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¿Qué gremios absorben el bono y cuáles no?

6 septiembre, 2023 Por Ignacio 342 comentarios

Absorción de Bonos de $60.000 y $25.000: ¿Cuándo es posible según el Decreto y su Reglamentación?

Uno de los temas en debate en el ámbito laboral ha sido la posibilidad de absorber las asignaciones no remunerativas en concepto de aumentos salariales.

A continuación, analizamos lo establecido en el decreto 438/23 y su reglamentación la resolución 1133/23 para entender en qué circunstancias se puede llevar a cabo esta absorción.

1. Decreto sobre las Asignaciones No Remunerativas:

Según el Artículo 8° del Decreto 438/23:

“Las asignaciones no remunerativas previstas en los artículos 1°, 2° y 3° del presente decreto podrán ser absorbidas en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.”

Esto habilita la posibilidad de absorber el bono (asignación no remunerativa), pero esta opción queda sujeta a lo que se acuerde en Comisiones Negociadoras de sus respectivos CCT.

2. Reglamentación y Precisiones sobre la Absorción:

Luego, el ministerio de trabajo mediante la Resolución 1133/23, establece más precisiones sobre este tema, en el artículo 1 dice:

“La posibilidad de absorción indicada en el artículo 8° del Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE, para las asignaciones no remunerativas previstas en los artículos 1°, 2° y 3° del mismo, se efectivizará siempre y cuando el mecanismo para absorberlas haya estado previsto en forma expresa en cláusulas de los Acuerdos o Convenios Colectivos de trabajo ya pactados para las remuneraciones devengadas en los meses de agosto y setiembre de 2023. En caso de no estar específicamente acordado, los aumentos salariales ya pactados no podrán ser objeto de absorción.”

Esto implica, que las asignaciones para que puedan ser absorbidas, el mecanismo debe haber sido previamente acordado y detallado de manera explícita en los Acuerdos y específicamente para los salarios de agosto y septiembre de 2023.

Entonces, lo primero que tenemos que hacer es verificar si los acuerdos firmados en paritaria, incluyen alguna cláusula de absorción de futuros aumentos.

Además, esa cláusula tiene que indicar específicamente que se absorbe o compensa con sumas otorgadas por el Poder Ejecutivo Nacional.

Por lo tanto, si no hay cláusula ninguna, no se absorbe, en cambio, si hay cláusula de absorción, hay que verificar que incluya aumento establecidos por el gobierno para poder absorberlo.

Además, la resolución 1133/25, en el artículo 2 abre la posibilidad para que futuras negociaciones absorban el bono:

“Las Comisiones Negociadoras podrán, en las negociaciones en curso, acordar, mediante una norma expresa, la absorción de las asignaciones no remunerativas previstas en los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE. En caso contrario, los aumentos salariales que se pacten, no podrán ser objeto de absorción.”

Este punto, abre la puerta para que, en las actuales negociaciones, se pueda acordar la absorción de estas asignaciones siempre y cuando se pacte explícitamente en las cláusulas del convenio.

En resumen, la absorción de las asignaciones no remunerativas es viable solo si está pactada de manera explícita en los Acuerdos paritarios.

Si no se establece claramente en dichos convenios o acuerdos, los salarios ya pactados no pueden ser absorbidos.

Es esencial que las partes involucradas consulten sus respectivos convenios para determinar si la absorción es aplicable en su situación particular.

¿Qué gremios absorben el bono y cuáles no?

En el caso de Empleados de Comercio, como lo vimos en un artículo anterior, no absorbe el bono. Lo mismo sucede con la UOM, la UOCRA, UATRE y SUTERH.

En cambio, absorben el bono Petroquímicos CCT 76/77, Camioneros, UTEDYC, ATILRA, ATSA, entre otros.

