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Liquidación para el mes de junio según el nuevo acuerdo de comercio

17 junio, 2010 Por Ignacio 393 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de junio de 2010 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.

Finalmente, luego de dos meses de negociaciones, se logró el nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercio. A manera de ejemplo, y a pedido de mucho lectores, daré un ejemplo para la liquidación de junio de 2010, según mi interpretación del nuevo acuerdo.

Datos para la liquidación
Categoría:
Administrativo A
Básico. $ 1.319,56
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Conceptos Remunerativos

  • Básico:   $1.319,56
  • Asistencia y puntualidad:   $109,96

Descuentos s/remunerativos

  • Jubilación 11,0% $157,25
  • Obra Social 3,0%:   $42,89
  • Ley 19.032 3,0%:  $ 42,89
  • S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  $28,59
  • F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:  $7,15

Concepto No Remunerativos

  • Adicional no remunerativo acuerdos anteriores:  $763,91
  • Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010:   $398,77
  • Asistencia y puntualidad:   $96,89
  • Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010:   $432,00

Descuentos s/no remunerativos

  • Obra Social 3,0%:  $50,75
  • Obra Social – aporte por única vez:   $$50,00
  • S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  33,83
  • F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:   $8,46

Total a cobrar Junio 2010: $ 2.699,30

Ahora vemos de donde surgen los valores de la liquidación:

Conceptos No Remunerativos
Adicional no remunerativo acuerdos anteriores:  Los  $763,91 salen de la suma de los acuerdos anteriores:

Acuerdo Abril 2008 Art. 1 a: $263,91
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 b: $100,00
Acuerdo Abril 2009 Art. 4:    $ 300,00
Acuerdo Enero 2010 Art. 2:  $ 100,00

Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: Los  $398,77 son el aumento otorgado en este nuevo acuerdo, y se componen de los $75 fijos por un lado.

Y además, mas el primer tramo del aumento, es decir el 15%.  Pero primero debemos calcular sobre la base sobre la cual se realizará aplicará dicho porcentaje. Y se debe hace según lo establece el “acuerdo Junio de 2010” en el “Artículo primero III),” que determina 4 items o puntos que integrar la base:

  • El primero es básico de convenio de la cateogría del empleado, que para el caso del ejemplo es un Administrativo A: $1.319,56
  • El segundo son las sumas no remunerativas de los acuerdos anteriores, que en este caso suman $763,91 y vimos como se determinaba en el punto anterior, mas los $75 otorgados en este acuerdo junio de 2010.
  • Y el tercero, son los adicionales fijos con el tope de $900. Que para este ejemplo, no lo tendremos en cuenta.

Entonces, sumamos los items y tenemos la base para aplicar el incremento del 27%. Aunque en este caso solo tomaremos el primer tramo de 15%:

 (1319,56 + 763,91 + 75) x 15% = $323,77

finalmente, $323,77 + $75 = $398,77

Asistencia y puntualidad:  Los $96,89 son la asistencia y puntualidad (Art. 40 CCT 130/75) es la doceava parte (8,33) de las los adicionales no remunerativos, tanto sobre los anteriores como el de junio de 2010:

 ($763,91 +   $398,77) / 12 = $96,89

Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010:  Los  $432,00 surgen de la suma del incremento salarial determinado según el acuerdo junio 2010 (15% + 75 fijo) mas el presentismo:

$398,77 + 8,33% = $432

Descuentos s/no remunerativos
Obra Social 3,0%:  Los $50,75 surgen de aplicar el 3% sobre los adicionales.
Obra Social – aporte por única vez: Es el aporte fijo y por única vez con destino a la obra social OSECAC de $50,00.

S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%:  Los $33,83 surgen de aplicar el 2% sobre los adicionales no remunerativos. 
F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%:  Los $8,46 surgen de aplica el 0.5% sobre los adicionales no remunerativos.



Hasta aquí la explicación, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.

Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Y como siempre, espero sus comentarios, dudas, consultas, y correcciones si lo creen necesario.


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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Acuerdo Salarial junio 2010, Casos Prácticos, liquidación, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. verónica dice

    18 junio, 2010 a las 5:05 pm

    Hola ignacio disculpa mi ignorancia, esto quiere decir que no vamos a cobrar el aumento MIENTRAS NO ESTE HOMOLOGADO???? Este aumento cuenta a la hora de liquidar el SAC? (aguinaldo)

    Responder
  2. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 4:35 pm

    hola ignacio quiero saber como calculo las horas extras al 100% correspondientes a el dia sabado y cuanto corresponde cobrar por domingo trabajado ya que a mi no me liquidan ni los domingos ni los feriados . gracias

    Responder
  3. gustavo dice

    18 junio, 2010 a las 4:30 pm

    Gracias por el ejemplo basico

    cre que falta el presentismo inicial que va sobre el sueldo basico + la antiguedad
    y estaria bueno si ponemos en el mismo ejemplo el aguinaldo para ver como quedaria con respecto a lo no remunerativo anterior y lo nuevo que solo deberia ser aguinaldo de 2 meses (mayo y junio)
    muchas gracias por tus ejemplos y actualizacion permanente

