Finalmente, luego de dos meses de negociaciones, se logró el nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercio. A manera de ejemplo, y a pedido de mucho lectores, daré un ejemplo para la liquidación de junio de 2010, según mi interpretación del nuevo acuerdo.
Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico. $ 1.319,56
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Conceptos Remunerativos
- Básico: $1.319,56
- Asistencia y puntualidad: $109,96
Descuentos s/remunerativos
- Jubilación 11,0% $157,25
- Obra Social 3,0%: $42,89
- Ley 19.032 3,0%: $ 42,89
- S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: $28,59
- F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: $7,15
Concepto No Remunerativos
- Adicional no remunerativo acuerdos anteriores: $763,91
- Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: $398,77
- Asistencia y puntualidad: $96,89
- Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010: $432,00
Descuentos s/no remunerativos
- Obra Social 3,0%: $50,75
- Obra Social – aporte por única vez: $$50,00
- S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: 33,83
- F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: $8,46
Total a cobrar Junio 2010: $ 2.699,30
Ahora vemos de donde surgen los valores de la liquidación:
Conceptos No Remunerativos
Adicional no remunerativo acuerdos anteriores: Los $763,91 salen de la suma de los acuerdos anteriores:
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 a: $263,91
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 b: $100,00
Acuerdo Abril 2009 Art. 4: $ 300,00
Acuerdo Enero 2010 Art. 2: $ 100,00
Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: Los $398,77 son el aumento otorgado en este nuevo acuerdo, y se componen de los $75 fijos por un lado.
Y además, mas el primer tramo del aumento, es decir el 15%. Pero primero debemos calcular sobre la base sobre la cual se realizará aplicará dicho porcentaje. Y se debe hace según lo establece el “acuerdo Junio de 2010” en el “Artículo primero III),” que determina 4 items o puntos que integrar la base:
- El primero es básico de convenio de la cateogría del empleado, que para el caso del ejemplo es un Administrativo A: $1.319,56
- El segundo son las sumas no remunerativas de los acuerdos anteriores, que en este caso suman $763,91 y vimos como se determinaba en el punto anterior, mas los $75 otorgados en este acuerdo junio de 2010.
- Y el tercero, son los adicionales fijos con el tope de $900. Que para este ejemplo, no lo tendremos en cuenta.
Entonces, sumamos los items y tenemos la base para aplicar el incremento del 27%. Aunque en este caso solo tomaremos el primer tramo de 15%:
(1319,56 + 763,91 + 75) x 15% = $323,77
finalmente, $323,77 + $75 = $398,77
Asistencia y puntualidad: Los $96,89 son la asistencia y puntualidad (Art. 40 CCT 130/75) es la doceava parte (8,33) de las los adicionales no remunerativos, tanto sobre los anteriores como el de junio de 2010:
($763,91 + $398,77) / 12 = $96,89
Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010: Los $432,00 surgen de la suma del incremento salarial determinado según el acuerdo junio 2010 (15% + 75 fijo) mas el presentismo:
$398,77 + 8,33% = $432
Descuentos s/no remunerativos
Obra Social 3,0%: Los $50,75 surgen de aplicar el 3% sobre los adicionales.
Obra Social – aporte por única vez: Es el aporte fijo y por única vez con destino a la obra social OSECAC de $50,00.
S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: Los $33,83 surgen de aplicar el 2% sobre los adicionales no remunerativos.
F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: Los $8,46 surgen de aplica el 0.5% sobre los adicionales no remunerativos.
Hasta aquí la explicación, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.




Que tal Ignacio, antes que nada muy bueno el blog y muy útil la info!
Siendo empleado de comercio te quería hacer una consulta:
Desde abril dejé de tener osecac y me pase a otra para aportar a una prepaga, el tema es que en los recibos de mayo y junio, siendo ya efectivo el cambio veo que me siguen descontando el 3% sobre cada acuerdo no remunerativo para OSECAC. Es una obligación hacer dicho aporte a pesar de no estar afiliado a esa O.S.?
