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Ya se puede descargar el “Certificado MiPyme”

18 abril, 2017 Por Ignacio 10 comentarios

Ya se puede descargar el “Certificado MiPyme” desde la página web del Ministerio de Producción. El certificado tiene validez anual y se renueva de acuerdo a la categorización PyME.

Ya se puede descargar el "Certificado MiPyme"

Para acceder a la descargar del Certificado MiPyme hay que ingresar al siguiente

link http://certificadopyme.produccion.gob.ar:8888/

El “Nro. de Transacción” figura en el F 1272

Luego de completar los datos y de presionar el botón “DESCARGAR”, se emitirá el “Certificado Mipyme”:

¿Cuáles son los beneficios?

Los beneficio de la categorización como Pyme consisten en:

El tratamiento impositivo especial para el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas consiste en:
  • – Exclusión en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta: no será aplicable a los ejercicios fiscales que se inicien a partir del día 1° de enero de 2017.
  • – Diferimiento en el pago del IVA: Podrán ingresar el saldo resultante de la declaración jurada del impuesto al valor agregado, en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento original.
  • – Impuesto sobre los créditos y débitos: el Impuesto que hubiese sido efectivamente ingresado, hasta la finalización del ejercicio anual en curso, podrá ser computado como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias:
    • – En un 100% para las micro y pequeñas empresas.
    • – En un 50% por las industrias manufactureras consideradas “medianas -tramo 1-”.
    En este punto, hay que tener en cuenta que:
    • – Las cuentas bancarias y otras operatorias deben estar a nombre del beneficiario categorizado.
    • – No se podrá trasladar a ejercicios futuros el remanente no computado, excepto en los importes autorizados por el artículo 13 del anexo del Decreto 380/01.
    • – Cuando el crédito de impuesto más el importe de los anticipos determinados para el Impuesto a las Ganancias superen la obligación estimada del período para dicho impuesto, se podrá reducir total o parcialmente el importe a pagar en concepto de anticipos.
    • – Aquellas empresas que se categoricen hasta el 31 de diciembre de 2016, podrán hacer uso del beneficio establecido respecto del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, a partir del 10 de agosto de 2016.

Exclusión en los regímenes de retención del Impuesto a las Ganancias e IVA vigentes que actualmente se aplican sobre las operaciones que se realizan con tarjetas de débito, crédito o compra. Dicha exclusión se aplicará sobre aquellas micro empresas del sector comercio por las operaciones de venta de bienes muebles que efectúen y que se encuentren alcanzadas por el beneficio de reintegro de IVA.


Están exceptuadas de este beneficio las micro empresas que desarrollen actividades de la construcción y minería, y las personas humanas correspondientes al sector servicios por su actividad.

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Archivado en:Sin categoría Etiquetado con:Certificado MiPyme, MIPyME, Registro de Empresas MiPyME

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Comentarios

  1. Anónimo dice

    19 abril, 2017 en 11:52 am

    Una vez que descargaste ese certificado, ¿cómo se entera AFIP que lo tenes y que gozas de tales beneficios? ¿No hay que hacer nada?

    Gracias, Marianela.

    Responder
  2. Sabrina dice

    22 abril, 2017 en 7:16 pm

    Hola, intenté descargar el certificado pero me aparece vacio y en fecha de validez dice emisión el 31/12/1969. La misma fecha figura en desde / hasta. Saben si está funcionando la página? a que mail se puede reclamar el certificado? [email protected] es correcto?

    Responder
    • Juanjote dice

      24 abril, 2017 en 2:55 pm

      Tengo exactamente el mismo problema.

      Responder
    • Unknown dice

      26 abril, 2017 en 5:24 pm

      Hola, pudiste resolverlo? porque tengo el mismo problema desde que entro en funcionamiento el sistema y no logro encontrarle la vuelta. Gracias!

      Responder
    • Facundo Del Labo dice

      20 mayo, 2017 en 3:15 am

      Yo tenia el mismo problema, pero recategorice a las empresas que en su momento habia inscripto en el registro y despues probe sacar el certificado. Y lo obtuve sin problemas

      Responder
  3. Anónimo dice

    27 abril, 2017 en 4:00 am

    Hola, les consulto: envié el form 1272 en julio 2016. En octubre llegó a la ventanilla electrónica notificación de la inscripción como Pyme. Hoy ingreso al link del ministerio de producción, y al descargar el certificado dice que la vigencia es del 1/3/17 al 31/5/17. La pregunta es: para la declaración jurada ganancias 2016, ¿se puede deducir el 100% del impuesto a los débitos y créditos bancarios que cobraron desde el 10/8/16? Porque es confuso que diga que la vigencia del certificado es desde el 1/3/17 y no desde el 2016… Por otro lado, ingresé hoy a la ventanilla electrónica, y la notificación de octubre 2016 sobre la inscripción como Pyme desapareció.
    Aguardo sus comentarios. Muchas gracias.

    Responder
  4. RITA AGUILERA dice

    30 mayo, 2017 en 2:45 pm

    Buen dia una consulta, tengo que renovar el certificado antes del 31/05. Me dijeron que solo tengo que hacer la rectificaiva y presentarla y con ese numero de transaccionn sacar el certificado otra vez. Ya lo hice y cuando consulto el certificado me aparece un cartel que dice "sus datos no corresponden a una PyME registrada, si usted se categorizo en el dia de hoy debe esperar 24 hs" tendre que esperar un poco mas o no es la forma de hacerlo??

    Responder
    • contable dice

      30 junio, 2017 en 5:34 pm

      Hola, a mí me pasa lo mismo. Pudiste resolverlo? LLevó mas de una semana intentando y siempre salta el mismo cartel.

      Responder
    • Anónimo dice

      27 julio, 2017 en 3:32 pm

      Hola, pudieron resolver el problema porque no me sale el certificado .
      gracias

      Responder
  5. Unknown dice

    4 octubre, 2017 en 11:41 am

    Buen día.
    Una vez obtenido el certificado, como se debe notificar al clente para que no efectúe retenciones ??
    Como se entera mi cliente que mi empresa posee dicho Certificado ?
    Debo aclararlo en mis facturas ??
    Muchas Gracias !!!

    Responder

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