    Responder
  4. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 4:27 pm

    HOLA IGNACIO,POR FAVOR NECESITO QUE ME DES UN EJEMPLO DE COMO LIQUIDAR LOS AGUINALDOS,YA QUE EN LA EMPRESA PARA LA QUE TRABAJO SOMOS MAS DE 40 EMPLEADOS Y DEBO COMENZAR CUANTO ANTES.DESDE YA MUCHAS GRACIAS. CAROLINA

    Responder
  5. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 4:23 pm

    Q SON ADICIONALES FIJOS?? GRACIAS IGNACIO ES TODO MUY BUENO TE FELICITO..CESAR

    Responder
  6. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 4:23 pm

    Hola ignacio, me llamo Marcelo, soy empleado administratvio b, y tengo 11 años de antiguedad, se calcula también la antiguedad, esa es mi duda, lo otro lo entiendo perfecto.- saludo ignacio, tu blog está muy buena, nos informamos todos sobre nuestros derechos, mejor que los garcas de osecac.

    Responder
  7. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 4:19 pm

    Hola iganacio quiero saber si los aumentos del 2008 y 2009 pasan al basico?
    gracias…..

    Responder
  8. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 4:12 pm

    YO GANO EL SIGUIENTE SUELDO IGNACIO
    BASICO 1300
    FUTUROS AUMENTOS 650
    PRESENTISMO 150 ESTOS SON MAS O MENOS

    NO REMUNERATIVO UNOS 700
    EN MI CASO SERIA EL 15% DE L TOTAL ,NO …………. MIL GRACIAS ,PESO MAS PESO MENMOS PARA TENER UNA IDEA

    Responder
  9. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 3:43 pm

    Buenos dias Ignacio con el aguinaldo nos deben pargar un plus estra como en el anterior del 50% de lo aumentos?

    Responder
  10. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 3:28 pm

    Hola Ignacio!, me podrías hacer el favor de decirme como quedaría el sueldo de un Vendedor "B" con un básico de ($1380.01)y referido al Sac sobre acuerdos no remunerativos es al 50% del Sac no?..Desde ya gracias, espero tu respuesta. Saludos.
    Verónica

    Responder
  11. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 3:27 pm

    Ignacio buenos dias, primero que nada, muy bueno el blog, nos ayuda mucho a comprender las normas vigentes, mi consulta es la siguiente:

    El acuerdo indica que debemos tomar los porcentajes en forma acumulativa si bien comprendo esto seria Mayo 15%, Septiembre 23.05% (22% + el 7% del 15 anterior) y Diciembre 29.20% (23.05 * 1.05) + 5%, es asi, o que otra forma tenemos para que se tome en forma acumulativa??.

    Otra consulta, si a partir de Julio 2010, se traspas como remunerativo en cuotas los acuerdos anteriores, la base de calculo va a ir cambiando, esto debe ser asi, o hay que "anclar" el valor correspondiente a Basico mas acuerdos otorgados en mayo 2010??

    Bueno, espero haber sido claro con las consultas.

    Muchas gracias.

    Alejandro.

    Responder
  12. Ignacio dice

    18 junio, 2010 a las 3:27 pm

    Gracias Monica, saludos!

    HOla Fernando Vila , no las base de los items fijos y permanentes no puede ser mayo a 900 pesos.

    Hola ArielCe, hbaría que ver la conformación de esos 3100 pesos, y cuales son las fechas en que se otorgaron

    Noryta, hay que informar todo como remunertivo, y listo

    Responder
  13. Guillermo dice

    18 junio, 2010 a las 3:05 pm

    Ignacio,
    mi consulta es sobre el tope de $900, yo tengo un item "a cuenta de futuros aumentos" y otro que dice "Dec 198/2008 Reglamentario Ley 26341 Ticket" Estos dos item son los que llevan tope de $900??
    Gracias, Guillermo

    Responder
  14. Gisela dice

    18 junio, 2010 a las 3:01 pm

    Hola Ignacio:
    Mi consulta es la siguiente para el calcúlo de los adicionales no remunerativos anteriores que luego se incorporan al básico. En tu ejemplo vos tenes en cuenta lo sgte:
    Adicional no remunerativo acuerdos anteriores: Los $763,91 salen de la suma de los acuerdos anteriores:
    Acuerdo Abril 2008 Art. 1 a: $263,91
    Acuerdo Abril 2008 Art. 1 b: $100,00
    Acuerdo Abril 2009 Art. 4: $ 300,00
    Acuerdo Enero 2010 Art. 2: $ 100,00
    Mi duda es respecto del acuerdo 2008. ya que surge de calcular el 20% sobre los 1319,56, pero no tiene en cuenta la antiguedad, acaso no se calcula el 20% sobre todos los conceptos remunerativos menos presentismo? Primer punto, por otra parte mi disyuntiva esta en que tb el lógico no tener en cuenta la antiguedad, ya que entonces cuando se incorpore al básico proporcionalmnete tendremos basicos diferentes en todas las escalas, debido a que se va a tener en cuenta la antiguedad de cada unos de los empleados, los cuales son diferentes dependiendo del caso.-
    Muchas Gracias
    Gisela

    Responder
  15. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 3:01 pm

    Pero a mi me pusieron la mayoría del sueldo en "A Cuenta de Futuros Aumentos" casi 2600…sólo me van a computar 900 de estos si entendí bien? si es así me re c… quien me lo puede responder, gracias!

    Responder
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