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Empleados: ¿quiénes pagan ganancias en el 2015?

2 febrero, 2015 Por Ignacio 271 comentarios

Empleados en relación de dependencia. quiénes pagan ganancias en el 2015, como se aplica el beneficio del decreto 1242.

En los últimos días he tenido muchas consultas respecto a quien deben pagar el impuesto a las ganancias cuarta categoría. Las dudas planteadas son varias, la principal es si sigue vigente el decreto 1242/13 y el tope de $15.000 para la aplicación del beneficio.
Las respuesta es si, sigue vigente el decreto, y la condición de sujeto beneficiario se determina en base a la mayor de las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales, devengadas en el período enero a agosto de 2013.

Por lo tanto, para el período 2015, por poco lógico que pueda parecer, debemos seguir aplicando el parámetro Enero-Agosto 2013, para aplicar o no el beneficio.
Otra de las dudas que se presentan, es ¿Qué sucede si el empleado cambió de trabajo y percibe una remuneración superior a los $15.000. La respuesta la da la RG 3525, que reglamente el decreto y establece que:

La condición del sujeto beneficiario con relación a las retribuciones a percibir a partir del 1 de septiembre de 2013, se determinará en base a la mayor de las remuneraciones y/o haberes mensuales, conforme el procedimiento establecido en el artículo siguiente, devengadas en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive —aún cuando hubiere mediado un cambio de empleador—.

Por lo tanto, aún cuando el empleado haya cambiado de trabajo e ingresado con una remuneración mayor, seguirá con el beneficio del decreto 1242.
Por supuesto, de esta manera se producen algunas inequidades, ya que puede suceder que dos empleados con los mismos ingresos, uno no pague Ganancias, y el otro no. También puede suceder que un trabajador que hoy gana menos en el período enero agosto 2013 siga pagando Ganancias.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Cuarta Categoría, Decreto 1242/13, Ganancias, RG 3525

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    6 abril, 2015 a las 11:37 am

    Ignacio buen día.
    Te consulto porque entré a trabajar en una empresa (que gerenciaba tareas del Estado) "facturando" un contrato de locación de servicios como abogado casi exclusivamente para la misma (facturación correlativa, horario, etc…). Ese contrato, entre enero y agosto de 2013 NO SUPERÓ los $15.000 (brutos). En febrero de 2013 el ESTADO NACIONAL toma la actividad de esa empresa. Yo sigo facturando (ya al EN) hasta que a partir del 1/11/2013 me ponen "efectivo" con retroactividad al 1/6/2006 como consta en mis recibos, y me descuentan ganancias. ¿Puedo considerarme incluido en el decreto nº 1242/2013?. Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      6 abril, 2015 a las 4:41 pm

      Hola, el primer recibo de sueldo superó los 15000 brutos?

      Responder
    • Bob dice

      9 abril, 2015 a las 12:48 pm

      Sí Ignacio. El primer recibo de sueldo por noviembre de 2013, superó los $15.000 brutos.

      Responder
    • Bob dice

      9 abril, 2015 a las 12:50 pm

      Sí Ignacio, el primer recibo de sueldo por noviembre de 2013 (ya efectivizado) superó los $15.000 brutos.

      Responder
  3. Enrique Rea dice

    1 abril, 2015 a las 3:54 pm

    Hola Ignacio, te comento mi caso. Soy extranjero con 9 años de experiencia laboral pero mi primer empleo (poseo permiso de trabajo en la Argentina) lo inicié en Enero del 2015 con un ingreso bruto superior a los $15000. Mi pregunta sencilla porque no entiendo mucho lo indicado en el artículo es si mi empleador debe o no retenerme el impuesto a las ganancias mes a mes.

    Desde ya te agradezco por tu colaboración.
    Saludos!!

    Responder
    • Ignacio dice

      6 abril, 2015 a las 4:45 pm

      Hola Enrique, si, en ese caso corresponde la retención

      Responder
  4. Anónimo dice

    1 abril, 2015 a las 12:11 pm

    Estimado Ignacio,
    Buen día !

    Caso diferente:
    Empleado sin ingresos imponibles durante 2013.
    Ingresa en 07-2014 con sueldo bruto de $ 15.000
    En 03-2015 se quiere elevar el sueldo bruto a $ 18.000
    Aplica retención Ganancias?.
    Desde cuándo?
    Con que tabla?

    Gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      1 abril, 2015 a las 12:44 pm

      En ese caso se toma el primer mes (07/2014), como no supera los 15000, no paga ganancias

      Responder
    • Pablo dice

      30 abril, 2015 a las 5:51 pm

      Ignacio me pasa lo mismo que comenta "anonimo" con la unica diferencia de que los 18.000 los pagara un nuevo empleador…en este caso que debo presentar a mi nuevo empleador (documento?)

      Responder
  5. calet dice

    29 marzo, 2015 a las 5:08 pm

    Buenas,

    Comento mi situacion. Hasta el momento no supere los 15000 brutos de ingreso,
    mi ultimo cambio de empleo fue en Marzo del 2013. Estoy por cambiar de trabajo
    para el mes que viene, Abril del 2015 y voy a superar los 15000 brutos. Por lo tanto,
    voy a comenzar a pagar ganancias ahora? o por lo que lei, estoy exento por no haber
    superado los 15000 brutos hasta el 2013 ? Le tengo q avisar a mi nuevo empleador para
    que me declare exento ?
    En caso de que me descuenten, como puedo reclamar ?

    Gracias.
    Saludos

    Responder
    • Ignacio dice

      1 abril, 2015 a las 12:45 pm

      Hola, se toma el como parámetro el periodo enero agosto 2013. Si no superaste los 15000 en ese período, no corresponde la retención.

