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Liquidación de sueldo Enero 2022, incorporación al básico y nueva Suma no remunerativa del 8%.
Enero comenzó con aumentos salariales, ya vimos como liquidar UOM y UOCRA, ahora, seguimos con Empleados de Comercio que trae un par de novedades para este mes.
Por un lado el 25% no remunerativo que se pagó hasta diciembre se incorpora al básico de convenio y, además, se paga un nuevo tramo de aumento del 8% no remunerativo.
Entonces, vamos con el ejemplo y los puntos claves para liquidación de Empleados de Comercio de Enero con los siguientes datos:
– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: no trabajados
Cálculos de la liquidación
Básico $ 71.538,90
Hasta diciembre teníamos, para la categoría “Administrativo A” un básico de $ 57.231,12, ahora se incorpora la suma no remunerativa del 25% que se pagó hasta diciembre pasado, así que nos queda:
57.231,12 + 14.307,78 = 71.538,90
La suma se incorpora directamente, no hay acrecentamiento.
Pueden ver en la escala salarial publicada por la FAECyS aquí, o la escala resumida publica aquí.
Antigüedad: $ 7.053,89
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.
Entonces:
71.538,90 x 10 x 1% = 7.153,89
Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $ 5.246,19
El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.
(71.539,90 + 7.153,89) / 12 = 6.557,73
Feriados
Plus Feriado no trabajado: $ 568,34
En enero tuvimos el feriado del 1° año, para el caso de ejemplo, el plus a pagar por ese día sería de $568,34, veamos como llegamos a ese número.
Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, preste el trabajar tareas o no. En el caso de no trabajar ese día feriado se paga con un plus, ya que se paga en base 25 como un día de vacaciones.
Ahora, en caso de trabajar ese día feriado, se debe pagar doble.
Pero, volvamos con el caso de ejemplo, habíamos dicho que no trabajó los días feriados, entonces el empleado tiene derecho a percibir su salario, con un plus y se determina de la siguiente manera:
Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:
(71.539,90 + 7.153,89 + 6.557,73) / 30 = 2.841,68
Donde 2.841,68 es el valor de un día normal, y como no lo trabajó, lo restamos. Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no.
En este caso son días no trabajados, entonces se determinar con el plus que surge de calcular el día en base 25 en vez de base 30:
Veamos como hacer el cálculo:
Calculamos el valor del día feriado, calculado en base 25:
(71.539,90 + 7.153,89 + 6.557,73) / 25 = 3.410,02
Donde 2.841,68 es el valor del día del Feriado no trabajado.
La diferencia entre estos dos valores 2.841,68 – 3.410,02 = 568,34 es el plus por feriado.
Feriados Trabajados
Ahora, veamos el caso de un trabajador que si prestó servicios en los días feriados, se deberá liquidar ese día como Feriado trabajado.
Para ese caso, el artículo 166 de la LCT, en el segundo párrafo, establece la forma de cálculo para los trabajadores que se desempeñan los días feriados.
Cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.
Cálculo del día feriado
(71.539,90 + 7.153,89 + 6.557,73) / 25 = 3.410,02
Cálculo del día normal
(71.539,90 + 7.153,89 + 6.557,73) / 30 = 2.841,68
Ahora sumamos ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:
3.410,02 + 2.841,68 = 6.251,70
En el caso de haber trabajados los dos feriados, lo multiplicamos por dos.
Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2021
Como comenté al comienzo del artículo, en enero se paga el 4° tramo de aumento de un 8% no remunerativo, así fue acordado en en el primer acuerdo de la paritaria del año pasado:
- 8% en mayo 2021 ✓
- 8% en septiembre 2021 ✓
- 9% en noviembre 2021 ✓
- 8% en enero 2022 ✓
- 8% en febrero 2022
La base de cálculo para todos los tramos son los básicos de Convenio vigentes a mayo 2021.
Entonces, calculamos el 8% sobre el básico de convenio de mayo, que es el que se pagó hasta diciembre pasado:
57.231,12 x 8% = 4.578,49
Y si no quieren hacer el cálculo, en este enlace está la escala salarial para todas las categorías de Empleados de Comercio publica aquí..
En cuanto a los aportes y contribuciones, esta suma es base de cálculo para:
- aportes y contribuciones de la OSECAC
- aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75, es decir sindica y FAECyS
Por último, sobre estas sumas no remunerativas, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 130/75, a saber, presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer, ayudante de chofer, zona desfavorable ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (Aguinaldo).
Recibo de sueldos
El recibo de sueldos de Enero quedaría así:
Calculadora para simular las liquidaciones
Está disponible calculadora online para simular la liquidación de enero 2022.
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- Youtube: liquidación paso a paso enero 2022
- Liquidación del Aguinaldo Diciembre 2021
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- Ejemplo Liquidación de Vacaciones Comercio
Quién controla a los comerciantes que se abusan de la necesidad? Trabajo media jornada,cobro $20.000. estamos en blanco,pero no nos muestra el recibo hace 4 años. No tiene recibos de sueldo con nuestra firma.
