se puede tomar alguna medida?
    Envía un telegrama con fecha de 2 días posteriores. Ni si quiera informó de la decisión verbalmente o por mail como para tener en cuenta la realización de su liquidación final o la búsqueda de su reemplazo.
    Gracias! (Siempre es de gran ayuda tu página).
    Saludos.

    Responder
  15. yanina dice

    23 junio, 2019 a las 2:09 pm

    Hola Ignacio! en el caso de un empleado que renuncia (convenio Fentpea) que tienen un Básico muy bajo y el mínimo garantizado por convenio, cual tomo para los cálculos? el básico o el mínimo garantizado? Gracias!!

    Responder
  16. Elena dice

    21 junio, 2019 a las 6:45 pm

    Hola una consulta me ayudan por favor. Quiero renunciar yo trabajo como empleada doméstica ase 1 años si renuncio tengo derecho algún liquidación ono . En 2017 trabaje en la misma casa 7 meses mande carta de renuncia por correo y nadie me dijeron si tenIA que cobrar algún liquidación. Bueno despue me llamaron otra vez mis patrones y volví a trabajar para Ellos asta en este momento 2019 ya paso 1 años ahora tengo derecho a reclamar algún liquidacion por renuncia voluntaria ono?

    Responder
    • Ignacio dice

      22 junio, 2019 a las 12:50 pm

      En caso de renuncia se pagan los días del mes trabajado mas aguinaldo y vacaciones proporcionales

      Responder
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