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¿Qué gremios absorben el bono y cuáles no?

6 septiembre, 2023 Por Ignacio 342 comentarios

Absorción de Bonos de $60.000 y $25.000: ¿Cuándo es posible según el Decreto y su Reglamentación?

Uno de los temas en debate en el ámbito laboral ha sido la posibilidad de absorber las asignaciones no remunerativas en concepto de aumentos salariales.

A continuación, analizamos lo establecido en el decreto 438/23 y su reglamentación la resolución 1133/23 para entender en qué circunstancias se puede llevar a cabo esta absorción.

1. Decreto sobre las Asignaciones No Remunerativas:

Según el Artículo 8° del Decreto 438/23:

“Las asignaciones no remunerativas previstas en los artículos 1°, 2° y 3° del presente decreto podrán ser absorbidas en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.”

Esto habilita la posibilidad de absorber el bono (asignación no remunerativa), pero esta opción queda sujeta a lo que se acuerde en Comisiones Negociadoras de sus respectivos CCT.

2. Reglamentación y Precisiones sobre la Absorción:

Luego, el ministerio de trabajo mediante la Resolución 1133/23, establece más precisiones sobre este tema, en el artículo 1 dice:

“La posibilidad de absorción indicada en el artículo 8° del Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE, para las asignaciones no remunerativas previstas en los artículos 1°, 2° y 3° del mismo, se efectivizará siempre y cuando el mecanismo para absorberlas haya estado previsto en forma expresa en cláusulas de los Acuerdos o Convenios Colectivos de trabajo ya pactados para las remuneraciones devengadas en los meses de agosto y setiembre de 2023. En caso de no estar específicamente acordado, los aumentos salariales ya pactados no podrán ser objeto de absorción.”

Esto implica, que las asignaciones para que puedan ser absorbidas, el mecanismo debe haber sido previamente acordado y detallado de manera explícita en los Acuerdos y específicamente para los salarios de agosto y septiembre de 2023.

Entonces, lo primero que tenemos que hacer es verificar si los acuerdos firmados en paritaria, incluyen alguna cláusula de absorción de futuros aumentos.

Además, esa cláusula tiene que indicar específicamente que se absorbe o compensa con sumas otorgadas por el Poder Ejecutivo Nacional.

Por lo tanto, si no hay cláusula ninguna, no se absorbe, en cambio, si hay cláusula de absorción, hay que verificar que incluya aumento establecidos por el gobierno para poder absorberlo.

Además, la resolución 1133/25, en el artículo 2 abre la posibilidad para que futuras negociaciones absorban el bono:

“Las Comisiones Negociadoras podrán, en las negociaciones en curso, acordar, mediante una norma expresa, la absorción de las asignaciones no remunerativas previstas en los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE. En caso contrario, los aumentos salariales que se pacten, no podrán ser objeto de absorción.”

Este punto, abre la puerta para que, en las actuales negociaciones, se pueda acordar la absorción de estas asignaciones siempre y cuando se pacte explícitamente en las cláusulas del convenio.

En resumen, la absorción de las asignaciones no remunerativas es viable solo si está pactada de manera explícita en los Acuerdos paritarios.

Si no se establece claramente en dichos convenios o acuerdos, los salarios ya pactados no pueden ser absorbidos.

Es esencial que las partes involucradas consulten sus respectivos convenios para determinar si la absorción es aplicable en su situación particular.

¿Qué gremios absorben el bono y cuáles no?

En el caso de Empleados de Comercio, como lo vimos en un artículo anterior, no absorbe el bono. Lo mismo sucede con la UOM, la UOCRA, UATRE y SUTERH.

En cambio, absorben el bono Petroquímicos CCT 76/77, Camioneros, UTEDYC, ATILRA, ATSA, entre otros.

