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Liquidación para el mes de junio según el nuevo acuerdo de comercio

17 junio, 2010 Por Ignacio 393 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de junio de 2010 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.

Finalmente, luego de dos meses de negociaciones, se logró el nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercio. A manera de ejemplo, y a pedido de mucho lectores, daré un ejemplo para la liquidación de junio de 2010, según mi interpretación del nuevo acuerdo.

Datos para la liquidación
Categoría:
Administrativo A
Básico. $ 1.319,56
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Conceptos Remunerativos

  • Básico:   $1.319,56
  • Asistencia y puntualidad:   $109,96

Descuentos s/remunerativos

  • Jubilación 11,0% $157,25
  • Obra Social 3,0%:   $42,89
  • Ley 19.032 3,0%:  $ 42,89
  • S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  $28,59
  • F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:  $7,15

Concepto No Remunerativos

  • Adicional no remunerativo acuerdos anteriores:  $763,91
  • Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010:   $398,77
  • Asistencia y puntualidad:   $96,89
  • Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010:   $432,00

Descuentos s/no remunerativos

  • Obra Social 3,0%:  $50,75
  • Obra Social – aporte por única vez:   $$50,00
  • S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  33,83
  • F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:   $8,46

Total a cobrar Junio 2010: $ 2.699,30

Ahora vemos de donde surgen los valores de la liquidación:

Conceptos No Remunerativos
Adicional no remunerativo acuerdos anteriores:  Los  $763,91 salen de la suma de los acuerdos anteriores:

Acuerdo Abril 2008 Art. 1 a: $263,91
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 b: $100,00
Acuerdo Abril 2009 Art. 4:    $ 300,00
Acuerdo Enero 2010 Art. 2:  $ 100,00

Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: Los  $398,77 son el aumento otorgado en este nuevo acuerdo, y se componen de los $75 fijos por un lado.

Y además, mas el primer tramo del aumento, es decir el 15%.  Pero primero debemos calcular sobre la base sobre la cual se realizará aplicará dicho porcentaje. Y se debe hace según lo establece el “acuerdo Junio de 2010” en el “Artículo primero III),” que determina 4 items o puntos que integrar la base:

  • El primero es básico de convenio de la cateogría del empleado, que para el caso del ejemplo es un Administrativo A: $1.319,56
  • El segundo son las sumas no remunerativas de los acuerdos anteriores, que en este caso suman $763,91 y vimos como se determinaba en el punto anterior, mas los $75 otorgados en este acuerdo junio de 2010.
  • Y el tercero, son los adicionales fijos con el tope de $900. Que para este ejemplo, no lo tendremos en cuenta.

Entonces, sumamos los items y tenemos la base para aplicar el incremento del 27%. Aunque en este caso solo tomaremos el primer tramo de 15%:

 (1319,56 + 763,91 + 75) x 15% = $323,77

finalmente, $323,77 + $75 = $398,77

Asistencia y puntualidad:  Los $96,89 son la asistencia y puntualidad (Art. 40 CCT 130/75) es la doceava parte (8,33) de las los adicionales no remunerativos, tanto sobre los anteriores como el de junio de 2010:

 ($763,91 +   $398,77) / 12 = $96,89

Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010:  Los  $432,00 surgen de la suma del incremento salarial determinado según el acuerdo junio 2010 (15% + 75 fijo) mas el presentismo:

$398,77 + 8,33% = $432

Descuentos s/no remunerativos
Obra Social 3,0%:  Los $50,75 surgen de aplicar el 3% sobre los adicionales.
Obra Social – aporte por única vez: Es el aporte fijo y por única vez con destino a la obra social OSECAC de $50,00.

S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  Los $33,83 surgen de aplicar el 2% sobre los adicionales no remunerativos. 
F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:  Los $8,46 surgen de aplica el 0.5% sobre los adicionales no remunerativos.



Hasta aquí la explicación, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.

Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Y como siempre, espero sus comentarios, dudas, consultas, y correcciones si lo creen necesario.


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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Acuerdo Salarial junio 2010, Casos Prácticos, liquidación, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 5:07 pm

    Ignacio, podrías subir la escala salarial??
    Gracias!!! Mariana

    Responder
  3. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 4:40 pm

    HOLA IGNACIO !!! TE FELICITO POR LA PACIENCIA Y POR LAS RESPUESTAS. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE. EN ENERO DEL 2010 EN LA EMPRESA QUE TRABAJO INCORPORARON A MI BASICO LOS "NO REMUNERATIVOS DEL 2008 Y 2009" QUEDÓ AFUERA EL DE ENERO DEL 2010. PARA LA BASE DEL CALCULO EL ACUERDO DICE QUE DEBEN TOMAR EL BASICO DEL CONVENIO + LOS NO REMUNERATIVOS + ALGUN OTRO ITEM (ej.TICKETS, ETC HASTA $900). EN MI CASO NO TENGO "NO REMUNERATIVOS" SALVO LOS $100 DE ENERO DE 2010. CUANDO ARMEN LA BASE ME VAN A PERJUDICAR. ESPERO SE ENTIENDA. MUCHAS GRACIAS. JUAN CARLOS G.

