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Vacaciones de Empleados de Comercio

5 noviembre, 2019 Por Ignacio 234 comentarios

Índice de Contenidos

  • Vacaciones Empelados de Comercio
  • Calculadora de días de vacaciones
  • Cónyuges e Hijos menores
  • Prioridad hijos en edad escolar
  • Días por examen. Acumulación a las vacaciones
  • Licencia por casamiento. Acumulación a las vacaciones
  • Comunicación
  • Días corridos
  • Comienzo de la licencia
  • Requisitos para las vacaciones
  • Fecha de pago de las vacaciones
  • Forma de cálculo del pago de vacaciones
  • ¿Vacaciones empleados de comercio se pueden fraccionar?
  • Caso práctico de liquidación de vacaciones
    • Más temas sobre vacaciones
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Cuántos días de vacaciones tienen los Empleados de comercio. Cómo se liquidan, cómo se calculan los días, y otras cuestiones a tener en cuenta.

Cuántos días se vacaciones tienen los Empleados de comercio. Cómo se liquidan y algunas otras cuestiones.

El Convenio Colectivo de Empleados de Comercio establece que los empleadores concederán la licencia vacacional a sus trabajadores según determinadas pautas, que se analizarán en el siguiente artículo.

Primero, recordemos que las vacaciones son un derecho de los trabajadores establecido en la ley de contrato de trabajo, por lo tanto son obligatorias. Y se trata de un período de descanso anual para la integridad física y psíquica del trabajador.

Vacaciones Empelados de Comercio

El artículo 74 del CCT 130/75, establece que los empleadores concederán las vacaciones fijadas por la ley 20.744, de acuerdo con sus disposiciones.

Por lo tanto:

El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:

Días de vacaciones                   Antigüedad en el empleo
14 días corridoscuando la antigüedad en el empleo no exceda de 5 años.
21 días corridoscuando siendo la antigüedad mayor de 5 años no exceda de 10.
28 días corridoscuando la antigüedad siendo mayor de 10 años no exceda de 20.
35 días corridoscuando la antigüedad exceda de 20 años.

Importante

Los días son CORRIDOS, por lo tanto no descuentan, sábados, domingos ni feriados.

Además, para determinar la extensión de las vacaciones atendiendo a la antigüedad en el empleo, se computará como tal aquélla que tendría el trabajador al 31 de diciembre del año que correspondan las mismas.

Por ejemplo, para las vacaciones del 2019, se toma la antigüedad al 31/12/2019, no importa que se tome las vacaciones en octubre de 2019 o en marzo de 2020,

Otro punto a tener en cuenta, es que el periodo de vacaciones, va del 1° octubre del año al que corresponden las vacaciones hasta el 30 de abril del año siguiente.

Por ejemplo, para las vacaciones del año 2019, el período en el que se pueden otorgar las vacaciones, va del 1° de octubre de 2019 al 30 de Abril de 2020.

Calculadora de días de vacaciones

Pueden calcular los días de vacaciones que corresponden según la fecha de ingreso en la ?? Calculadora de días de Vacaciones online.

Calculadora de vacaciones online

Cónyuges e Hijos menores

En los casos de que se trate de cónyuges e hijos menores de 18 años, que trabajen en el mismo o distinto establecimiento, se les propondrá que gocen su período de licencia en fechas coincidentes, siempre que ello no perjudique notoriamente el normal desenvolvimiento del o de los establecimientos.

Prioridad hijos en edad escolar

El personal que tenga hijos en la escuela primaria, tendrá preferencia con relación al resto, para que el otorgamiento de las vacaciones tenga lugar durante la época de receso de las clases, sin perjuicio de cumplir las disposiciones legales vigentes.

Días por examen. Acumulación a las vacaciones

También, el CCT 130/75 establece que la licencia por examen, a solicitud del empleado/a, podrá acumularse al período ordinario de vacaciones anuales. Los días de licencia anual para exámenes es de 10 días para estudiantes secundarios y 20 días para estudiantes universitarios.

Más sobre licencia por días de estudio aquí

Licencia por casamiento. Acumulación a las vacaciones

El empleado tendrá derecho a 12 días de licencia corridos por casamiento, con goce total de sus remuneraciones, en la fecha en que el mismo determine, pudiendo, si así lo decidiera, adicionarlo al período de vacaciones anuales.

Comunicación

En todos los casos, se comunicará a los interesados la fecha en que gozarán las vacaciones con 60 días de anticipación. En este caso, el Convenio de Comercio aumenta el plazo, ya que el previsto por la LCT es de 45 días.

? Ver modelo de notificación

Días corridos

Como vimos más arriba, los días de vacaciones son corridos, por lo tanto si durante las mismas hay feriados, sábados, domingos, no se tienen en cuenta, ni se paga extra por los mimos.

