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Está habilitado el aplicativo de Ganancias y Bienes Personales 2019

5 junio, 2020 Por Ignacio 115 comentarios

AFIP habilitó el aplicativo de Ganancias, Bienes Personales, Impuesto Cedular – Enajenación y/o transferencias de derechos de inmuebles para el período fiscal 2019.

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Publicado en: AFIP

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  1. -
  2. Fernando dice

    19 junio, 2020 a las 3:26 pm

    El aplicativo de bienes personales esta considerando los bienes gravados y no gravados del país y del exterior para determinar el total de bienes que fijan la alícuota a pagar sobre bienes del exterior. Tengo entendido que lo que marca la alícuota es la sumatoria de bienes GRAVADOS tanto en el país como en el exterior. ¿Como lo entienden ustedes? ¿es un error del aplicativo o de mi interpretación?

    Responder
  3. jorge dice

    11 junio, 2020 a las 7:36 pm

    ¿Estàn exentos los titulos pùblicos en pesos y dòlares,para la declaraciòn renta financiera 2019??

    Responder
    • ALEJANDRA dice

      23 junio, 2020 a las 11:22 am

      NO

      Responder
      • crstian dice

        12 julio, 2020 a las 6:02 pm

        Importante
        Los intereses, rendimientos o rentas generadas por obligaciones negociables, títulos públicos, cuotapartes de fondos comunes de inversión y contratos de fideicomisos financieros, se encontrarán exentas del impuesto, siempre que estos sean colocados por oferta pública.

        https://www.afip.gob.ar/impuesto-cedular/definiciones/alcance.asp

        Responder
  4. Eliana dice

    11 junio, 2020 a las 4:54 pm

    Hola! no encuentro donde se carga el ajuste por inflación, Alguien lo hizo?

    Responder
    • Roberto Sacco dice

      13 junio, 2020 a las 3:19 pm

      Hola… en participaciones en empresas \ otros resultados tenés el estático y el dinamico.

      Responder
      • MArcela C dice

        24 junio, 2020 a las 12:11 pm

        Cargo ambos importes y me traslada el monto total a resultado, donde se calcula el 1/6 de este ejercicio?

        Responder
      • MARTIN dice

        22 julio, 2020 a las 3:42 pm

        Hola Roberto, no tengo la opción “otros resultado” en el aplicativo online, puede ser?. Debajo de “participaciones en empresas” tengo directamente el resultado neto y dentro de “participaciones en empresas” tampoco está. Como cargo el resultado estático y dinámico?.
        Gracias.

        Responder
  5. Maria dice

    10 junio, 2020 a las 2:18 pm

    Buenas tardes, de donde saco la valuación de Vehículos?, porque no encuentro en la CNRT, gracia!

    Responder
  6. GRACIELA dice

    10 junio, 2020 a las 12:27 pm

    Puede ser que la DJ GPH no sume bien las rentas de 3°. – resultado neto de la empresa-me suma 50000$, Borro todo (ingresos y gastos) y me sigue figurando esa suma de ingresos…a alguien le paso?

    Responder
  7. Daniel dice

    10 junio, 2020 a las 10:54 am

    Podrían decir si los títulos Públicos nacionales están gravados por la Renta Financiera 2019?

    Responder
  8. Antonio W dice

    9 junio, 2020 a las 7:00 pm

    En Bs.Personales para un total de bienes sujeto a impuesto de $ 2.500.000 se le resta el MNI y queda una base imponible de $ 500.000 x 0,25% = $ 1.250 (Impto.determinado)..según el aplicativo AFIP calcula BI x 0,50% = $ 2.500…es un error de AFIP?..Gracias!

    Responder
    • ALEJANDRA dice

      23 junio, 2020 a las 11:21 am

      A MI ME PASA LO MISMO!!!! NO SE QUE HACER

      Responder
      • Claudio dice

        23 junio, 2020 a las 1:10 pm

        A mi me está pasando lo mismo cuando te determina el impuesto, te tema una alicuota mayor a la que corresponde por tramo según la table para bienes en el exterior.

        Responder
        • Nevelina dice

          7 julio, 2020 a las 10:25 pm

          A mí también me liquida con una alícuota mayor, Se sabe si esto quedará así o es un error del aplicativo?

          Responder
  9. Pablo dice

    8 junio, 2020 a las 5:28 pm

    no funciona bien la determinacio del impuesto en bienes personales

    Responder
    • Diego dice

      10 junio, 2020 a las 6:26 pm

      Hola pablo. A mi me funciona ok. Acordate que tenes que usar la tabla del Art.25 de la ley 23966 para los bienes situados en el país y la tabla del art.9 del decreto 99/2019 para los bienes situados en el exterior. Si tenes que declarar bienes en el exterior….antes de decirle al cliente lo que va a pagar de Bienes personales, dale un Valium…saludos.

