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Bono de 5000 pesos: Las 10 claves del Decreto

13 noviembre, 2018 Por Ignacio 86 comentarios

Se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto que firmó Mauricio Macri para pagar un bono de fin de año.

Es oficial, se publicó hoy en el Boletín Oficial, el Decreto 1043/18 que firmó Mauricio Macri para pagar un bono de fin de año para los trabajadores de hasta $5.000 pesos en dos o más cuotas.

Uno de los puntos destacados, es que el pago del bono podrá ser utilizado a cuenta de la negociación paritaria 2018. Y para las empresas en crisis o declinación productivas, los empleadores y los gremios podrán adecuar los plazos.

Además, se crea un Procedimiento previo de Comunicación de Despidos ante el Ministerio de Producción y Trabajo.


A continuación, se detallan los principales aspectos de la medida del gobierno:

  1. ¿Cuánto y cuándo se pagará?

    El bono será de 5.000 pesos y se pagará en dos cuotas iguales, la primera con los habares de noviembre, que se cobra los primeros días de diciembre, y la segunda con los haberes de Enero 2019, que cobra los primeros días de febrero.

  2. ¿Cuánto cobrarán los que trabajan a jornada parcial?

    Los 5.000 pesos se pagarán de manera proporcional a la jornada que realice cada trabajador. De acuerdo acuerdo a los mecanismos de cada convenio, o en los términos de la ley de contrato de trabajo.

  3. ¿Qué trabajadores están incluidos en el pago del bono?

    El Decreto alcanza a todos los trabajadores en relación de dependencia  del Sector Privado. Ya sea que estén comprendidos en un Convenio Colectivo de Trabajo, o fuera de Convenio.

  4. El Bono es No remunerativo

    El bono 5.000 pesos tiene carácter NO REMUNERATIVO, por lo tanto no tendrá descuentos de aportes y no pagará contribuciones

  5. Plazo de pago flexible

    Aunque el decreto establece que se pagará en dos cuotas iguales en noviembre y enero, los montos y plazos podrán ser adecuados por consenso entre entidades, cámaras empresariales y sindicatos, para actividades que se encuentren en “crisis o declinación productiva.”

  6. Se podrá tomar el bono a cuenta de la paritaria 2018

    Los gremios podrán pactar con las cámaras empresarias, compensar hasta su concurrencia, el pago del bono con los incrementos que se acuerden o hayan acordado como revisión de la paritaria 2018.

  7. Compensación con sumas a cuenta de futuros aumentos

    Los empleadores que hubiese otorgado “unilateralmente” incrementos salariales  a partir del 1° de enero de 2018, podrán compensarlos hasta completar los $5.000. En este caso, el bono pasará a tener carácter remunerativo.

  8. Trabajadores excluidos

    Quedan excluidos del pago del bono:

    – Trabajadores del sector Público Nacional, Provincia y Municipal (negocian por separado)
    – Trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario de la Ley 26.727 (podrían acordar un bono por separado)
    – Trabajadores de Casas Particulares (ex servicio doméstico)

  9. Notificación de despidos

    Se establece hasta el 31 de marzo de 2019, un procedimiento por el cual los empleadores deberán informar al Ministerio de Producción y Trabajo, los despidos sin causa con 10 días de anticipación.
    Esto no quiere decir que se prohíben los despidos, sino que el Ministerio de oficio o a petición de parte, “podrá” convocar a las partes junto con la asistencia del gremio, audiencias para considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción.

  10. Excepciones 

    Quedan exceptuados del procedimiento previo de comunicación de despido, al personal de la Industria de la Construcción.

Por último, tengan en cuenta que si bien la suma es no remunerativa para las cargas sociales, no lo es para ganancias, por lo tanto los 5000 pesos están alcanzados por el impuesto. Si bien hay un proyecto presentado para eximirlo, por el momento no fue tratado.

Mas info: Decreto 1043/18

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: bono de fin de año

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Comentarios

  1. -
  2. Maira dice

    4 enero, 2020 a las 11:07 am

    Hola Ignacio quisiera saber por qué siempre se las excluye del convenio salarial cada vez que hay un bono a las empleadas de casas particulares! Muchas gracias!

    Responder
  3. mario del Arco dice

    26 septiembre, 2019 a las 12:58 pm

    Hola Ignacio, Corresponde el pago a pasantes el bono que anunció el gobierno ?

    Responder
    • Ignacio dice

      26 septiembre, 2019 a las 1:34 pm

      no

      Responder
  4. Alan dice

    16 enero, 2019 a las 10:31 pm

    Hola Ignacio. A mi me pasó que cobre el 50% del pagadero de diciembre y ese mismo mes cambie de empleo (ultimo día 26/12) mi pregunta es, en la liquidación final, me tendrían que haber pagado el otro 50%? Muchas gracias!

    Responder
  5. Maria dice

    7 enero, 2019 a las 3:10 pm

    Hola Ignacio,
    En el caso de personal fuera de convenio, se puede compensar la segunda cuota del bono ($2.500 de enero) con un incremento salarial que se otorgue este mes? Los 2.500 de noviembre fueron pagados.
    Saludos!

    Responder
    • Natalia dice

      31 enero, 2019 a las 3:10 pm

      Hola Ignacio, buenas tardes.
      En el caso de un empleado que está con reserva de puesto desde diciembre, le corresponde el pago de la 2º cuota del bono?
      Muchas gracias.

      Responder
      • Ignacio dice

        5 febrero, 2019 a las 12:35 pm

        No

        Responder
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