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Liquidación para el mes de junio según el nuevo acuerdo de comercio

17 junio, 2010 Por Ignacio 393 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de junio de 2010 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.

Finalmente, luego de dos meses de negociaciones, se logró el nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercio. A manera de ejemplo, y a pedido de mucho lectores, daré un ejemplo para la liquidación de junio de 2010, según mi interpretación del nuevo acuerdo.

Datos para la liquidación
Categoría:
Administrativo A
Básico. $ 1.319,56
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Conceptos Remunerativos

  • Básico:   $1.319,56
  • Asistencia y puntualidad:   $109,96

Descuentos s/remunerativos

  • Jubilación 11,0% $157,25
  • Obra Social 3,0%:   $42,89
  • Ley 19.032 3,0%:  $ 42,89
  • S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  $28,59
  • F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:  $7,15

Concepto No Remunerativos

  • Adicional no remunerativo acuerdos anteriores:  $763,91
  • Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010:   $398,77
  • Asistencia y puntualidad:   $96,89
  • Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010:   $432,00

Descuentos s/no remunerativos

  • Obra Social 3,0%:  $50,75
  • Obra Social – aporte por única vez:   $$50,00
  • S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  33,83
  • F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:   $8,46

Total a cobrar Junio 2010: $ 2.699,30

Ahora vemos de donde surgen los valores de la liquidación:

Conceptos No Remunerativos
Adicional no remunerativo acuerdos anteriores:  Los  $763,91 salen de la suma de los acuerdos anteriores:

Acuerdo Abril 2008 Art. 1 a: $263,91
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 b: $100,00
Acuerdo Abril 2009 Art. 4:    $ 300,00
Acuerdo Enero 2010 Art. 2:  $ 100,00

Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: Los  $398,77 son el aumento otorgado en este nuevo acuerdo, y se componen de los $75 fijos por un lado.

Y además, mas el primer tramo del aumento, es decir el 15%.  Pero primero debemos calcular sobre la base sobre la cual se realizará aplicará dicho porcentaje. Y se debe hace según lo establece el “acuerdo Junio de 2010” en el “Artículo primero III),” que determina 4 items o puntos que integrar la base:

  • El primero es básico de convenio de la cateogría del empleado, que para el caso del ejemplo es un Administrativo A: $1.319,56
  • El segundo son las sumas no remunerativas de los acuerdos anteriores, que en este caso suman $763,91 y vimos como se determinaba en el punto anterior, mas los $75 otorgados en este acuerdo junio de 2010.
  • Y el tercero, son los adicionales fijos con el tope de $900. Que para este ejemplo, no lo tendremos en cuenta.

Entonces, sumamos los items y tenemos la base para aplicar el incremento del 27%. Aunque en este caso solo tomaremos el primer tramo de 15%:

 (1319,56 + 763,91 + 75) x 15% = $323,77

finalmente, $323,77 + $75 = $398,77

Asistencia y puntualidad:  Los $96,89 son la asistencia y puntualidad (Art. 40 CCT 130/75) es la doceava parte (8,33) de las los adicionales no remunerativos, tanto sobre los anteriores como el de junio de 2010:

 ($763,91 +   $398,77) / 12 = $96,89

Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010:  Los  $432,00 surgen de la suma del incremento salarial determinado según el acuerdo junio 2010 (15% + 75 fijo) mas el presentismo:

$398,77 + 8,33% = $432

Descuentos s/no remunerativos
Obra Social 3,0%:  Los $50,75 surgen de aplicar el 3% sobre los adicionales.
Obra Social – aporte por única vez: Es el aporte fijo y por única vez con destino a la obra social OSECAC de $50,00.

S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  Los $33,83 surgen de aplicar el 2% sobre los adicionales no remunerativos. 
F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:  Los $8,46 surgen de aplica el 0.5% sobre los adicionales no remunerativos.



Hasta aquí la explicación, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.

Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Y como siempre, espero sus comentarios, dudas, consultas, y correcciones si lo creen necesario.


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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Acuerdo Salarial junio 2010, Casos Prácticos, liquidación, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    28 junio, 2010 a las 3:11 am

    Hola Ignacio
    soy Mirta. me parecio muy claro tu aclaracion y liquidacion.ahora yo quiro saber como sera la liquidacion del sac con el nuevo acuerdo? si va al 50% o 25%. si me podes contestar por favor te agradesco mucho. soy vendedora categoria "B" 5 años de antiguedad. muchas gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    28 junio, 2010 a las 2:03 am

    disculpa soy dario (pregunta 113)

    Responder
  4. Anónimo dice

    28 junio, 2010 a las 2:02 am

    hola ignacio pregunta si a mi me pagan el aumento recien en agosto me corresponde que me paguen un proporcional del sac tambien. te pregunto por que en la agencia donde trabajo me dijeron que me lo van a pagar recien cuando este homologado.

    Responder
  5. Anónimo dice

    28 junio, 2010 a las 2:01 am

    hola ignacio queria saber si las horas extras entran en el aguinaldo, por que la chica de recursos humanos donde trabajo me liquido el aguinaldo sin las horas extras y me dice de que las horas extras no entran en el aguinaldo , pero yo estuve buscando por internet en varios lugares y dice todo lo contrario. entran las horas extras en el aguinaldo. quisiera saber si es asi y si conoces el decreto en el cual figura tambien me vendria barbaro. gracias

    Responder
  6. Ignacio dice

    28 junio, 2010 a las 1:25 am

    Hola Pamela, no, no se ha homologado aún.