GremioAbsorbe / No Absorbe
Servicio Doméstico No absorbe
UTEDYCAbsorbe
FATFANo absorbe
UTHGRANo absorbe
UOMNo absorbe
Empleados de ComercioNo absorbe
CamionerosAbsorbe
PanaderosAbsorbe
Viajantes de ComercioNo absorbe
UATRENo absorbe
SoesgpylaPaga 1 cuota y absorbe la otra
Sanidad – ATSAAbsorbe con el nuevo acuerdo
VestidoNo absorbe
TextilesNo absorbe
Plásticos CCT 797/22Absorbe
Pasteleros CCT 139/90No absorbe
Heladeros CCT 568/09No absorbe
Agencias de publicidadAbsorbe hasta la concurrencia del aumento de escala
URGARA (Acopio y exportación)No absorbe. La próxima paritaria lo absorbe a futuro
FATIQAbsorbe
FENTOSAbsorbe
BancariosNo absorbe
ATILRAAbsorbe
Químicos CCT 77/89Absorbe
Taxis (Rosario)No absorbe
UOCRA 76/75 y 577/10No absorbe
CCT 268/95Absorbe
Sitratel y Upjet TelefónicosNo absorbe
SMATA-FAATRAAbsorbe
SMATA-ACARANo absorbe
SOESGYPEAbsorbe 50%
SOM Maestranza CCT 281/96Absorbe
SUTERH No Absorbe

Si tienen algún otro acuerdo para sumar, los leo en los comentarios, al igual si hay algún error.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Laboral Etiquetado como: bono, Paritarias, Resoluciones

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Comentarios

  1. -
  2. Roxana dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:56 pm

    Graficos. Consulte me dijeron que absorven el 10% de aumento pactado para agosto. Por lo cual, el bono seria de $ 27.000.

    Responder
  3. PABLO dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:48 pm

    Qué mal redactan estos muchachos. Se puede, pero no se puede.
    Obviamente que una convención posterior podrá absorber el bono, el tema si el bono se puede absorber con aumentos convenidos con anterioridad. Esa es la verdadera razón de la posibilidad de absorción contemplada.

    Responder
  4. Fernando dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:45 pm

    Buenas tardes. Con respecto a UOM pensas que no es absorbible? El ultimo acuerdo establece en el último parrafo de la cláusula 2 lo siguiente: Los valores aquí pactados serán absorbibles y/o compensables hasta su concurrencia con los importes que se hubieran entregado por los empleadores desde el 1/7/23 en exceso de los valores previstos por el CCT 260/75.. Y justo UOM dió un bono NR de $60.000 en 2 cuotas de $30.000 en agosto y septiembre.

    Responder
    • Ignacio dice

      7 septiembre, 2023 a las 12:58 am

      No, UOM no absorbe el bono, lo menciono en el artículo

      Responder
  5. Ariel dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:38 pm

    Caucho; IDEM agencias de publicidad

    Responder
  6. DANIELA dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:37 pm

    Hola!!! Buenas tardes!!! El convenio 36/89 rama cal, piedra y afines lo absorbe o no???

    Responder
  7. SOLEDAD dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:33 pm

    Y UPSRA?

    Responder
  8. Pamela dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:33 pm

    Smata saben? Yo entiendo que absorve, el ultimo acuerdo contempla absorción de sumas remunerativas y no remunerativas…
    Saben algo?

    Responder
  9. Gabriela dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:32 pm

    Falta maestranza,gremio que tiene sueldos pauperrimos
    Gracias

    Responder
  10. Sebastian Rodriguez dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:31 pm

    Hola, como estas? Que quiere decir absorber y no absorber en cada caso gracias

    Responder
  11. Andres dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:25 pm

    Hola quer{ia saber si absorben los CCT 56/75 y 747/17 industria de la carne y también diversiones públicas SUTEP cct 798/22.
    Gracias.

    Responder
  12. ALE dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:18 pm

    SMATA FALTO

    Responder
  13. Jorgelina dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:16 pm

    SMATA FAATRA Absorbe
    Punto 1.4 del acuerdo de julio 2023

    Responder
  14. Sol dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:13 pm

    Falta el gremio de la seguridad privada

    Responder
  15. Miguel Ángel Galante dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:10 pm

    Según el delegado de camioneros el bono no lo van a pagar.es legal?

    Responder
  16. Alicia dice

    6 septiembre, 2023 a las 3:06 pm

    Hola Ignacio, respecto de SMATA – FAATRA CCT 27/88 absorbe no?

    Responder
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