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Monotributo: vence el plazo para la recategorización anual

16 enero, 2014 Por Ignacio 3 comentarios

Índice de Contenidos

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El lunes 20 vence el plazo para la segunda recategorización anual del Régimen Simplificado (monotributo). 

El próximo lunes vence el plazo para que aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta al momento de la categorización como: los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica -consumida en los doce meses inmediatos anteriores-, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad.

A la finalización de cada cuatrimestre calendario, el pequeño contribuyente deberá calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica consumida en los 12 meses inmediatos anteriores, así como la superficie afectada a la actividad en ese momento. 
Cuando dichos parámetros superen o sean inferiores a los límites de su categoría actual deberá recategorizarse en la categoría que le corresponda. La obligación de pago de la nueva categoría tendrá efecto a partir del mes inmediato siguiente al de la recategorización. Y se mantendrá durante los períodos en que se mantenga la misma categoría.

La obligación de pago de la nueva categoría tendrá efecto a partir del mes inmediato siguiente al de la recategorización. Y se mantendrá durante los períodos en que se mantenga la misma categoría.

Sujetos no Obligados a Categorizarse

No están obligados a cumplir con la Recategorización en Monotributo:

a) Los responsables que deban permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).

b) Los responsables que desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización no haya transcurrido un cuatrimestre calendario completo. Debiendo en este caso seguir el procedimiento dispuesto para el caso de inicio de actividad.

Lectura recomendada:

Recategorización Monotributo: dudas y preguntas frecuentes>>

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Publicado en: Monotributo, Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Recategorización

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    17 enero, 2014 a las 1:11 pm

    A mi me paso lo mismo, pero probe ingresando con el explorer y funciono

    Responder
  3. Anónimo dice

    16 enero, 2014 a las 10:18 pm

    no funciona la web de AFIP o sólo a mi no me permite ingresar en Generar DDJJ ???? .—-
    Leandro.

    Responder
    • Anónimo dice

      21 enero, 2014 a las 4:47 am

      con explorer tenes que ingresar no funciona con mozilla ni chrome

      Responder

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