    Hola Javier, siempre tienen que pagar horas extras si las hacés.
    Se puede pagar a ahora, no es necesario que esté homolgogado, pero si pueden esperar a que se homologue.
    Si, si esperan a que se homologue tendrán que pagar todo el retroactivo.

    Responder
  7. Anónimo dice

    28 junio, 2010 a las 1:08 am

    ignacio puede ser que se homologue despues de la fecha de cobro, o vos pensas que esta semana si o si tiene que estar homologado, mati…
    esto te lo pregunto porque donde trabajo no lo pagan hasta que no se homologue…..

    Responder
  8. Anónimo dice

    28 junio, 2010 a las 12:05 am

    Hola Ignacio, mi nombre es javier y mi consulta es la siguiente, yo trabajo en un call center y hago 30hs semanales, segun el nuevo acuerdo ellos me tendrian que pasar horas extras si las hago.
    Tambien el nuevo acuerdo se debe pagar obligatoriamente ahora en los haberes de Junio o si o si se tiene que pagar despues de que este homologado.
    Y si cuando se homologa el trabajardor tiene que pagar los retractivos de los meses de Mayo y Junio + el del aguinaldo o esto no es asi desde ya espero tu pronta respuesta

    Saludos

    Responder
  9. Anónimo dice

    27 junio, 2010 a las 10:36 pm

    Hola soy Pamela. A mi me dijeron que no me lo iban a pagar porque no esta homologado. Tenes alguna info al respecto??

    Responder
  10. Ignacio dice

    27 junio, 2010 a las 1:43 am

    Hola Ariel, vas a tener un SAC remunerativo, que lo cualculás como siempre, y otro no remunerativo que es el 50% de los acuerdos

    Responder
  11. Anónimo dice

    26 junio, 2010 a las 1:24 pm

    Que hay de cierto sobre que el aporte por única vez de $50, para el caso de los trabajadores que no son de Osecac habria que realizarlos con el formulario 120 de afip

    Responder
  12. Anónimo dice

    26 junio, 2010 a las 12:33 pm

    IGNACIO
    YO VOY A LIQUIDAR EL SUELDO DE JUNIO, DENTRO DE ESE RECIBO VOY A INCLUIR LA COMPENSACION ACCESORIA (EL 50% DE LOS ACUERDOS NO REMUNERATIVOS). MI PREGUNTA ES EL SAC COMO LO CALCULO? COMO SIEMPRE? EL MEJOR SUELDO BRUTO REMUNERATIVO DIVIVIDO 2? O TOMO REMUNERATIVO + NO REMUNERATIVO DIVIDIDO 2? O SEA CAMBIA LA BASE DE CALCULO DEL SAC? O SE LIQUIDA COMO SIEMPRE?
    GRACIAS
    ARIEL

    Responder
  13. Anónimo dice

    26 junio, 2010 a las 3:14 am

    Hola Ignacio te quiero preguntar algo: que paso con el aumento de los empleados de comercio porqué la verdad que yo no tengo tiempo como los demás para leer todas las respuestas que le contestas a los demás,así que si es posible decime que paso ya que soy nueva en esta página todavía no conozco muy bien tu página la voy a revisar y despúes te contesto de anónimo y soy nueva acordate

    Responder
  14. Ignacio dice

    26 junio, 2010 a las 3:12 am

    Hola Fabian, creo que es un adicional por acuerdos que se hacen con determinadas empresas, no se donde es que trabajas vos.

    Hola Claudia, no entendía bien, en acuerdo de 2008, el 20% si iba sobre la antiguedad.
    Muchas gracias, sos muy amable conmigo, un saludos grande!!

    Hola Susana, ok, veré que puedo hacer, saludos.

    Hola Andrea, no se en que se basan para decir que no corresponde el aumento, yo no encuentro ningún motivo para no hacerlo. Con respecto a si la antiguedad integra la base, si, yo entiendo que si.

    Hola Ariel, se toma lo remunerativo y lo no remunerativo, pero se debe liquidar por separado, ya que un concepto lleva todos los descuentos, y el otro no.

    Hola Anabela, el básico por 48 horas semanales es de 1380.01, de ahí se parte para sacar el proporcional. Por lo que mas o menos estaría aproximado a ese valor que te pagan.

    Hola Deborah, exactamente la misma que vos, no porque lo crea así, si no porque lo dice la ley.

    Hola Marcela, a mi entender es solo para los afiliados, pero no es mas que mi opinión, la misma que sostuve el año pasado con los 30 pesos.

    Hola Gloria, si son anteriores al 21 de enero, si, son parte de la base.

    Hola Silvana, el retroactivo de mayo se asigna a mayo, no es de junio, por mas que se pague en ese mes, por lo que tenés que tomar cualquier de los valores, el de mayo o el de junio, ya que son iguales.
    En el caso de del ejemplo serían 629.79

    Hola Mati, no, no está homologado

    Responder
  15. Marcia dice

    26 junio, 2010 a las 12:59 am

    Hola Ignacio mi suldo basico es de $1340.29 sobre ese basico como quedaria el aumento, presentismo $111.64,asignacion acuerdo enero 2008 $100, acuerdo abril 2008 $293.44, acuerdo abril 2009 $325, acuerdo enero 2010 $108.33 asignacion acuerdo enero $2010 $75, por favor necesito saber como quedaria porque voy a renunciar y no quiero tener problemas. saludos Marcia

    Responder
  16. Anónimo dice

    26 junio, 2010 a las 12:41 am

    ignacio quiero saber si ya se homologo el aumento mati.

    Responder
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