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UOCRA liquidación de sueldos Agosto 2018

1 septiembre, 2018 Por Ignacio 30 comentarios

Índice de Contenidos

  • Caso práctico
  • Modelo recibo UOCRA 
  • Sueldo básico: $7.436
  • Asistencia Perfecta: $1.487,20
  • Pago de día Feriado: $811,20
  • Cálculo del Seguro de Vida UOCRA
  • Descuentos
  • Aporte extraordinario UOCRA
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Caso práctico de liquidación del CCT 76/75 UOCRA agosto 2018. Incremento salarial del 5%.

Liquidación sueldos UOCRA recibo
Liquidación sueldos UOCRA CCT 76/75

En la liquidación de de sueldos UOCRA de Agosto, se aplica el segundo tramo de aumento acordado en la paritaria 2018. Recordemos que el gremio y las Cámaras acordaron un incremento salarial del 15% en dos tramos , que incluye una cláusula de revisión en diciembre próximo.

El acuerdo establece un incremento salarial del 15%, a pagarse en dos tramos acumalativo:

  • 10% en abril 2018
  • 5% en agosto 2018

Por lo tanto, en agosto se aplica el 5% del útlimo.

Al ser acumulativas, el incremento efectivo es del 15,5% para los CCT 76/75 y 577/10.

En su momento, vimos como liquidar Abril con el primer tramo de aumento, ahora es el turno de Agosto 2018.

Caso práctico

En el presente articulo para una mejor comprensión del acuerdo, desarrollaré un breve caso práctico de la liquidación de agosto 2018.

  • Quincena: 1° de Agosto 2018
  • Zona: A
  • Categoría: medio oficial
  • Valor hora: $ 84,50
  • Jornada: 8 horas de lunes a viernes
  • Horas 1° quincena: 88 horas
  • Afiliado al sindicato: No
  • CCT: 76/75

Modelo recibo UOCRA 

1° quincena Agosto 2018

Detalle conceptosUnidadesHaberesDescuentos
Sueldo básico88             7.436,00
Asistencia Perfecta20%             1.487,20
Jubilación11%             981,55
Ley 190323%
267,70
Obra social3%
267,70
Aporte solidario UOCRA1,50%               133,85


8.923,201.650,80
 Total a pagar

7.272,40

Sueldo básico: $7.436

Surge del multiplicar las horas trabajadas en la primera quincena por el valor de la hora de la categoría para Agosto:

88 x 84,50 = $7.436

El valor hora ya tiene incluido el 15% de aumento (10% a abril y 5% Agosto) mencionado más arriba. La base de cálculo del aumento es marzo 2018.

  • Valor hora Marzo 2018: $ 80,47
  • Valor hora Abril 2018: 73.16 x 1.10 = $ 80.47
  • Valor hora Agosto 2018: 80,47 x 1,05 = $ 84,50

El incremento pactado es acumulativo, por lo tanto el aumento efectivo es del 15,5%.

Pueden descargar las escalas completas en el siguiente enlace Escalas UOCRA 2018.

Asistencia Perfecta: $1.487,20

El artículo 52 del CCT 76/75 de la UOCRA establece que el trabajador que registre asistencia perfecta en la quincena se le abonará un adicional equivalente al 20% del salario básico que le corresponda a la categoría en la cual se encuentre desempeñando sus tareas.

Cálculo:

7.436 x 20% = 1,487,20

Descuentos

  • Jubilación:   8.923,20 x 11% = $ 981,55
  • Ley 19.032:  8.923,20 x 3% = $ 267,70
  • Obra Social:  8.923,20 x 3% = $ 267,70
  • Aporte extraordinario UOCRA:  8.923,20 x  1,5% = $ 133,85

2° quincena Agosto 2018

Detalle conceptosUnidadesHaberesDescuentos
Sueldo básico88             7.436,00
Asistencia Perfecta20%             1.487,20
Pago Feriado1               811,20
Jubilación11%             1.070,78
Ley 190323%
292,03
Obra social3%
292,03
Aporte solidario UOCRA1,50%               146,02
Seguro de Vida

281,49


9.734,402.082,35
 Total a pagar

7.652,05

Para la segunda quincena, los cálculos son los mismos, solo se suma el feriado y el Seguro de vida. 

