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Contribuciones patronales: Siguen vigentes las alícuotas y montos de detracción en 2023

27 enero, 2023 Por Ignacio 40 comentarios

.

Contribuciones patronales: Siguen vigentes durante el año 2023 las alícuotas y montos de detracción de la ley 27.541 de $7.003,68 y $17.509,20.

Contribuciones patronales: Siguen vigentes durante el año 2023 las alícuotas y montos de detracción de la ley 27.541 de $7.003,68 y $17.509,20.

Ante la pregunta sobre si siguen vigentes durante el año 2023 las alícuotas y montos de detracción sobre remuneración imponible de las contribuciones patronales, la respuesta es si.

Como recordarán, la Ley 27.541 Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que, sobre la remuneración imponible sujeta a las contribuciones de la Seguridad Social se detrae mensualmente, por cada uno de los trabajadores, un importe de pesos siete mil tres con sesenta y ocho centavos ($7.003,68) en concepto de remuneración bruta.

Si bien la ley 27.541, derogó el decreto 814/01 y el decreto 1009/01, mantuvo el mínimo no imponible de $7.03,68, y la alícuotas vigentes del 18% y 20,4% vigentes a ese momento.

  • Ley 27541 artículo 19 inciso a) alícuota del 20.40%

Para los empleadores perteneciente al sector privado cuya actividad principal encuadre en el sector “Servicios” o en el sector “Comercio” siempre que sus ventas totales anuales superen, en todos los casos, los límites para la categorización como empresa mediana tramo 2, con excepción de los comprendidos en la leyes 23.551, 23.660 y 23.661.

  • Ley 27541 artículo 19 inciso b) alícuota del 18%

Para el resto de los Empleadores del sector privado. La alícuota del 18% también se aplicará a las entidades y organismos del sector público.

Estas son las Detracciones Vigentes para 2023

Detracción $7.003,68

La Ley 27.541 Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en su artículo 22, establece que, sobre la remuneración imponible sujeta a las contribuciones de la Seguridad Social se detrae mensualmente, por cada uno de los trabajadores, un importe de $7.003,68 en concepto de remuneración bruta.

Si bien la ley 27.541, derogó el decreto 814/01 y el decreto 1009/01, mantuvo el mínimo no imponible de $7.003,68 para todas las actividades en general.

Pero no está establecido un mecanismo de actualización, por lo tanto sigue el mismo importe hasta tanto se modifique la ley. El año pasado hubo un proyecto para actualizar este importe, pero hasta el momento no se trató en el congreso.

Detracción $17.509,20

La detracción ampliada de $ 17.509,20, que se aplica para para las actividades de economías primarias, textiles, calzados y sanidad, establecidas en el decreto 1067/18, el decreto 128/19 y el Decreto 688/19:

  • Decreto 1067/18: Empleadores de los sectores textil y de confección, calzado y marroquinería.
  • Decreto 128/19: Empleadores de los sectores primario agrícola e industrial.
  • Decreto 688/19: Empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.

Detracción de $10.000

También sigue vigente la detracción de $ 10.000 mensuales, aplicable sobre la totalidad de la base imponible, para los empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados. (Artículo 23 Ley 27.541).

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Publicado en: AFIP, Laboral Etiquetado como: Aportes y Contribuciones, Contribuciones Patronales

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Comentarios

  1. -
  2. susana dice

    9 febrero, 2023 a las 9:59 am

    Buenos dias Ignacio!. Sigue vigente para liquidar IVA enero 2023, el porcentaje de reconocimiento de IVA sobre los sueldos? Saludos

    Responder
  3. Veronica dice

    7 febrero, 2023 a las 12:41 pm

    Muchas gracias por la info, pero no encontré la prórroga para tomar el Crédito Fiscal. De dónde surge? Gracias,

    Responder
  4. Ruth dice

    2 febrero, 2023 a las 12:51 pm

    Hola! Cómo se compone el 20.40%? Qué % corresponde a cada concepto de contribución?