    Responder
  4. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 4:33 pm

    Hola Ignacio.Como seria el cálculo si el básico por recibo es mayor a las escalas del sindicato ? Gracias.
    Marucha

    Responder
  5. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 3:41 pm

    FABIO nº30 si te descuentan esos $50.- como hacen para hacerselos llegar a OSECAC?, si eso se paga por Formulario 931 donde solo te figura tu obra social activa. Si tenes otra que no sea OSECAC pasan dos cosas, o le pagan $50 a tu OS actual quedando tus empleadores como unos boludos y tu OS contenta por la donación (en realidad te lo tendrian que descontar en la factura) y la otra es que se la quede tu empleador.

    Responder
  6. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 3:38 pm

    Ignacio, tenés la nueva escala salarial con los nuevos básicos para cada Categoría?? creo que eso facilitaría mucho los cálculos.
    Gracias!!!! y saludos!
    Melina

    Responder
  7. MAURICIO dice

    23 junio, 2010 a las 3:34 pm

    LA ANTIGÜEDAD ENTRA EN LA BASE DEL CALCULO?

    Responder
  8. Beto de Ezpeleta dice

    23 junio, 2010 a las 3:29 pm

    Anonimo 33 yo lo puse todo en uno, algo asi:

    Aguinaldo $1000
    Jubilacion ($110)
    Ley 19032 ($30)
    Aguinaldo sobre acuerdos $600
    OS ($48)
    Sindicato ($32)
    Faecys ($8)

    Ultimos 3 items sobre el bruto total.

    Suponiendo que el aguinaldo y el plus no remunerativo son inventados.

    No se si estará bien, Ignacio que dices tu?

    Responder
  9. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 3:14 pm

    Ignacio ojale estes, necesito liquidar un aguinaldo una consulta de debe abonar el 50%de los acurdos anteriores como un extra con eguinaldo? Muchas gracias

    Responder
  10. FABIANA dice

    23 junio, 2010 a las 3:09 pm

    HOLA IGNACIO NECESITO SABER SI LOS $75 VAN EN MAYO INCLUIRLOS Y ADEMAS HAY OTROS $75 PARA JUNIO EN ADELANTE(TOTAL $150) APARTE DEL 15% GRACIAS

    Responder
  11. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 3:07 pm

    hola ignacio! para cuando puede estar la homologacion ???

    Responder
  12. DULCI dice

    23 junio, 2010 a las 2:49 pm

    Hola Ignacio, mi pregunta es la siguiente:
    Con respecto a los $ 50,según el art. 9° del acuerdo aclara que dicha suma será debitada del monto a percibir por cada trabajador de la suma no remunerativa acordada en el art.1°.¿puede figurar en un item aparte o se deben restar del concepto acuerdo junio 2010? ¿este aporte es solo para quienes hayan optado por OSECAC? ¿ Qué sucede con los trabajadores que han optado por esta obra social pero no pertenecen a Comercio?
    Por lo que aclaraste en el ejemplo son fijos, pero en caso de egreso ¿no deberían ser proporcionales a dicha fecha?

    Responder
  13. FABIO dice

    23 junio, 2010 a las 12:56 pm

    Ignacio: pregunta: por que motivos yo que no tengo como obra social a OSECAC tengo que darle $50 por motivos de solidaridad, no sería un caso de hurto legalizado?

    Responder
  14. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 12:48 pm

    HOLA IGNACIO. PODRIAS DAR UN EJEMPLO CON ANTIGUEDAD (1 AÑO) PARA SABER COMO SERIA EL CALCULO? ENTIENDO QUE EL AUMENTO ES SOBRE EL BASICO DE CONVENIO PERO SI LA ANTIGUEDAD SE INCREMENTA EN UN 0.75 DESDE MAYO TBN SE INCREMENTARIA EL ACUERDO DEL 20% DEL 2008? ESPERO QUE SE ENTIENDA MI DUDA. DESDE YA MUCHAS GRACIAS. CAROLINA

    Responder
  15. Ignacio dice

    23 junio, 2010 a las 1:48 am

    Hola ANDREA B, si, se va a complicar bastante la liquidación la verdad, y si, es en 12 cuotas en lo que respecta a acuerdos anteriores.
    No entiendo la pregunta sobre la antigüedad.

    Hola Macarena, puede ir separado o junto, no le hace a la cuestión

    Hola Romina, no, es el 50%.

    Hola Yanina, si, entiendo que si, pero para eso debería rectificar la DDJJ la empresa. Por ahí leí que era a partir de junio, pero en el acuerdo no aclara, yo lo haría desde mayo.

    Responder
  16. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 12:49 am

    BUENAS NOCHES IGNACIO TE AGRADECERIA QUE ME SAQUES LAS SGUIENTES DUDAS:
    1) EL RETROACTIVO MAYO DEL 15 % LLEVA AGUINALDO?
    2) AL MOMENTO DE IR PASANDOSE LAS 12 CUOTAS DE LOS ACUERDOS VIEJOS EL BASICO SE VA A IR INCREMENTANDO. LOS SIGUIENTES TRAMOS DEL AUMETO ESTE. SE CALCULAN SOBRE EL BASICO INICIAL O SOBRE LO QUE SE ME VAYA AUMENTANDO TAMBIEN.??
    MUCHAS GRACIAS.
    CESAR

    Responder
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