GremioAbsorbe / No Absorbe
Servicio Doméstico No absorbe
UTEDYCAbsorbe
FATFANo absorbe
UTHGRANo absorbe
UOMNo absorbe
Empleados de ComercioNo absorbe
CamionerosAbsorbe
PanaderosAbsorbe
Viajantes de ComercioNo absorbe
UATRENo absorbe
SoesgpylaPaga 1 cuota y absorbe la otra
Sanidad – ATSAAbsorbe con el nuevo acuerdo
VestidoNo absorbe
TextilesNo absorbe
Plásticos CCT 797/22Absorbe
Pasteleros CCT 139/90No absorbe
Heladeros CCT 568/09No absorbe
Agencias de publicidadAbsorbe hasta la concurrencia del aumento de escala
URGARA (Acopio y exportación)No absorbe. La próxima paritaria lo absorbe a futuro
FATIQAbsorbe
FENTOSAbsorbe
BancariosNo absorbe
ATILRAAbsorbe
Químicos CCT 77/89Absorbe
Taxis (Rosario)No absorbe
UOCRA 76/75 y 577/10No absorbe
CCT 268/95Absorbe
Sitratel y Upjet TelefónicosNo absorbe
SMATA-FAATRAAbsorbe
SMATA-ACARANo absorbe
SOESGYPEAbsorbe 50%
SOM Maestranza CCT 281/96Absorbe
SUTERH No Absorbe

Si tienen algún otro acuerdo para sumar, los leo en los comentarios, al igual si hay algún error.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Laboral Etiquetado como: bono, Paritarias, Resoluciones

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Comentarios

  1. JOR dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:27 am

    Por ejemplo Plasticos tiene la clausula para poder absorber, pero NO aborbe. Entonces la clausula no es parametro

    Responder
  2. Luciana dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:24 am

    Hola Podrás ver si UECARA lo absorbe? Yo entiendo que no porque esta redactado igual que UOCRA.
    Del sindicato 409/05 Gráficos llame y me confirmaron por ahora no se paga… lo van a tener en cuenta en futuras paritarias.
    Smata-acara estan en duda porque estan con un acuerdo bimestral…
    Smata – faatra estan en duda, podras ver el convenio?

    Gracias

    Responder
  3. Marilina dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:22 am

    Buenos dias, consulta… Seguridad CCT 507/07, Maestranza CCT 281/96. Gracias

    Responder
  4. pablo dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:19 am

    Gremio SORBYL?

    Responder
  5. Julieta dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:18 am

    en el caso de fatfa, llego por mail un comunicado diciendo que se absorbe hasta el monto no remunerativo que cobre el empleado segun escala

    Responder
  6. Guillermo dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:17 am

    Genio Ignacio, muchas gracias, que pasaria con SUOES? (Estacion de servicios) y SMATA

    Responder
  7. DIEGO VALDEZ dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:16 am

    hola, y los empleados que no tienen gremio o CCT y están en blanco ?

    Responder
  8. Roxana dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:14 am

    Graficos me dijeron que absorve un 10% que es el aumento que salio para agosto, entonces el bono seria de $ 27000 cada cuota. Es asi ?

    Responder
  9. NATALIA dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:09 am

    Convenio Plasticos, dice que la Suma Fija (es decir la de $15000 snr de escala), puede ser absorbida, por lo que entiendo que le corresponde solo la mitad del Bono. Corrígeme si me equivoco, por favor.-

    Responder
  10. RaymondReddington dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:09 am

    No hay ninguna necesidad de darle este bono a camioneros y bancarios siendo q cobran el triple q uno de comercio pero bueno necesitan los votos en octubre…

    Responder
  11. Matias Peralta dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:00 am

    Entiendo que para el empleador no es conveniente la absorción del bono ya que de ser así no podría acceder a la reducción de las ccontribuciones del 50% 0 100% segun esté categorizado como pyme o micro. Es correcto mi razonamiento? saludos.

    Responder
  12. Gabriel dice

    6 septiembre, 2023 a las 10:57 am

    SMATA FAATRA?

    Responder
  13. AGUSTIN CORIA dice

    6 septiembre, 2023 a las 10:57 am

    A NOSOTROS NOS DIJERON QUE UTHGRA NO PAGA BONO

    Responder
  14. Daniela dice

    6 septiembre, 2023 a las 10:51 am

    Buen dia
    Y FATSA?

    Responder
  15. Gabriela dice

    6 septiembre, 2023 a las 10:50 am

    Hola Ignacio. Queríamos saber si el gremio de la madera absorbe el bono.

    Responder
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