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Es oficial el aumento del 25% para el servicio doméstico

6 noviembre, 2012 Por Ignacio 1 comentario

Los ingresos mínimos del personal de trabajo doméstico se incrementan en un 25%, según lo dispuso el Ministerio de Trabajo. La recomposición, eleva el valor del trabajo por hora de $ 15,79 a $ 19,74.

Según la resolución 958/12 de la cartera laboral, publicada en el Boletín Oficial, en el caso del personal que desarrolla sus tareas en una jornada de 8 horas con retiro, la remuneración pasa de $ 2071,88 a $ 2589,85. Si, en cambio, se trata de cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares, caseros o jardineros sin retiro, el salario básico se eleva de $ 2309,54 a $ 2954,95.

Esta última categoría es la que tiene el ingreso más cercano al valor del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores en general, que este año fue establecido en $ 2875 en agosto pasado, que implicó un aumento del 25 por ciento.

La resolución oficial especifica que los nuevos valores rigen a partir del primer día de este mes. En las restantes categorías respecto de las ya mencionadas se estableció que el personal incluido en la “primera categoría” (institutrices, preceptores, gobernantas, mayordomos, amas de llave, damas de compañía y nurses) el ingreso es ahora de $ 3184,01 mensuales si es personal con retiro y de $ 3549,13 si son trabajadores sin retiro.

Para los aprendices (trabajadores de 16 a 17 años de edad) el ingreso debe ser de al menos $ 2589,85.

REMUNERACIONES A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2012

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CATEGORÍA IMPORTE
PRIMERA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs.) $ 3.184,01.-
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses)
(Personal sin retiro) $ 3.549,13.-
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses)
SEGUNDA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs.) $ 2.954,95.-
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares)
(Personal sin retiro)
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares) $ 3.292,86.-
TERCERA CATEGORIA:
(cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, 4 ayudantes/as, caseros y jardineras) $ 2.886,93.-
CUARTA CATEGORIA:
(aprendices en general de 16 a 17 años de edad) $ 2.589,85.-
QUINTA CATEGORIA:
(personal con retiro que trabaja diariamente).
– 8 horas diarias $ 2.589,85.-
– Por hora $ 19,74.-
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias $ 1.294,93.-
“Hora de excedencia” $ 19,74.

Escalas salariales Servicio Doméstico Córdoba

La resolución rige para los trabajadores del sector de todo el país, con excepción de la provincia de Córdoba, donde rige una escala especial de categorías, para lo cual el Ministerio publicó la resolución 957/12.

RÉGIMEN DE TRABAJO DEL PERSONAL DOMESTICO (DECRETO-LEY 326/56)
REMUNERACIONES CONFORME LAS CATEGORÍAS
DEL DECRETO Nº 3922/75 DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

A PARTIR DE 1° DE NOVIEMBRE DE 2012.

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.tableizer-table th {background-color: #34A0E6; color: #FFF; font-weight: bold;}

CATEGORÍA DESCRIPCIÓN IMPORTE
PRIMERA CATEGORIA: (Institutrices, preceptores/as, gobernantes/as, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) $ 3.157,93.
SEGUNDA CATEGORIA: (empleadas cama adentro sin retiro para todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños, caseros y en general empleados y auxiliares para todo trabajo) $ 2.931,14.
TERCERA CATEGORIA: (empleadas cama adentro sin retiro para parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza, lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del servicio doméstico) $ 2.863,60.
CUARTA CATEGORIA: (empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) $ 2.863,60.
QUINTA CATEGORIA: (empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) $ 2.568,30.
SEXTA CATEGORIA: (empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) $ 2.131,75.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Servicio Doméstico

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Comentarios

  1. -
  2. javier dice

    8 noviembre, 2012 a las 12:53 pm

    Hola, el F102B se modificaria tambien con la nueva norma? Saludos!

    Responder

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