      Responder
    • Anónimo dice

      3 octubre, 2015 a las 10:46 pm

      Consulta y si en el periodo Enero a Agosto me pase en solo 2 meses ¿corresponde la retencion? Segun la Resolucion 3770/15

      Responder
  6. Anónimo dice

    27 marzo, 2015 a las 4:16 pm

    Ignacio, una consulta: ingrese a trabajar en Noviembre 2013 a trabajar superando el minimo de 15mil brutos… o sea que antes de sept 2013 no pagaba ganancias. Desde enero del 2014 a la actualidad me retienen ganancias.. eso esta bien?

    Responder
  7. Anónimo dice

    27 marzo, 2015 a las 3:51 am

    Gracias es el primer sitio que encuentro con una explicación clara y real…. Sos un genio

    Responder
    • Ignacio dice

      1 abril, 2015 a las 12:40 pm

      Gracias! me alegra mucho saber que es útil el artículo

      Responder
  8. Anónimo dice

    22 marzo, 2015 a las 1:06 am

    Hola, yo trabajé entre 2012 y marzo de 2014 ganando menos de 15 mil brutos, o sea, no pagaba ganancias. Desde marzo del 2014 hasta ahora (marzo 2015) no tributé ya que estuve desempleado o haciendo trabajos en negro. Hoy ingresé a un nuevo trabajo donde cobro 24200 brutos. Me corresponde pagar ganancias? y sí es así, cuánto? Gracias!!

    Responder
  9. Anónimo dice

    12 marzo, 2015 a las 1:51 pm

    Un empleado ingresa en Noviembre 2014 cobrando un sueldo bruto entre $ 15.000 y $ 25.000
    Eso significa que se le debe retener, en 2015, con el beneficio del aumento del 20% en las Deducciones o se debe sacar un promedio de los 6 meses para saber si se le retiene con el beneficio del 20% o no? (el Artículo 3 me confunde un poco)

    Responder
  10. Ignacio dice

    12 marzo, 2015 a las 11:32 am

    Pregunta, si estaba como responsable inscripto en 2013 y facture un promedio en esos meses menor a 15.000 pago ganancias este año? Gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      1 abril, 2015 a las 12:41 pm

      Si, el tope de los 15000 es para empleados en relación de dependencia

      Responder
  11. Daniel dice

    11 marzo, 2015 a las 2:44 pm

    Hola, mi caso es el siguiente. En el 2013 trabaje en una empresa entre Enero y Mayo donde me despidieron, en ese periodo ganaba menos de 15000. En Noviembre de 2013 entre a otra empresa y tambien gane menos de 15000. Me fueron aumentando (superando los 15000) pero nunca me descontaron ganancias. La cuestion es que estoy por cambiar de trabajo y queria saber si cambio si me van a descontar ya que en 2013 yo trabaje entre Enero y Mayo y no hasta Agosto.
    Saludos y muchas gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      1 abril, 2015 a las 12:42 pm

      Hola Daniel, no, no tienen que retenerte ganancias, se sigue tomando el parámetro enero agosto 2013

      Responder
  12. Anónimo dice

    10 marzo, 2015 a las 10:48 pm

    Buenas, yo fui monotributista todo el 2013 (ganando menos de 15000), y recien en 2014 cambie a relacion de dependencia (cobrando un sueldo mayor a 15000).. en 2014 no me descontaron ganancias, pero ahora en 2015 si. Es correcto esto?

    Gracias!

    Responder
  13. Andres Garcia dice

    9 marzo, 2015 a las 3:13 pm

    Hola Ignacio. Yo durante el 2013 estuve trabajando como monotribustista, siempre en la categoría mas baja. Y comencé a trabajar en relación de dependencia hace unos meses superando el mínimo no imponible. Mi duda es si ahora tengo que pagar ganancias?

    Responder
    • Ignacio dice

      1 abril, 2015 a las 12:47 pm

      Hola Andrés, si, en ese caso si, porque no tuviste ingresos en el período enero agosto 2013, por lo tanto se toma la primera remuneración, como supera los 15000, corresponde la retención.

      Responder
  14. Nicolas CARREÑO PANASITI dice

    4 marzo, 2015 a las 7:22 pm

    Ignacio: ¿Cómo estas? Consulta. Si sigo beneficiado con el decrerto, es decir, no sufri retencion de impuesto a las ganancias en 2014. Dego, igualmentep resentar DDJJ de ganancias y bienes personales por tal período? Claro esta, suponiendo que mis ingresos brutos fueron superiores a $144.000 en tal período. Muchas gracias

    Responder
  15. Anónimo dice

    10 febrero, 2015 a las 7:27 pm

    Hola Ignacio, soy beneficiario del decreto (antes de agosto 2013 ganaba 14.500 y luego me aumentaron varias veces el sueldo) y quería preguntarle qué opina usted que pasará con nosotros cuando esto cambie. ¿Pasaremos a pagar ganancias con la reducción salarial que esto significa? ¿Podrán cobrarnos algun impuesto retroactivo?
    Aunque hoy soy "beneficiado" me preocupa el hecho de que algún día tenga que poner mucho dinero para compensar este "beneficio".

    Saludos,

    Responder
    • Ignacio dice

      18 febrero, 2015 a las 6:15 pm

      Que pasará cuando cambie, no lo se, pero retroactivo no será

      Responder
  16. Anónimo dice

    10 febrero, 2015 a las 7:12 pm

    Hola, estoy por cambiar de trabajo, y estoy negociando el sueldo cercano a 28 brutos, pero entre enero y agosto de 2013 mi sueldo no superó los 15 brutos. Eso quiere decir que incluso con ese bruto, no voy a pagar ganancias ?

    Gracias!

    Responder
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