Comienzo de la licencia

La licencia de vacaciones debe comenzar en día lunes o el siguiente hábil si fuese feriado. Tratándose de trabajadores que presten servicios en días inhábiles, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado.

Por ejemplo, si el lunes comienzan las vacaciones y es día feriado, comenzará el día siguiente.

Requisitos para las vacaciones

El trabajador, para tener derecho cada año a la licencia vacacional de manera completa, deberá haber prestado servicios durante la mitad, como mínimo, de los días hábiles comprendidos en el año calendario o aniversario respectivo.

En el caso de no cumplir con este requisito, la licencia será de 1 día de vacaciones por cada 20 trabajados.

A este efecto se computarán como hábiles los días feriados en que el trabajador debiera normalmente prestar servicios.

Por último, para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mínima en el empleo.

Fecha de pago de las vacaciones

El pago de las vacaciones debe realizarse antes del comienzo de las mismas. Es decir que antes de comenzar la licencia deberá recibir el pago en concepto de adelanto por vacaciones.

Forma de cálculo del pago de vacaciones

Remuneración Fija: Según la ley de contrato de trabajo, la retribución de las vacaciones se calcula para los mensualizados, tal es el caso de Empleados de Comercio, dividiendo por 25 el sueldo mensual que percibe el Empleado al momento de su otorgamiento.

De este manera, por lo días de vacaciones se cobra un poco más, llamado “plus vacacional,” que ronda el 20% de la remuneración normal.

Remuneración Variable: para el caso de remuneración variable (como comisiones, porcentajes etc), la forma de cálculo tomando el promedio de los sueldos devengados durante los 12 meses devengados en el período al que corresponden las vacaciones ó durante los últimos 6 meses, el mayor valor.

¿Vacaciones empleados de comercio se pueden fraccionar?

En principio, la ley de contrato de trabajo 20744, no permite el fraccionamiento de las vacaciones, pero si establece una excepción, que está contempla en el artículo 164 de la misma:

Así es que, el mencionado artículo admite que “Podrá acumularse a un período de vacaciones la tercera parte de un período inmediatamente anterior que no se hubiere gozado en la extensión fijada por esta ley.

La acumulación y consiguiente reducción del tiempo de vacaciones en uno de los períodos, deberá ser convenida por las partes.”  

Por lo tanto, como esta es es la única excepción que hace la ley, otros supuestos de goce de vacaciones fraccionadas, aún cuando surja de un pedido del empleado y haya sido acordado expresamente con el trabajador, quedan fuera de la normativa laboral vigente.

Caso práctico de liquidación de vacaciones

Pueden ver un caso práctico de liquidación de vacaciones para Empleados de Comercio en el siguiente enlace.

Ver más licencias Laborales para Empleados de Comercio

Más temas sobre vacaciones

  • ¿Quién decide la fecha de las vacaciones?
  • ¿Se pueden fraccionar las vacaciones?
  • Vacaciones en contrato de jornada parcial
  • Vacaciones y el cierre del establecimiento
  • ¿Se pueden compensar las vacaciones por dinero?

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Publicado en: Empleados de Comercio, Vacaciones Etiquetado como: Licencias Laborales, Liquidación de Vacaciones

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Luciano dice

    10 octubre, 2022 a las 9:50 pm

    Buenas noches, entre a trabajar el 23/05/22. En enero me tomo mis vacaciones, me corresponde 14 dias no ?

    Responder
  3. Karina dice

    6 octubre, 2022 a las 4:08 pm

    Hola como estas .. una consulta yo entre a laburar el 10 de octubre del 2017 y el alta me la dieron en noviembre a esta fecha cuantos días de vacaciones me corresponden !? Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      6 octubre, 2022 a las 9:05 pm

      21 días –> ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?

      Responder
  4. Alberto dice

    25 septiembre, 2022 a las 1:17 am

    Hola que tal, me llamo Alberto y mi consulta es la siguiente soy empleado de comercio hace 4 años y mi turno es de media jornada de lunes a sábado quiero saber cuantos dias de vaciones me corresponde gracias.

    Responder
    • analia dice

      29 septiembre, 2022 a las 8:57 am

      Te corresponden 14 dias…no interesa que seas de media jornada, solo la antiguedad en el empleo.

      Responder
  5. Ale dice

    20 septiembre, 2022 a las 2:16 pm

    Mis vacaciones comienzan el 26 de septiembre, el día del empleado de comercio, debo reintegrarse el lunes o martes siguiente?

    Responder
    • analia dice

      29 septiembre, 2022 a las 8:56 am

      Si, deberias reincorporate de tus vacaciones el dia martes porque las mismas iniciaron un martes por haber sido el lunes Feriado

      Responder
  6. Maria dice

    14 septiembre, 2022 a las 9:32 am

    Buenas!

