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Claves para entender los cambios en Ganancias

28 agosto, 2013 Por Ignacio 90 comentarios

La presidente Cristina Fernández de Kirchner anunció el aumento del piso del mínimo no imponible a 15.000 pesos brutos a partir del 1 de setiembre para el pago del impuesto a las ganancias para los trabajadores solteros y casados que se desempeñan en relación de dependencia.

Mediante el decreto 1242/13, publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno oficializó la medida anunciada ayer por la presidente Cristina Fernández, que excluye del pago del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores que cobran hasta $15.000 brutos mensuales.

Además, los sueldos superiores a $ 15.000 y hasta $ 25.000 pagarán menos, ya que tendrán un incremento del 20% en las deducciones del impuesto. Para la Patagonia, el incremento será del 30%.

Las claves para entender los cambios en el impuesto a las Ganancias: 

El decreto establece que que para quienes ganen $15.000 brutos de sueldo mensual se ajusta la deducción especial del inciso c del artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias hasta dejarlos exentos, sin diferenciación por estado civil y grupo familiar.
Lo dispuesto tendrá efectos exclusivamente para
los sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado
entre los meses de enero a agosto del año 2013
, no supere la suma de $ 15.000.
Para quienes ganen entre $15.001 y $25.000 brutos mensuales las deducciones se incrementan en un 20%. 
Lo dispuesto, también endrá efectos exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración
y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del
año 2013
, no supere la suma de $ 25.000.


Patagonia

En cambio, las deducciones se incrementarán en un 30% cuando los beneficiarios sean empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que viven en la Región Patagónica (La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Patagones, Provincia de Buenos Aires)..

Recibo de Sueldos

El beneficio deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes con el concepto “Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias – Beneficio Decreto PEN 1242/2013”.

Vigencia

Lo dispuesto por el Decreto tendrá efectos a partir del 1 de setiembre de 2013, inclusive y no se aplica de manera retroactiva, por lo que no se generarán importes a reintegrar.

Cómo se van a financiar los cambios en el Impuesto a las Ganancias

  • Se gravará con una alícuota del 15% la compraventa de acciones y títulos que NO cotizan en la bolsa. 
  • Se eliminarán la exención que tienen los sujetos del exterior por la compraventa de acciones.
  • Se aplicará una alícuota del 10% a los dividendos que las empresas distribuyan a sus accionistas.
  • De los $ 4.495 millones de merma del cobro de Ganancias, $ 2.056 lo aportan los privados y $ 2.439 el Estado nacional.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Decreto 1242/13, Deducción Especial, Ganancias

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    4 noviembre, 2014 a las 3:47 pm

    HOLA, QUERIA CONSULTARTE UNA COSA. ESTE AÑO HICE UN VIAJE Y CARGUE TODO EN LA PAGINA DE AFIP COMO CORRESPONDE. PERO ACABO DE DARME CUENTA QUE EN AGOSTO 2013 COBRABA MENOS DE 15000, ENTONCES NO ME DEVOLVERAN NADA.
    SE PUEDE DISCUTIR ESO? SI CUANDO QUIERO COMPRAR DOLARES ME LIMITAN DE ACUERDO A MIS INGRESOS, QUE OBVIO SON LOS ACTUALES.
    DESDE YA MUCHAS GRACIAS
    SALUDOS, QUEDO A LA ESPERA DE TU RESPUESTA

    Responder
  3. Anónimo dice

    20 agosto, 2014 a las 5:47 pm

    hola queria consultar ¿Qué sucede con un asalariado que percibe $15.000 brutos mensuales respecto de un trabajador que percibe $15.001 brutos mensuales?

    2. ¿Cuál es el importe del impuesto a las ganancias para esos trabajadores en caso de ser soltero, y en caso de estar casado y con 2 hijos?

    3. Por último, calcula el impuesto si la renta fuera de$25.000 y $25.001 brutos mensuales.

    Responder
  4. Paula Amasino dice

    6 abril, 2014 a las 8:16 pm

    Hola! queria consultar sobre el decreto, el aguinaldo cómo debe tomarse para computar los 15000 brutos? por otro lado, si una persona no tuvo ingresos mayores a 15000 de enero a septiembre pero en octubre empieza a cobrar más de 15000, qué se hace? se retiene o no? es decir, cómo debe interpretarse el decreto en ese caso? Gracias!!

    Responder
  5. Roberto Stargard dice

    11 febrero, 2014 a las 12:12 am

    hola ignacio en la liquidacion de enero me figura "impuesto determinado: 1.600 + 31% sobre monto que supere a 7.500" esto es correcto? ya que en la tabla del año pasado descontaban un 9% al monto que va de 0 a 10.000; si hubo una modificacion para 2014 donde pudo conseguir esa tabla, muchas gracias

    Responder
  6. Roberto Stargard dice

    11 febrero, 2014 a las 12:05 am

    hola, en la liquidacion de ganancias me figura "impuesto determinado 1.600 + 31% sobre monto que supere a 7.500" es correcto esto ya que el año pasado la tabla descontaba un 9% al monto de 0 a 10.000 , si para este año hubo una modificacion donde la puedo encontrar,
    gracias

    Responder
  7. guillote dice

    23 enero, 2014 a las 7:47 am

    hola te queria consultar si me paso un solo mes al año 2000 pesos me descuentan,porque ese mes me pagan un bono por capacitacion que se paga cada 3 meses gracias

    Responder
  8. Anónimo dice

    12 diciembre, 2013 a las 5:05 pm

    Estimado tengo.una duda… un personal que deba de pagar ganancias por último decreto… y en el mes de diciembre con el sueldo mas el sac supera los 15000…. retengo ganancia?

    Responder
  9. Anónimo dice

    25 noviembre, 2013 a las 2:06 am

    hola, sobre quienes se aplica este impuesto?

    Responder
  10. Anónimo dice

    15 noviembre, 2013 a las 8:01 pm

    Hola ignacio, tengo una consulta, los empleados a los que les liquido el sueldo van a recibir una suma importante en concepto de ajuste por haberes no liquidados (es una suma que impuso el sindicato suponiendo que los empleados no cobraban lo debido). recien en el periodo fiscal 2013 estos empleados empiezan a tener retenciones por el impuesto a las ganancias, la suma retroactiva es por dos años para atras, esa suma tributaria ganancias? mi duda surge porque hace dos años no tributaban ganancias.. , si tomo el criterio de lo percibido en rentas de 4 deberia tributar ganancias, pero no estoy segura. Desde ya muchas gracias. Saludos!

    Responder
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