Lanzaron un plan de refinanciación para pequeñas y medianas empresa.
De acuerdo con el tipo de deuda, el programa observó que el 54,6% corresponde a micro y pequeñas empresas, medianas Tramo I y monotributistas y en cuanto a las deudas por tipo de tributo, el 18% responde al Impuesto a las Ganancias, el 34% al Impuesto al Valor Agregado, el 3% al Impuesto a los Bienes Personales y el resto a otros gravámenes y tributos aduaneros.
Los detalles del plan
El plan de facilidades de pago incluye a “las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al 30 de abril pasado, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones.
Así como sus intereses, todo ello conforme con lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones- formulados hasta el 30 de abril del corriente año”.
Al mismo tiempo, se resolvió que el plan “incluya la deuda en discusión en sede administrativa-judicial como así también la
incluida en planes caducos hasta la vigencia de la presente resolución general”,
En tanto que “no se permite la refinanciación de planes vigentes y no se incluye los vencimientos de ganancias y bienes personales -de personas humanas y sociedades- de diciembre de 2022″.
Deudas incluidas
En cuanto a las características del programa, las Mipymes podrán refinanciar:
- Deudas impositivas y aduaneras hasta 84 cuotas
- Obligaciones con la Seguridad Social podrán hacerlo en 36 cuotas.
- Deudas por retenciones y percepciones se podrán regularizar en 12 cuotas.
La tasa de interés aplicable para este segmento de empresas será la equivalente al 60% del interés resarcitorio.
Sin certificado PYME
Para el resto de los contribuyentes que “incluye empresas que no tramitaron certificado de Mipyme, Personas Humanas y Medianas Empresas Tramo II”, podrán refinanciar las deudas:
- Impositivas en 36 cuotas
- Aportes a la Seguridad Social y las obligaciones aduaneras en 18 cuotas;
- Retenciones y percepciones en 3 cuotas
- Tasa: equivalente al 100% del interés resarcitorio.
Asociaciones Civiles y ONGs,
En este segmento no se incluye a las Asociaciones Civiles y ONGs, ya que para estos casos se aplicarán las condiciones previstas al Plan para Micro y Pequeñas Empresas. –
Caducidad
El programa quedará caduco en el caso de que los contribuyentes registren 3 cuotas impagas a los 60 días.
Asimismo, para todos los casos y categorías de contribuyentes, el programa quedará caduco cuando se detecten operaciones de compra de dólar Contado con Liquidación “desde la adhesión del Plan”
jorge carlisi dice
a partir de cuando se implementaria
Vanesa Boromeo dice
Siempre castigando al contribuyente que si cumple. Es una verguenza que no se permita refinanciar planes de pagos vigentes.
daniel porcel de peralta dice
bs dias, con respecto a deuda por ajuste de inspeccion, hay algo tambien con respecto a nuevos plazos en los planes??
Ricardo Gaspári dice
a partir de cuando se implementaria?
INGRID dice
Buen día Ignacio, muchas gracias
Consulto: La deuda bajo inspección que alcanza a la penal tributaria. En ese caso quedarán condonadas las multas y eximido el contribuyente de la Penal Tributaria?