• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Contribuciones Patronales: se reglamentaron parcialmente los cambios

30 diciembre, 2019 Por Ignacio 91 comentarios

Rigen desde el devengado de diciembre los cambios introducidos por la ley 27541. Se congela el mínimo no imponible. Detracción especial de $10.000 por empresas con hasta 25 empleados.

El Poder Ejecutivo reglamentó el sábado la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva mediante la publicación del decreto 99/2019.

Los cambios regirán sobre sueldos de diciembre que se paguen en enero 2020.

La nueva ley, derogó el decreto 814/01 y el decreto 1009/01 pero mantiene el mínimo no imponible de $7.03,68 y la alícuotas vigentes del 18% y 20,4%.

  • Ley 27541 artículo 19 inciso a) alícuota del 20.40%

Para los empleadores perteneciente al sector privado cuya actividad principal encuadre en el sector “Servicios” o en el sector “Comercio” siempre que sus ventas totales anuales superen, en todos los casos, los límites para la categorización como empresa mediana tramo 2, con excepción de los comprendidos en la leyes 23.551, 23.660 y 23.661.

  • Ley 27541 artículo 19 inciso b) alícuota del 18%

Para el resto de los Empleadores del sector privado. La alícuota del 18% también se aplicará a las entidades y organismos del sector público.

También se mantiene la detracción de $ 17.509,20 para las actividades de economías primarias, textiles, calzados y sanidad (decretos 1067 del 2018 y 128 y 688 de 2019)

Detracción adicional de $10.000

De manera adicional a la detracción del mínimo no imponible que ya se aplica, los empleadores empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados, gozarán de una detracción de $ 10.000 mensual, aplicable sobre la totalidad de la base imponible.

Según la reglamentación,esta detracción se practicará sobre la base imponible que corresponda por la totalidad de los trabajadores, luego de la detracción del artículo 22 de la ley 27541 ($ 7.003,68), hasta su agotamiento, sin que el excedente pueda trasladarse a períodos futuros.

La AFIP, fijará el modo en que se determinará la magnitud de la detracción del artículo 23 para las situaciones que ameriten una consideración especial.

La duda, si estos 10.000 pesos se suman a los 7003.68 por cada empleado o se detraen de la base total imponible. También si se aplica sobre los 17.509,20

A mi entender la detracción de los 10.000 pesos es global sobre la masa salarial.

Cómputo del crédito Fiscal IVA

La ley 27541 restituye el esquema de cómputo del crédito fiscal IVA que estaba vigente anteriormente. Recordemos que la ley 27430 disminuía gradualmente el porcentaje a tomar hasta llevarlo a cero en 2020.

La nueva reforma rescata este beneficio por regiones, ahora, los contribuyentes podrán computar como crédito fiscal del IVA, el monto que resulta de aplicar a las mismas bases imponibles, los puntos porcentuales que para cada región corresponda.

Vigencia

Según la reglamentación, los cambios entrarán vigencia para las obligaciones devengadas en diciembre que deben pagarse en enero, según el articulo 8 del decreto reglamentario.

Por lo tanto, habrá que esperar que la AFIP actualice Declaración en Línea para poder aplicarlos.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Yohana dice

    3 noviembre, 2021 a las 11:04 am

    Buen día, quería consultar si el porcentaje que se puede computar para IVA se aplica sobre el monto de contribuciones (por ejemplo $10000) que determino o sobre la base imponible que utilizo para llegar a esos $10000 de contribucion?. Gracias.

    Responder
  3. Eva Marozzi dice

    10 junio, 2020 a las 11:38 am

    Hola Ignacio, muchas gracias por tu aporte y ayuda a los profesionales de ciencias económicas.
    Necesito realizar una consulta sobre las deducciones por 7003.68 pesos.
    Esta deducción se aplica a todos los empleados sin tener en cuenta la fecha de alta?

    Responder
  4. patricia dice

    21 abril, 2020 a las 2:17 pm

    buen dia, perdon pero ya no se que va y que no jaja, muchos cambios, mi pregunta es: PARA CONSTRUCCION SE APLICA EL IMPORTE A DETRAER DE $7003.68? desde que fecha se aplica de ser asi?
    gracias

    Responder
  5. JUAN AMADO ABUCET dice

    24 marzo, 2020 a las 7:47 am

    QUIERO RECTIFICAR LAS DDJJ DE DICIEMBRE 2019 Y ENERO 2020. PARA QUE TOME EL PORCENTAJE DEL 18% SOBRE LAS CONTRIBUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. LA EMPRESA ESTA OBLIGADA A USAR EL LIBRO DE SUELDO DIGITAL. AGREGO UNA LIQUIDACION NUEVA EN EL MES CORRESPONDIENTE, E IMPORTO DDJJ JURADA ORIGINAL.. CUANDO LA QUIERO VALIDAR ME DA ERRORES. ES COMO SI TOMARA LAS DOS LIQUIDACIONES SUMADAS Y ME PIDE MODIFICAR EMPLEADO POR EMPLEADO LA REMUNERACIÓN BRUTA, LA REM. 1, LA REM. 2 LA REM. 3 LA REM. 4 LA REM.5 LA REM. 8, LA REM. 9 LA REM. 10
    COMO SOLUCIONO ESTO, PORQUE SI LO HAGO SE ME VAN A DUPLICAR TODAS LAS REMUNERACIONES IMPONIBLES.

    Responder
  6. Lilian dice

    10 marzo, 2020 a las 6:35 am

    Hola Ignacio. Que sucede con los que liquidaron f 931 y pagaron sin la detracción en diciembre y enero. Sirve rectificar. El saldo a favor no corresponde?

    Responder
  7. carolina La Vitola dice

    6 febrero, 2020 a las 8:56 am

    Si liquidas a través de libro de sueldos Digital, es decir el 931 sale por esa aplicación, ¿Como haces para que te aparezca la alicuota del 18% en lugar del 21,4? (en mi caso se trata de mediana tramo 1) Antes, cuando utilizaba Declaración en Linea, iba a los datos del empleador y lo modificaba desde alli, consigando Dto 814 a) o b) pero ahora que todo sale por libro de sueldos digital no se como reflejarlo, ya pague 12/2019 con mas contribución no queremos seguir pagando de mas

    Responder
« Comentarios anteriores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d