    Si una persona trabaja 11 dias y es empleada de Comercio ¿Le corresponde liquidarle en una liquidacion final VAC NO GOZADAS y SAC sobre VAC NO GOZADAS?

    Responder
    • analia dice

      29 septiembre, 2022 a las 8:55 am

      No, no te corresponden ya que en tu caso seria vacaciones proporcionales y la proporcion es 1 dia cada 20 dias efectivamente trabajados

      Responder
  7. Lautaro dice

    8 septiembre, 2022 a las 5:52 pm

    Buen día gente, tengo una consulta la base para el calculo de mensualizados es sobre la ultima mejor remuneración devengada? o en caso por ejemplo que me tomo 14 días en septiembre y justo ese mes hubo aumento del básico se tendría que estimar cuanto cobraría en septiembre si fuese un mes normal y se usa esa base como calculo.
    Ignacio si lees esto o alguien lee esto me podría decir.
    Gracias, Lautaro.

    Responder
    • analia dice

      29 septiembre, 2022 a las 9:02 am

      Durante las vacaciones vos debes cobrar lo mismo que hubieses cobrado si estabas en actividad, por lo tanto, si vos salis de vacaciones en Septiembre y justo hay un aumento para Septiembre la base de Calculo es SEPTIEMBRE

      Responder
  8. ALFREDO dice

    2 junio, 2022 a las 6:39 pm

    Hola Ignacio , me dieron las vacaciones y en el tercer día di positivo de covid , desde ese dia se cortan las vacaciones o no?

    Responder
  9. Hugo dice

    31 mayo, 2022 a las 3:33 pm

    Hola Ignacio, tengo 22 años de empleado en una empresa de comercio, mi recibo figura como administrativo B y estoy afiliado al sindicato. Me están liquidando las vacaciones este mes de mayo, la pregunta es cuanto debe ser el total a percibir?
    Aguardo tu respuesta, desde ya agradezco tu atención.
    Saludos

    Hugo

    Responder
  10. Jorge Alfredo Gallardo dice

    10 mayo, 2022 a las 8:33 am

    Hola Ignacio, cuánto dinero me corresponde de vacaciones, tengo una antigüedad de 30 años y 35 días de licencia. Jorge Gallardo.

    Responder
    • Cristián Marcelo dice

      28 mayo, 2022 a las 6:09 pm

      Mi hermana cumplió 10 años en enero 2022 en su trabajo, supermercado, ya le corresponde los 28 días de vacaciones?

      Responder
  11. Marisa dice

    22 abril, 2022 a las 10:25 am

    Buenos dias
    durante mis vacaciones falleció un familiar. Las vacaciones se interrumpen y pasados los dias de duelo se continuan?

    Responder
  12. claudia dice

    5 marzo, 2022 a las 11:02 am

    Hla cuanto me tienen que pagar por 8 1/2 dias de vacaciones tomados del año 2021 . Tengo 14 años de antiguedad

    Responder
  13. sebastian dice

    18 febrero, 2022 a las 5:16 pm

    Hola consulta el empleado en algún momento puede elegir en que mes tomarse las vacaciones o siempre lo designa el empleador?

    Responder
    • Ignacio dice

      18 febrero, 2022 a las 10:22 pm

      si, es una facultad del empleador

      Responder
      • Nayla dice

        4 marzo, 2022 a las 7:20 pm

        Buenas tardes, consulta, estoy por salir de vacaciones y Justo conseguí un nuevo empleo, el cual comenzare cuando regrese de las mismas. Ya di aviso y mi idea es enviar telegrama de renuncia con la fecha de regreso de mis vacaciones. Hay algún problema con esto o está bien? Agradecería muchísimo una respuesta. Gracias y saludos.

        Responder
  14. PATRICIA dice

    10 febrero, 2022 a las 8:52 am

    hOLA BUEN DIA UNA CONSULTA PARA CALCULAR VACACIONES DE MARZO SE TOMAN LOS AUMENTOS NO RENUMERATIVOS

    Responder
    • Ignacio dice

      10 febrero, 2022 a las 9:53 am

      Empleados de Comercio: Liquidación de vacaciones 2021-2022

      Responder
  15. Jose dice

    7 febrero, 2022 a las 1:43 pm

    Hola queria consultarte ya que tengo 28dias de vacaciones pero solo me dan 14 corridos y justo entran dos feriados .se corren o te los comen ..

    Responder
    • Ignacio dice

      8 febrero, 2022 a las 12:40 am

      los días de vacaciones son corridos, es decir que tienen que darte los 28 días corridos

      Responder
  16. Maria elena dice

    4 febrero, 2022 a las 9:14 pm

    Hola Ignacio,Que pasa si las vacaciones empiezan en dos días feriados por ejemplo 28 y 1 de marzo ,empiezo recién el miércoles 2 de marzo No ?gracias

    Responder
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