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Las provincias se oponen a que se acorte el plazo de las prescripciones tributarias

21 septiembre, 2012 Por Ignacio Deja un comentario


Acortar el plazo de las prescripciones tributarias de cinco a dos años haría “prácticamente imposible” el cobro de los impuestos locales, y desde los gobiernos provinciales ya se quejaron por el dinero que perderían para sus arcas, a pesar de que un fallo de la Corte Suprema estableció que las provincias no están facultadas para extender estos vencimientos.

El proyecto de reforma y actualización del Código Civil y Comercial incluye un polémico artículo que ya puso en alerta a los gobiernos provinciales “asfixiados” con las finanzas y en reclamo de una nueva Ley de Coparticipación. Se trata de la intención del Poder Ejecutivo Nacional de reducir de cinco a dos años el período de prescripción para cobrar las deudas impositivas en todo el país.

Este artículo, el 2.562 de la propuesta de ley, ya fue eje de críticas de varios ministros de Economía provinciales “por la plata que perderían para sus arcas”, según deslizó una fuente a parlamentario.com.

Esta modificación en el Código Civil y Comercial, de hecho, va en línea con un fallo que la Corte Suprema de Justicia emitió en 2003, cuando dejó claro que las provincias no tienen la facultad de fijar plazos de prescripción que se aparten de lo regulado en el Código Civil, ya que “no pueden dicar una ley que sea superior a la ley nacional”, aún cuando se trate de tributos locales.

Sin embargo, “si se reforma el Código de esta manera, a futuro, las provincias que no tengan un sistema fiscal ágil y que no puedan intimar a sus deudores van a estar complicadas para cobrar en menos de dos años”, admiten a este medio.

Un diputado nacional ya advirtió sobre la cuestión: fue el oficialista salteño Fernando Yarade, quien envió una nota a la Comisión de Finanzas a la que pudo acceder en exclusiva parlamentario.com. Allí advierte que, de sancionarse la norma y mantenerse el criterio de la Corte, “el plazo de prescripción propuesto haría prácticamente imposible el cobro de los impuestos locales”.

“Esta merma de ingresos será lapidaria, y como correlato se verán beneficiados miles de deudores y evasores, por esta medida a todas luces injusta para los gobiernos locales”, asevera el texto de Yarade, cuya intención es hacérselo llegar también al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

A su vez, el salteño presentó su propio proyecto de ley, que propone “que cada provincia tenga capacidad de legislar de la manera que sea conveniente” en este tema. El legislador sostiene que “son los estados locales los que deben decidir en qué plazos y bajo qué circunstancias prescribe una obligación tributaria”, ya que las normas de materia tributaria, aclara, “no fueron delegadas por las provincias a la Nación”.

“Si los plazos de prescripción son ordenados y modificados por el legislador federal, el sistema de recaudación tributario deja de ser local al quedar sujeto a las decisiones de un poder ajeno”, sostiene Yarade, en el sendero contrario al marcado por el máximo tribunal.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Código Civil, Prescripción

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