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Empleados de comercio rama turismo: Se firmó el acuerdo entre FAECYS y AAAVyT

28 septiembre, 2011 Por Ignacio 8 comentarios

Con demora de semanas, se firmó el acuerdo que establece un 30% de aumento en tres tramos de 15, 8 7% tomando como base la escala salarial de diciembre de 2012. Además se establece un aporte solidario de 100 pesos a la obra social de comercio.

Finalmente, luego de semanas de demora, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVYT), firmaron el acuerdo salarial que beneficia a los empleados de comercio de la rama turismo y agencias de viajes del CCT 547/08.

Detalles del acuerdo
El acuerdo acta, que lleva fecha 7 de septiembre, establece un un aumento salarial no remunerativo del 30 por ciento de aumento salarial en tres cuotas no acumulativas, distrubuidas de la siguiente manera:

  • Un 15% del total acordado, a partir del mes de agosto de 2011
  • Un 8% del total acordado, a partir del mes de octubre de 2011
  • Un 7% del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011

Para los meses de mayo, junio y julio del 2011, se abonará por cada mes a cada trabajador dependiendo su categoría salarial, un porcentaje equivalente al aumento establecido para el mes de agosto de 2011, con las mismas condiciones de pago que dicho mes en los siguientes plazos:

  • El porcentaje de Mayo 2011 deberá ser liquidado y abonado al 20 de septiembe de 2011
  • El porcentaje de Junio 2011 deberá ser liquidado y abonado al 20 de octubre de 2011
  • El porcentaje de Julio 2011 deberá ser liquidado y abonado al 20 de noviembre de 2011

Base de cálculo
Los incrementos otrogados, se calcularan sobre la escala salarial del mes de diciembre de 2012

Jornada parcial
Las sumas otorgadas en el acuerdo, se abonarán de manera proporcional a aquellos empleados que que realicen tareas a tiempo parcial.

El incremento acordado, se abonará como suma no remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación “acuerdo colectivo agosto 2011.”

Las sumas pactadas en los acuerdos anteriores, seguirán incorporándose a los salarios básicos convencionales conforme el procedimiento previsto en el acuerdo colectivo 2010.

SAC (aguinaldo)
En el caso del SAC correspondiente al primer semestre de 2010, la indicencia del cómputo de las sumas no remunerativas para este rubro será proporcional a lo devengado por los meses de mayo y junio del mismo año. Dicho aumento deberá ser abonado conjuntamente con el del salario del mes de NOVIEMBRE DE 2011.

El incremento otorgado deberá ser tomado en cuenta para el pago de los siguientes rurbros:

  • Adicionales fijos previstos en el CCT 547/08, excepto antiguedad
  • Enfermedades inculpables
  • Vacaciones anuales devengadas a partir del año 2011
  • feriados
  • sueldo anual complementario
  • horas extras

Licencia por maternidad
Las sumas que debieran percibir al tiempo del incio y transcurso de la licencia, se convertiran desde es momento en sumas remunerativas a todos los efectos.

Licencia por accidente de trabajo
Se deberá tener en cuenta el incremento no remunerativo otorgado en el acuerdo al determinar las sumas a percibir por el trabajador en caso de licencia por incapacidad laboral laboral temporaria derivada de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Aporte a la Obra Social
Sobre las sumas no remunerativas otorgadas se devengarán los aportes y contribuciones con destino a la obra social de Empleados de Comercio (OSECAC).

Incorporación al básico
A partir del mes de abril de 2012, las sumas no remunerativas otorgadas en el acuerdo, pasarán a tener carácter remunerativo y formarán parte del básico de convenio.

Clásula de absorción
Solo pordrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1ro de juni de 2010 y que hubieran sido abonados a cuenta de futuros aumentos.

Aporte Solidario a la obra social
Se establece un aporte solidario a la obra social de empleados de comercio de 100 pesos. Dicha suma será retenida a cada trabajador en dos cuotas de 50 pesos, en los meses de septiembre y octubre de 2011.