Te agradeceria si por favor me podes confirmar este asunto así en caso de ser necesario hago el reclamo pertinente.
Saludos!!
Hola Ignacio: ¿¿¿La Antiguedad forma parte del básico al momento de calcular los porcentajes no remunarativos??? Gabriel
Hola, Ignacio, no se si te das cuenta de lo UTIL Q ES TU BLOG, nos guía y aclara muchísimas dudas, esas q nos amargan cada vez q comercio saca un nuevo acuerdo, y no sabemos como encarar la liquidación. Simplemente gracias!! Un abrazo
SI DEJAN UN NOMBRE, ME FACILITAN LA RESPUESTA, GRACIAS.
Hola Daniel Torres, no entiendo, a que $60 te referís?
Hola Luciano, no entiendo la pregunta
y los domingos como se toma con aumento
Ignacio que pasa con el a cta de futuros aumentos que data de hace años en mi recibo? Eso + ticket es lo que tengo que verificar que no superen los 900 de tope?
Gracias
disculpame y los dias domingos como quedan a $60 entonces
ignacio con respecto al punto 2:
2. Las sumas no remunerativas que le corresponda percibir a cada trabajador en función de los acuerdos vigentes a la fecha, con más el importe de pesos setenta y cinco ($ 75.-) mencionado en el Artículo primero acápite II.
yo hago otra interpretacion, yo entiendo que se suma todo lo no remunerativo incluido los $ 75 y de ahi calculo el 15% pero no se lo sumo luego.
en tu ejemplo seria 323.77 solamente.
que opinás?
Hola Jonatan, no está incluido el aguinaldo.
Hola Julio, recién se firmó, no está homologado, ni se cuando lo estará.
EL descuento de obra social sobre los acuerdos, es solo para los afialiados a OSECAC, por eso aclaré en el ejemplo que es afiliado a esa obra social.
El retroactivo de mayo se puede pagar hasta el 1 de julio, por lo cual seguramente se pagará junto con los haberes de junio.
Hola Pablo, en caso de jornada parcial, se debe calcular en forma propocional.
Si, la escala de los básicos es la de 2008
Hola Matías, no entiendo bien la pregunta.
Los $75 no van al básico, al menos no ahora.
Hola Nestor, no entiendo si estás preguntando, o afirmando.
Hola a todos,les recomiendo a todos que primeramente lean el acuerdo, que está publicado en el blog, muchas de las preguntas que realizan, están claramente en el acuerdo. Se que para quienes no están acostumbrados a leer este tipo de acuerdos, o no están familiarizados con la liquidación de acuerdos puede ser confuso, pero hay varios temas que son muy claro.
Obviamente, si no se entiende pueden dejar su consulta como siempre, intento responder a todas, en la medida que sepa la respuesta. Y si no es así, seguramente alguno de los lectores lo hará.
http://www.faecys.org.ar/circularmayo2010.pdf
gracias ignacio !!!!!!!!!!como siempre tu informacion es muy util !!!!!!!!!!si esperamos alguna info del sindicato nos morimos de angustia !!!!!!!es mucho pedir el calculo de jornada parcial ???????saludos .gabriela
Hola ignacio…Te hago una consulta. Yo tengo 2000$ en el básico, osea que lo que tengo que cobrar es el 15% de el básico de comercio (1300 y pico) y no el 15% sobre los 2000$???.. Muchas gracias
Ignacio…Segun el Art 10 del acuerdo de enero 2010, donde en el mes de junio 2010 se debia pagar un 50% de las sumas que se tengan como no remunerativas..Ese importe no se toma para el calculo del 15% de este nuevo acuerdo?…. Gracias!!!!. Ezequiel
Segun mi interpretacion, el aumento tambien es sobre los $75 agregados (lo dice en el Art 1-III, punto 2) No hace mucha diferencia, pero es bueno saberlo para que no te garquen…
Saludos,
Hernan