    Gracias

    Responder
  5. DANIEL dice

    1 febrero, 2023 a las 8:15 am

    ESTOY HACIENDO LA LIQUIDACION DEL 931 DE ENERO/2023 Y NO ME PERMITE PONER LA DETRACCION.
    SERA ERROR DE PROGRAMA???????

    Responder
    • Alicia Tuma dice

      1 febrero, 2023 a las 5:26 pm

      Tengo una empresa de menos de 25 empleados y me pasa lo mismo! Me sale el mensaje ” El importe a detraer no puede superar el tope establecido por la Ley 27.430 $7003.68). Alguna recomendacion para que me lo tome??? Gracias!

      Responder
  6. paula dice

    1 febrero, 2023 a las 7:02 am

    Hola Ignacio, no encuentro la prorroga de la detraccion? Porque decis que continua para 2023?

    Responder
    • Ignacio dice

      1 febrero, 2023 a las 8:31 am

      por

      Responder
    • Ignacio dice

      1 febrero, 2023 a las 8:31 am

      porque no necesita prórroga

      Responder
  7. gabriela dice

    31 enero, 2023 a las 7:19 pm

    Hola, tengo un suplente de un enc. de edificio que trabajo 13 hrs y el sueldo bruto es de $12764.31, no me permite sacar el valor de detraccion ya q el minimo imponible es de $ 16881.84. Como saco en estos casos el valor a detraer? Gracias.

    Responder
  8. Mara dice

    31 enero, 2023 a las 6:28 pm

    El computo del credito fiscal x contribucion patronal en IVA sigue vigente en 2023? Xq alicuotas?

    Responder
  9. Pamela dice

    31 enero, 2023 a las 9:37 am

    Computo de contribuciones en IVA, como CF, sigue vigente?

    Responder
  10. Veronica dice

    28 enero, 2023 a las 12:40 pm

    Computo de contribuciones en IVA, como CF, sigue vigente?

    Responder
  11. juan dice

    28 enero, 2023 a las 10:20 am

    Donde ingreso el valor de los 10000?

    Responder
  12. Rubén jose Mataloni dice

    28 enero, 2023 a las 10:16 am

    Buen día, veo detracción en el 931 del art 23 ley 27541 por 1800.- y no por 10000-esta bien eso.-saudos

    Responder
    • Pablo dice

      30 enero, 2023 a las 9:12 am

      SI, el 18% de los $ 10000 que se reduce la BI

      Responder
    • daniela dice

      30 enero, 2023 a las 11:58 am

      10.000 es la base, sobre eso te detraen el 18% ($1800)

      Responder
  13. Liliana dice

    27 enero, 2023 a las 11:16 pm

    ¿Como se toman los $ 10.000 por nomina? ¿Donde los pongo, en que parte del F. 931?

    Responder
    • Ignacio dice

      28 enero, 2023 a las 8:12 pm

      es automático

      Responder
  14. Elizabeth dice

    27 enero, 2023 a las 9:03 pm

    Los importes de las detracciones debieran actualizarse por inflación.

    Responder
  15. ENRIQUE ZYLBER dice

    27 enero, 2023 a las 5:15 pm

    En el LSD no permite en el caso de textiles o marroquineros que aplicaban el beneficio de 17509,20 en enero no permite dicho beneficio
    Dice actividad errónea

    Responder
    • LUCIANA MARENGO dice

      9 marzo, 2023 a las 10:51 am

      me pasa lo mismo, pudiste solucionarlo?

      Responder
  16. Hernan dice

    27 enero, 2023 a las 12:00 pm

    Quisiera consultar como tomo los 10.000, en caso de tener menos de 25 empleados y si la misma es por nomina salarial o por cada empleado

    Responder
    • Ignacio dice

      27 enero, 2023 a las 12:01 pm

      es por la nómina completa

      Responder
      • Jorgelina dice

        27 enero, 2023 a las 4:41 pm

        El sistema de AFIP lo hace automáticamente?

        Responder
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