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Liquidación para el mes de junio según el nuevo acuerdo de comercio

17 junio, 2010 Por Ignacio 393 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de junio de 2010 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.

Finalmente, luego de dos meses de negociaciones, se logró el nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercio. A manera de ejemplo, y a pedido de mucho lectores, daré un ejemplo para la liquidación de junio de 2010, según mi interpretación del nuevo acuerdo.

Datos para la liquidación
Categoría:
Administrativo A
Básico. $ 1.319,56
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Conceptos Remunerativos

  • Básico:   $1.319,56
  • Asistencia y puntualidad:   $109,96

Descuentos s/remunerativos

  • Jubilación 11,0% $157,25
  • Obra Social 3,0%:   $42,89
  • Ley 19.032 3,0%:  $ 42,89
  • S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  $28,59
  • F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:  $7,15

Concepto No Remunerativos

  • Adicional no remunerativo acuerdos anteriores:  $763,91
  • Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010:   $398,77
  • Asistencia y puntualidad:   $96,89
  • Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010:   $432,00

Descuentos s/no remunerativos

  • Obra Social 3,0%:  $50,75
  • Obra Social – aporte por única vez:   $$50,00
  • S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  33,83
  • F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:   $8,46

Total a cobrar Junio 2010: $ 2.699,30

Ahora vemos de donde surgen los valores de la liquidación:

Conceptos No Remunerativos
Adicional no remunerativo acuerdos anteriores:  Los  $763,91 salen de la suma de los acuerdos anteriores:

Acuerdo Abril 2008 Art. 1 a: $263,91
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 b: $100,00
Acuerdo Abril 2009 Art. 4:    $ 300,00
Acuerdo Enero 2010 Art. 2:  $ 100,00

Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: Los  $398,77 son el aumento otorgado en este nuevo acuerdo, y se componen de los $75 fijos por un lado.

Y además, mas el primer tramo del aumento, es decir el 15%.  Pero primero debemos calcular sobre la base sobre la cual se realizará aplicará dicho porcentaje. Y se debe hace según lo establece el “acuerdo Junio de 2010” en el “Artículo primero III),” que determina 4 items o puntos que integrar la base:

  • El primero es básico de convenio de la cateogría del empleado, que para el caso del ejemplo es un Administrativo A: $1.319,56
  • El segundo son las sumas no remunerativas de los acuerdos anteriores, que en este caso suman $763,91 y vimos como se determinaba en el punto anterior, mas los $75 otorgados en este acuerdo junio de 2010.
  • Y el tercero, son los adicionales fijos con el tope de $900. Que para este ejemplo, no lo tendremos en cuenta.

Entonces, sumamos los items y tenemos la base para aplicar el incremento del 27%. Aunque en este caso solo tomaremos el primer tramo de 15%:

 (1319,56 + 763,91 + 75) x 15% = $323,77

finalmente, $323,77 + $75 = $398,77

Asistencia y puntualidad:  Los $96,89 son la asistencia y puntualidad (Art. 40 CCT 130/75) es la doceava parte (8,33) de las los adicionales no remunerativos, tanto sobre los anteriores como el de junio de 2010:

 ($763,91 +   $398,77) / 12 = $96,89

Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010:  Los  $432,00 surgen de la suma del incremento salarial determinado según el acuerdo junio 2010 (15% + 75 fijo) mas el presentismo:

$398,77 + 8,33% = $432

Descuentos s/no remunerativos
Obra Social 3,0%:  Los $50,75 surgen de aplicar el 3% sobre los adicionales.
Obra Social – aporte por única vez: Es el aporte fijo y por única vez con destino a la obra social OSECAC de $50,00.

S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  Los $33,83 surgen de aplicar el 2% sobre los adicionales no remunerativos. 
F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:  Los $8,46 surgen de aplica el 0.5% sobre los adicionales no remunerativos.



Hasta aquí la explicación, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.

Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Y como siempre, espero sus comentarios, dudas, consultas, y correcciones si lo creen necesario.


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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Acuerdo Salarial junio 2010, Casos Prácticos, liquidación, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 9:15 pm

    Hola ignacio me podrias decir si es "legal" no pagarlo si aun no esta homologado o ya en el sueldo de Julio deben pagar el aumento???

    Responder
  3. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 9:01 pm

    hola ignacio te hago una consulta 15% tambien lo tengo que calcular con el sac gracias…

    Responder
  4. SILVANA dice

    25 junio, 2010 a las 8:14 pm

    HOLA IGNACIO.
    POR FAVOR AYUDAME PARA LIQUIDAR EL SAC NO REMUNERATIVO.
    PARA EL CALCULO DE SAC SE TOMA LA MEJOR REMUNERACION, PARA EL CASO DE LOS NO REMUNERATIVOS SE TIENE QUE TOMAR EL TOTAL DE JUNIO???
    EL IMPORTE ES MUY ALTO DADO QUE TAMBIEN TIENE EL RETROACTIVO DE MAYO..
    PARA EL CASO PRACTICO QUE PRESENTASTE CUAL SERIA EL CALCULO DEL SAC NO REMUNERATIVO???
    MIL GRACIASSS

    Responder
  5. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 5:23 pm

    Hola Ignacio. SOY GLORIA. Cuento con basico de $1800.- y a cuenta de Futuros aumentos $300.-. Consulto si ambos importes se tienen en cuenta para el calculo de 15%. Como siempre GRACIASSS por la mano q nos das a todos los empleados.

    Responder
  6. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 4:23 pm

    Ignacio: muy util tu blog!!! queria saber, en definitiva si todos vamos a tener que hacer el aporte unico de $50 a OSECAC aunque no pertenezcamos a esa obra social o ese aporte alcanza unicamente a los afiliados a OSECAC.
    Muchas Gracias.
    Marcela

    Responder
  7. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 4:12 pm

    Buenos Dias Ignacio: muchas gracias por tomarte el tiempo para contestar a cada pregunta…
    Mi pregunta es sobre el medio aguinaldo que se pagaria en Junio. A mi entender seria el mejor sueldo del semestre que en este casa seria Junio y se lo divide en 2. que opinio tienes al respecto? o es proporcional con respecto a los dos meses que alcanza del semestre?
    Espero tu respuesta.
    Deborah.

    Responder
  8. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 3:06 pm

    Gremio comercio

    Categoria Administrativo D: Sueldo básico ¡¡¡¡$1371,37!!!!!

    Funciones:liquidacionistas (confecciona liquidaciones para su remisión y entrega a clientes de semillerías); compradores; ayudantes de contador; especialistas en leyes sociales y/o en asuntos aduaneros y/o en asuntos impositivos; liquidadores de derechos de autos; presupuestistas; compradores de bienes muebles para locaciones; auxiliares principales a cargo de asuntos legales; analistas de imputaciones contables según normas;controles y análisis de legajos de clientes; controles de garantías y valores negociados; taquidactilógrafos;operadores de máquinas de contabilidad de registro directo con salida de cinta; personal administrativo de las empresas y/o instituciones, afines a servicios fúnebres(cementerios privados, remiserías, velatorios).

    ———————————————————————

    Gremio Camioneros:

    Categoria Peón: Sueldo Básico ¡¡¡¡$2201.20!!!!!!

    Funciones:Es toda persona que desarrolle tareas de carga y
    descarga en general y/o de barrido y/o de limpieza en
    depósitos, cabeceras y toda otra función relacionada
    con la actividad específica del transporte, debiendo colaborar
    con el operario especializado en la colocación
    de lonas.

