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El proyecto por la participación en las ganancias ingresó a Diputados

17 septiembre, 2010 Por Ignacio 1 comentario

Reglamenta el art. 14 bis y ya está en la Cámara de Diputados

El proyecto entró en Mesa de Entrada de la Cámara baja. El texto presentado por el titular de la Comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde. En tres años, abarcará a todas las empresas.

La iniciativa de ley intentan reglamentar el artículo 14 bis de la Constitución Nacional , que plantea  la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas, ingresó este jueves por la tarde en la Cámara de Diputados.

El proyecto consta de 32 artículos y, tal cual adelantara el diputado esta semana, alcanzará en principio a las empresas que tengan más de 300 empleados y un nivel de rentabilidad alta.

Pero gradualmente irá extendiéndose. Esto es: a los dos años llegará a aquellas empresas que tengan hasta 100 trabajadores. Después del tercer año, todas las compañías deberán acatar el reparto de ganancias entre sus empleados.

La distribución será calculada sobre la utilidad anual, descontando el pago de impuestos y las inversiones.

El monto a repartir será del 10 por ciento de todas las ganancias.
Asimismo establece que la proporción de ganancia que corresponderá a cada trabajador se determinará en base a la antigüedad, la categoría de convenio y el nivel salarial, quedando excluidos los directivos y gerentes de las empresas.

La distribución de ganancias se concretará una vez por año fiscal y tendrá carácter no remunerativo, con lo cual estará exceptuada del pago de aportes y contribuciones patronales, y no será contemplada sobre la base salarial sobre la que se computa el pago del impuesto a las Ganancias.

Se fija que una parte del monto de ganancias a distribuir será destinado a crear un fondo solidario que financiará programas de asistencia o ayuda a trabajadores en negro y desocupados que perciben la asignación universal por hijo.

Se creará un Consejo Nacional de Participación Laboral, que funcionará como autoridad de aplicación de la ley, en la órbita del Ministerio de Trabajo. Se trata de un organismo conformado por representantes del Poder Ejecutivo, de las entidades empresarias y los trabajadores, que podrán fiscalizar los números de las compañías.

Una de las funciones principales del Consejo será fijar un mínimo de ganancias a partir del cual se aplicará la ley.

Un 5 por ciento del total de las ganancias que se distribuyan entre los empleados será destinado a la creación de un “Fondo Solidario”. El 95 por ciento restante del monto a dividir será repartido de forma “proporcional” a los días trabajados y según lo que cobre cada empleado, es decir, que el que gane más recibirá un porcentaje mayor.

Esta ley plantea ciertas excepciones, que involucran a aquellas empresas que no deberán repartir ganancias. Por dos años no se sumará a las compañías que tengan menos de dos años de antigüedad, las cuales recién deberá acatar la medida cuando cumpla los dos años de actividad.

Tampoco deberán repartir sus utilidades “durante los primeros cuatro años de aplicada la ley” las empresas que se dediquen al rubro de “bienes o servicios nuevos”.

Quedarán exentas de dividir sus ingresos las fundaciones privadas con personería sin fines de lucro y las asociaciones cooperativas.

El proyecto, que fue presentado por el titular de la Comisión de Legislación del Trabajo, el diputado oficialista Héctor Recalde, cuenta con el apoyo de la Confederación General del Trabajo (CGT).

El Parlamentario

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    20 octubre, 2010 a las 11:22 pm

    Esto me hace acordar al ppp ( programa de propiedad participada ) de las Empresas el Estado llamase Entel, Segba, OSN… en donde se modificaron los libros a gusto y piachere de la empresa para decir que en un periodo determinado la empresa no dio ganancia y por lo tanto no se pagaban dividendos.

    Responder

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