Pago de día Feriado: $811,20

En el caso de trabajadores por jornal, ya sea por día o por hora, el pago del feriado se debe abonar el día o la cantidad de horas que normalmente trabaja es día.

En nuestro, como es un empleado que trabaja 8 horas por día, el calculo es el siguiente:

8 x 84,50 x 1,2 = 811,20

Donde 8 son las horas trabajas habitualmente, 84.50 el valor hora y le sumo el 20% del presentismo. Una alternativa válida, sería solo calcular el valor de las 8 horas y calcular sel presentismo sobre el total de horas trabajadas y por feriado, en definitiva el resultado final es el mismo.

En el caso de que hubiera trabajado el feriado, se paga el día más otra cantidad igual, es decir que se paga doble.

Cálculo del Seguro de Vida UOCRA

Según lo establecido en el artículo 108 del CCT 76/75, los trabajadores deben realizar un aporte mensual a la UOCRA en concepto de Seguro de vida.

La suma es el equivalente al 2% del sueldo mensual correspondiente a la Categoría de Sereno fijado por el CCT para la Zona “A”, cualquiera sea la zona en la que presten servicios en forma efectiva.

El importe resultante será retenido por los empleadores mensualmente de los haberes de la segunda quincena de cada mes o en su caso a la fecha del cese”.

Para agosto, el seguro de vida asciende a $281,49 para todas las zonas, y el importe surge de aplicar el 2% sobre $14.074,88 que es el salario básico del “Sereno Zona A”

Descuentos

Sobre total de haberes para la segunda quincena, se retiene:

  • Jubilación:   9.734,40 x 11% = $ 1.070,78
  • Ley 19.032:  9.734,40 x 3% = $ 292,03
  • Obra Social:  9.734,40 x 3% = $ 292,03
  • Aporte extraordinario UOCRA:  9.734,40 x  1,5% = $ 146,02
  • Seguro de vida UOCRA: 14074,88 x 2% = 281,49

Aporte extraordinario UOCRA

Los empleadores deben retener en concepto de Aporte Extraordinario y Solidario UOCRA, el 1.5% de los salario del trabajador sujeto a aportes y contribuciones, por el lapso de 6 meses contados desde el devengado de abril 2018. En el caso de trabajadores afiliados al sindicato, el monto de la cuota sindical (2.5%) absorve el mencionad aporte extraordinario.

Por lo tanto, la retención sindical es:

  • 1.5% para no afiliados no afiliados
  • 2.5% para afiliados al sindicato

Por último, tengan en cuenta que mediante el decreto 759/18, el Ministerio de Trabajo aclaró finalmente que la actividad de la construcción está incluida en los beneficios del artículo 4 del decreto 814/01. (Mínimo no imponible).

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Casos Prácticos, CCT 76/1975, Recibo de Sueldos, UOCRA

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Mariela dice

    20 agosto, 2019 a las 1:49 pm

    Hola Ignacio! Te hago una consulta, para el caso de un oficial, si el empleado está de acuerdo, se puede hacer la liquidación mensual en vez de quincenal.

    Gracias!

    Responder
  3. RODRIGO dice

    8 agosto, 2019 a las 10:26 am

    Consulta, la base de calculo de la asistencia perfecta son las horas básicas? o el total de horas físicas trabajdas, es decir incluyendo las extras. Aguardo sus comentarios, gracias.

    Responder
  4. Silvina dice

    11 junio, 2019 a las 7:35 pm

    Me podrás informar empleada administrativa de uocra hay diferencia de sueldo con respecto a empleada administrativa de Ospecon????
    Espero que sepas entender a q me refiero
    Gracias

    Responder
  5. Gladys ormeño dice

    10 junio, 2019 a las 6:57 pm

    Hola ignacio, se calcula sobre las horas extras y horas de colada de hormigon, y horas nocturnas el 20% de asistencia que se abona a trabajadores de uocra? O es sobre horas normales y feriados. Gracias!!