      Responder
    • Pablo dice

      25 junio, 2020 a las 8:50 am

      A mi me pasa lo mismo, Una persona tiene bienes en el exterior por 17 millones y el sistema aplica una alícuota de 2,25% cuando tendría que ser de 1,80%. Hice la consulta en AFIP y su respuesta fue enviarme un cuadro con las alícuotas donde dice que tendría que ser el 1,80%.

      Responder
      • Fernando Deleglise dice

        29 junio, 2020 a las 9:46 am

        Sucede que el aplicativo para considerar en que tramo de escala esta incluida la base imponible, considera los bienes en el país tanto gravados como exentos mas los bienes del exterior, lo cual va en contra de la legislación pero bueno es una viveza mas de la AFIP para cobrarte mas de lo que corresponde,

        Responder
        • Nevelina dice

          7 julio, 2020 a las 9:11 pm

          Hola Fernando, sabés si realmente quedó en firme que se debe incluir también los bienes en el país no gravados o exentos?
          Tengo entendido que el Consejo estaba esperando respuesta de AFIP.

          Responder
        • Gustavo dice

          21 julio, 2020 a las 6:08 pm

          Hola, si no pago la del exterior porque es una estafa sin sustento legal

          Responder
      • YANINA dice

        30 junio, 2020 a las 11:22 am

        Me ocurre lo mismo, bs en el exterior por 4.600.000 donde corresponde alicuota 1.2 me calcula 2% (que ni siquiera es un valor de la tabla). Pudieron resolverlo???

        Responder
        • Juan Pablo dice

          2 julio, 2020 a las 7:19 pm

          Creo que a todos nos pasa lo mismo. Se ve que el sistema toma los bienes gravados y exentos para determinar que alícuota del exterior se aplica para determinar el impuesto del exterior.

          Responder
        • Gustavo dice

          21 julio, 2020 a las 6:20 pm

          Porque para sacar la alicuota te suma los de acá y los del exterior si tenes 4 millones de pesos afuera y 20 acá te suma los dos para la alicuota de bienes en el exterior unos chorros de guantes blancos, sumado a que si blanqueaste pagaste multa y también pagaste anticipos anuales, por todos lados te ponen, en ves de cobrar poco a muchos y recaudar cobran mucho a pocos y de a poco empezas a evadir año tras año para pagar menos o mejor dicho dejar de regalar tu Plata.
          Y terminan recaudando menos.

          Responder
  10. Ana María dice

    8 junio, 2020 a las 5:14 pm

    Buenas tardes
    Alguien me puede decir si se modificó el Importe Bruto de los sueldos del personal en relación de dependencia para el año 2019 a partir de cual es obligación la presentación de la DJ, de Ganancias y bienes. Para el año 2018 fue $ 1500000.00 pero para el 2019 todavía no vi nada publicado.
    Muchas gracias

    Responder
  11. Renata dice

    8 junio, 2020 a las 2:33 pm

    No Jose, Están exentos los depósitos a plazo en moneda local sin ajuste para 2019

    Responder
  12. Federico dice

    8 junio, 2020 a las 11:48 am

    no esta tomando las deducciones de zona patagonica puede ser??

    Responder
    • alejandro dice

      9 junio, 2020 a las 12:05 pm

      Buenos dias, tenes que tildarlo, no es automatico, se encuentra en la parte ganancia de 4ta, ingresos de en relacion de dependencia te da la opcion para que pongas beneficio zona patagonia si o no

      Responder
    • Fernando dice

      20 julio, 2020 a las 7:39 pm

      Federico te lo tomo bien? A mi me da error… Me permite la carga de zona patagonica pero realiza mal el calculo.

      Responder
  13. Claudio Constantin dice

    8 junio, 2020 a las 11:06 am

    Muchas gracias por la info Igancio. Saludos

    Responder
  14. Jose dice

    7 junio, 2020 a las 9:21 pm

    Al final quedan alcanzados por el impuestos cedular los intereses de Plazo fijo (tradicional, no ajustables) de l periodo 2019?, no estaba clara la legislacion…muchas gracias

    Responder
  15. jorge israelit dice

    6 junio, 2020 a las 9:21 am

    IGNACIO, tu informacon es de mucha ayuda para todos los profesionales independientes. muchas gracias

    Responder
  16. Daniel dice

    6 junio, 2020 a las 4:14 am

    Hola. Puede ser que esté incompleta la sección de Intereses de Depósitos a plazo fijo? Falta la parte referida a depósitos en pesos al 5 %.

    Responder
    • Carlos dice

      8 junio, 2020 a las 12:53 am

      No están más porque ya se los considera exentos desde la DJ 2019 inclusive

      Responder
      • Eduardo dice

        14 julio, 2020 a las 8:39 pm

        Están exentos recién desde el 23/12/2019, por lo tanto desde el 01/01/2019 al 22/12/2019 están alcanzados

        Responder
        • gabriel dice

          20 julio, 2020 a las 11:00 am

          No estimado: ganancias es un impuesto de ejercicio, con lo cual rige para todo el año en que sale la norma

          Responder
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