Archivos adjuntos
Acta acuerdo FAECYS AAAVyT septiembre 2011
Escalas salariales en excel
Acta acuerdo FAECYS AAAVyT zona Volcán puyehue

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: AAAVyT, CCT 547/08, Comercio Rama Turismo, FAECYS

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Comentarios

  1. -
  2. Claudia Stelter dice

    8 marzo, 2017 a las 11:25 am

    Hola me puede informar cuanto cobro d salario x un chico y si me dan ayuda escolar este mes

    Responder
  3. Anónimo dice

    13 junio, 2013 a las 2:31 am

    hola ignacio. te consulto para saber si se homologo el convenio del año pasado de faecys y aaavyt… yo cobro $4200, esta bien?

    Responder
  4. Anónimo dice

    6 marzo, 2012 a las 1:34 am

    Alguien sabe algo del aumento 2012?

    Responder
  5. Luverto Vaninetti [email protected] dice

    2 noviembre, 2011 a las 7:53 pm

    Hola, yo soy promotor de Turismo y hay algo que no entiendo. Yo cobro según la escala salarial que es el Conv Col de Trabajo 980/08 E, pero estuve en el Min de Trabajo y hay otra escala para Turismo, el Convenio 547 08, que es superior el sueldo. Alguien sabe por cuál nos deben pagar o qué difeencias hay entre una y otra para su aplicación?? Gracias

    Responder
  6. Anónimo dice

    30 septiembre, 2011 a las 3:13 pm

    El anexo Lucia es para las localidades afectadas por el Volcan….No para todo el pais. Estas muy quejosa. Relajate hace un retroactivo, y si es mucho pero mucho laburo, pedile un aumento. Saludos y buen finde

    Responder
  7. Lucia dice

    29 septiembre, 2011 a las 2:37 pm

    Ignacio….
    viste esto?

    cuando lo puedas ver, por favor, decinos tu opinion sobre este "anexo"

    http://www.aaavyt.org.ar/documentos/ACUERDO_SALARIAL_2011_ANEXO.pdf

    Lo que era no remunerativo pasa a remunerativo y lo que era remunerativo para a no remunerativo…

    no entiendo que quieren hacer, marear a los liquidadores, a las mepresas, a los empleados…

    Desastrozo

    Responder
  8. Lucia dice

    29 septiembre, 2011 a las 12:37 pm

    Por favor….esta gente piensa con los dedos de los pies…no entiendo como piensan…

    El acuerdo es igual de complicado que comercio (igual ya me lo esperaba)

    Me imagino las reuniones de estos señores:

    Pepito: "Y, mirá, podemos dar un aumento del 30% en tres etapas, ojo, que sea no remunerativo, y que aparte se calcule sobre los sueldos que van a cbvrar en mayo del 2015…y despues, lo vamos pasando en cuotas. Ahhh….no se olviden de que como nos reunimos trade tenemos que hacerlo retroactivo tambien. Uhhhh y como lo hacemos retroactivo tambien va a modificar los montos de los aguinaldos delñ priemr semestre….¿Cómo hacemos?"

    Juancito: "Bhaaa…no te preocupes, total, los que liquidan sueldos van a tener qu etrabajar mas…jajaja, mientras que ami no me afecte en nada a mi laburo, ponele nomás los aumentos ocmo dijiste"

    Es un acuerdo que ya estaba taradndo mucho y estoy copleamnte de acuerdo en que los sueldos estan bajisimos, pero si alguno se pone en lugar de los que liquidamos sueldos, por favor, entiendan que si tradamos en entregarles los rcibos, no es por culpa nuestra, es por culpa de estos señores, que para no quedarse sin un vueltito, nos cagan a nosotros.

    Saludos.

    Una liquidadora de sueldos…:S

    Responder
  9. Anónimo dice

    28 septiembre, 2011 a las 11:56 pm

    Ya era hora…

    Responder

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