Hola, cuanto cobra un empleado de comercio por hora? y como se cobra si se trabaja 5 horas por 4 dias a la semana? gracias!
no se paga por hora en comercio, se estiman las horas semanales y se proporciona
Hola Ignacio yo trabajo en una clinica y estoy anotada como administrativa A de 6horas diarias 5 dias a la semana y me pagan 30mil pesos al mes hace 6 meses nunca recibi un aumento, cuanto deberia estar cobrando? Aguardo tu respuesta, gracias.
Hola Ignacio,
Se sabe algo de la reapertura de las paritarias correspondientes al 2021?..
Hasta donde tenia entendido era para reajustar Enero, Febrero y Marzo 2022.. Y como ya pasó Enero .. queria saber si habia alguna novedad al respecto.
Muchas gracias!
Hola trabajo 4 horas por días de lunes a sábados? Q me saldría la hora? Y los feriados? En abril va hacer 7 años q trabajo en blanco
¿Alguna novedad sobre el 15% adicional que supuestamente Cavallieri trataría a partir del 15/01/2022 para la recomposición salarial en empleados de comercio?, en la pagina no vi que hayas vuelto hablar sobre el tema, saludos
Hola Ignacio
Trabajo en un comercio hace casi un año y en la semana hacemos 52hs. Trabajamos de 8:30 a 18hs de lunes a viernes y los sábados de 8:30 a 13hs con atención al público…. estamos todos en blanco esto esta bien ? No es el tope de 48hs semanales ….. no tenemos delegado y somos más de 40 personas trabajando…
Hola, 48 horas semanales es la jornada límite semanal
BUEN DIA IGNACIO QUISIERA SABER SI EL DTO. 792/2020 PARA PERSONAL DE RISGO SIGUE VIGENTE. Y SI HAY NOVEDADES SOBRE LAS SUSPENSIONES POR ART. 223 BIS PARA EL 2022.
Hola, no, no hay cambios
Quienes se encargan de controlar a los comercios que tienen a empleados trabajando en negro o como monotributista y muy pagados?
NO VOTAR A CAVALLERI !!!!!!!
HAY QUE VOTAR A MUERZA Y SE LE ACABA LA JODA A LOS EMPRESARIOS ,ELLOS RECORRIENDO EL MUNDO ,COMPRANDO CAMPOS ,CASAS ETC Y NOSOTROS SI PODEMOS COMEMOS
ESTE VA POR UN BASICO DIGNO Y SI NO SE HACE PARO,COMO LOS DOCENTES ,BANCARIOS,CAMIONEROS
No es distinto a lo que hacen los políticos y otros sindicalistas. Sin empresarios no hay empleo, sin sindicalismo podemos seguir sin problemas
Debe haber elecciones democráticas en todos los gremios y no más de una reelección , que cada cargo dure 4 años DD.JJ y justificación patrimonial de lo que tiene antes de ingresar al cargo y al finalizar , Luego de esa reelección no puede volver ni nadie de su familia hasta 2 ª grado , Con leyes inflexibles y que se cumplan en 20 años tenemos otro país
Es el mejor amigo de coto el empresario más explotador de todos
Nooooo…. es la mano derecha de Alfredo Coto que es el explotador y negrero numero uno de Argentina!!!! Mira si no le conviene a Coto que hasta le financia la campaña a Muerza…. lamentablemente no hay uno que valga la pena….
hola ! consulta por el %1 de antiguedad , puede ser que se pague un porcentaje menor y que faecys lo avale ??
gracias
Hola ! Me podrías decir cuanto es la hora x convenio ?
Renuncie al 31 de enero y me quedaron días q trabaje en negro x las fiestas y cubriendo vacaciones en enero !
Tengo recibo x medio día y sábados completo (28) semanales y en enero cumplo 1 año de antigüedad gracias!!
Consulta que pasó con el efecto gatillo de enero. Hay Vaselina o llegamos a un acuerdo de algún tipo de aumento ?
Muy buena info. Uds. No tienen nada qué ver. Pero en enero se pasa a remunerativo y el 8 porciento de enero no remunerativo se toma del sueldo anterior.. Es una vergüenza los que nos defiende a los empleados de comercio.
Hola buenas tardes soy administrativa categoria b y trabajo de lunes a viernes de 8 a 14 estoy desde el año 1995 a la fecha cuanto deberia ser mi sueldo ,ya que veo mi recibo y la verdad es un chiste
Calculadora online Comercio
SI ,TENES RAZON,EL OTRO DIA HICE UN COMENTARIO,DONDE LE FUI A FIRMAR UNA GARANTÍA A MI HIJO Y PRESENTÉ EL RECIBO Y ME DIJERON FLACO TRAEME LAS DOS QUINCENA
ESTE ES EL MENSUAL LE DIGO,OBVIO
ME DIJO QUE NO SERVIA
NUESTRO RECIBO ES PARA QUE SE NOS RIAN EN LA CARA
BUENAS TARDES , TE CONSULTO EL 25% QUE ERA NO REMUNERATIVO PASA AL BASICO, PERO NO DEBERIA SUMARSELE UN 19,5% POR EL DESCUENTO DE APORTES? SINO SE ESTARIA COBRANDO MENOS DE BOLSILLO
si, debería, pero no lo hicieron, así que si, cobran menos
Te entiendo, pero crees que hay muchas empresas, en especial pymes, que podrían afrontar ese aumento que sugerís? Es el problema de meter a todos en la misma bolsa,