    Responder
  9. anabela dice

    25 junio, 2010 a las 3:03 pm

    Hola Ignacio te queria preguntar de cuanto es el basico de empleados de comercio vendedor B por 5 hs , porque mi basico es de $929.
    En realidad yo trabajo 132 hs al mes , son 5hs de lun a sab y el sabado hago 3 hs extras y esas horas extras me la ponen en el basico.
    Tambien queria saber el acuerdo del 29 por ciento . Y si podes mandarme estimativamente lo que tendria que cobrar. GRACIS ESPERO TU RESPUESTA

    Responder
  10. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 2:38 pm

    HOLA IGNACIO
    EL AGUINALDO COMUN SE SIGUE LIQUIDANDO COMO SIEMPRE?
    O SE TOMA COMO BASE DE CALCULO LO NO REMUNERATIVO TAMBIEN?

    GRACIAS, ARIEL

    Responder
  11. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 2:36 pm

    Hola ignacio Te hago una consulta el tema de la antiguedad va con el incremento que lo establecia el acuerdo de enero del 2010, o sea aquel que establecia que se a partir de junio de 2010 era 0,075?

    Responder
  12. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 2:13 pm

    IGNACIO, BUEN DIA. MI CONSULTA ES PORQUE TENGO GENTE QUE ENTRO EN 4/2010 A TRABAJAR Y LA EMPRESA CONSIDERA QUE NO CORRESPONDE PAGARLE EL AUMENTO QUE DIO COMERCIO.
    OTRA DUDA ES SI LA ANTIGUEDAD ENTRA EN EL NUEVO CALCULO NO REMUNERATIVO.
    EL AGUINALDO SOBRE EL ACUERDO NO REMUNERATIVO QUEDO MUY CLARO.
    GRACIAS.
    ANDREA M

    Responder
  13. Susana dice

    25 junio, 2010 a las 2:09 pm

    Buenos días Ignacio, podrás darnos un ejemplo del método "Grossing up" que se deberá aplicar en el mes de julio para una persona con 10 años de antigüedad que haya optado por OSECAC y otra que haya optado por una obra social distinta.Muchas Gracias

    Responder
  14. claudia dice

    25 junio, 2010 a las 1:30 pm

    Hola Ignacio soy claudia, recien consulte al seoc de tucuman y me dijeron que: para sacar el 15% debo incluir antiguedad quedando claro que en el anterior acuerdo del 20% no se tomaba antiguedad.-
    Desde ya muchas gracias.- admiro tu paciencia, si busque entre los comentarios mi duda pero bueno … quede confundida con el tema de antiguedad.- creo que seria util un ejemplo con antiguedad (tambien por que es de 0.75% ahora) pero bueno la verdad que con todo lo que ayudas ya basta
    en cuanto al blog NUNCA DEJES DE EXISTIR
    claudia

    Responder
  15. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 1:28 pm

    Hola me gustaria saber que concepto es el q me pagan dice asi en el recibo(AC. FAECYS-AMAYDI TAREA ESPECIFICA ) MI CATEGORIA ES AUXILIAR "C"
    GRACIAS . FABIAN

    Responder
  16. Ignacio dice

    25 junio, 2010 a las 12:27 pm

    Hola Leti, yo entiendo que no.

    Hola Sandra, todo el SAC te corresponde en forma proporcioan, tanto los acuerdos como lo remunerativo.

    Hola Constanza,cual es la duda puntual?

    Hola Sam,muchas gracias por la explicación, está muy. Es un punto que ha generado muchas dudas. Es así como lo has explicado.

    Hola Romina, el año pasado con respecto a los 30 pesos dijeron exactamente lo contratrio. Tampoco es una garantía lo que te puedan decir en el sindicato. De todos modos, yo no los incluyo a quienes están fuera del sindicato, y si alguna vez me lo ajustan, lo discutiré en su momento.

    Hola Adriancho, gracias por el aporte. La verdad me extrañaba mucho el ejemplo de Errepar, me parece que no hacía falta la explicación de las partes para interpretarlos.

    Responder
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