    Responder
  6. yanina dice

    16 mayo, 2019 a las 6:04 pm

    Que significa el rubro 3215 premio acumulado y le corresponde al trabajador con un sueldo fijo por mes,? con una empresa tercia-risada que presta servicios a absa. Sin embargo a este le rige el conv. 76/75

    Responder
  7. Pablo dice

    4 abril, 2019 a las 10:56 am

    Buenos dias estimado queria saber a cuanto ascenderia el monto del seguro de vida obligatorio del art. 108 del C.C.T. y si es necesario cumplir un minimo de meses de antiguedad para la percepción del mismo? Muchas gracias.

    Responder
  8. ingrid dice

    26 marzo, 2019 a las 12:06 pm

    Quisiera saber para completar la boleta de aportes y contribuciones uocra qué importes van en remuneración cuota sindical y en remuneración fondo cese laboral

    Responder
  9. Julio dice

    19 marzo, 2019 a las 6:21 pm

    Quisiera saber el tema de la liquidación final que me corresponde por final de obra, ya m avisaron que en abril dejarían de necesitar mis servicios y yo ingresé a la empresa en el mes de Noviembre del 2017, Soy laboratorista y estoy categorizado como oficial especializado….quiero saber que es lo que se paga? Por qué en la primera obra q estuve en la plata nuclear de Embalse se terminó en julio del 2018 y ahora estoy en otra obra en Córdoba capital, desde ya muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      21 marzo, 2019 a las 10:20 pm

      lo trabajado en el mes, vacaciones, SAC y el fondo

      Responder
  10. maricel dice

    5 febrero, 2019 a las 4:40 pm

    Hola, sabes que necesito ayuda con la liquidación de un chofer de uocra, que conceptos se le liquidan?hay un modelo a seguir?
    Muchas gracias

    Saludos

    Responder
  11. Debora dice

    21 enero, 2019 a las 10:05 am

    Buen día, quisiera consultar por la liquidación final a un empleado. Retoma de una licencia por enfermedad, y se le da la baja unos días después. Nos reclama la liquidación del mes de pre aviso. Corresponde?
    Gracias!!

    Responder
  12. Carlos dice

    4 enero, 2019 a las 5:44 pm

    Ignacio le consultó si un constrctor no tiene trabajo o terminó la obra antes del cierre de la quincena. Que lo que hay que hacer con esos días.

    Responder
    • Ignacio dice

      6 enero, 2019 a las 2:31 pm

      No entiendo Carlos, que hacer con respecto a qué?

      Responder
  13. Daniel dice

    25 octubre, 2018 a las 4:52 pm

    Hola, necesito me informen el valor a tomar para liquidar el Volumen de hormigón elaborado mensual en m3 para el convenio 445/06.-
    Gracias

    Responder
  14. Alberto dice

    20 septiembre, 2018 a las 3:23 pm

    Hola: Según el acuerdo hecho por la Uocra, dice en el apartado a) diez por ciento (10%) … a partir del 1 de abril de 2018. b) diez por ciento (5%) … a partir del 01 de agosto de 2018. Como es?: diez por ciento o 5%?.
    Además fué homologado por el Ministerio de Trabajo!. o se corrigió y no publicó?

    Responder
  15. Alberto dice

    20 septiembre, 2018 a las 3:09 pm

    Según el acuerdo hecho por la Uocra el 26/03/2018 el Art. 1 dice…. a) diez por ciento (10%) … a partir del 1 de abril de 2018. b) diez por ciento (5%) … a partir del 1 de agosto de 2018.
    O sea, en letras dice ” diez por ciento”, pero en Numero es del 5% ( como se entiende ?)
    Además, ya fué Homologado por el Ministerio de Trabajo!

    Responder
  16. Hernán Slavinskas dice

    19 septiembre, 2018 a las 9:41 am

    Ignacio buenos días, te consulto según C.C.T. 76/75 de UOCRA en sus artículos 105 y 106 menciona un aporte del empleado del 0,50% (art. 105) y una contribución del empleador también del 0,50% (art. 106) al I.S.T.I.C. (Instituto de Servicios Sociales para Trabajadores de la Industria de la Construcción ). Esto está vigente?

    Responder
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