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Montos vigentes monotributo a partir del 1° de Julio de 2015

1 junio, 2015 Por Ignacio 8 comentarios

Monotributo. Nuevas cotizaciones fijas destinadas a la Obra Social a partir del 1º de Julio 2015. 

Nueva escala monotributo a partir del 1° de Julio de 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), incrementa, a partir del 01/07/2015, los valores de las cotizaciones fijas destinadas a la Obra Social del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, según el siguiente detalle:

              Monotributo: Nuevos montos a partir del 1º de julio de 2015

table.tableizer-table {border: 1px solid #CCC; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 12px;} .tableizer-table td {padding: 4px; margin: 3px; border: 1px solid #ccc;}
.tableizer-table th {background-color: #43A5E4; color: #FFF; font-weight: bold;}

Categoría Impuesto Integrado Impuesto Integrado Aportes al SIPA Aportes Obra Social Total Total
Locaciones y/o prestaciones de servicios Venta de Cosas Muebles Locaciones y/o Prestaciones de Servicios Venta de Cosas Muebles
B $ 39,00 $ 39,00 $ 157,00 $ 323,00 $ 519,00 $ 519,00
C $ 75,00 $ 75,00 $ 157,00 $ 323,00 $ 555,00 $ 555,00
D $ 128,00 $ 118,00 $ 157,00 $ 323,00 $ 608,00 $ 598,00
E $ 210,00 $ 194,00 $ 157,00 $ 323,00 $ 690,00 $ 674,00
F $ 400,00 $ 310,00 $ 157,00 $ 323,00 $ 800,00 $ 790,00
G $ 550,00 $ 405,00 $ 157,00 $ 323,00 $ 1030,00 $ 885,00
H $ 700,00 $ 505,00 $ 157,00 $ 323,00 $ 1.180,00 $ 985,00
I $ 1.600,00 $ 1.240,00 $ 157,00 $ 323,00 $ 2.080,00 $ 1.720,00
J No aplicable $ 2.000,00 $ 157,00 $ 323,00 – $ 2.480,00
K No aplicable $ 2.350,00 $ 157,00 $ 323,00 – $ 2.830,00
L No aplicable $ 2.700,00 $ 157,00 $ 323,00 – $ 3.180,00

Las sociedades que adhieran al monotributo solo podrán encuadrarse en las categorías “D” a “L”.


Referencias:
(*) Este parámetro no deberá considerarse en ciudades de menos de 40.000 habitantes (excepto algunas excepciones).
(**) El impuesto integrado para Sociedades se determina adicionando un 20% más del que figura en la tabla por cada uno de los socios que   integren la sociedad.
(***) Quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos:
– Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales
– Los menores de 18 años
– Los beneficiarios de prestaciones previsionales 
– Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles
– Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.
(****) Afiliación individual a Obra Social, sin adherentes. Por cada adherente deberá ingresarse además $ 323
(*****) No ingresarán el impuesto integrado quienes realicen actividades primarias y los asociados a cooperativas que sus IB no superen los $24000, los trabajadores independientes promovidos o estén inscriptos en el Registro Nacional de Efectores.
La medida fue oficializada mediante la RG 3775 publicada el 1 de junio de 2015 en el B.O.

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Publicado en: Monotributo, Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Categorías Monotributo, Categorías Monotributo 2015, Categorías Monotributo julio 2015, RG 3775

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    30 agosto, 2015 a las 4:04 am

    Hola Ignacio. Estoy preocupado porque desde Septiembre de 2013 que estamos con $400000 como tope para facturar como monotributista como Locacion de Servicios. La inflacion es cada vez mayor y va a llegar un momento que deba pasarme a Responsable Inscripto. Pero si no fuera porque te sacan un gran porcentaje de lo que uno cobra no pasaria nada. Me podrias decir si se va a modificar el tope y si no explicarme bien que es lo que deberia pagar como Responsable Inscripto si llego a pasarme en algun momento? Muchas Gracias. Saludos. Sebastian

    Responder
  3. CPN Lorena Girod dice

    19 agosto, 2015 a las 9:24 pm

    Toda mi admiración hacia vos… sos un genio! La duda que puede uno llegar a tener… vos tenés la respuesta… Gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      20 agosto, 2015 a las 2:29 am

      Hola Lorena, muchísimas gracias, sos muy amable. Me alegra mucho saber que lo que publico es útil a los colegas, así que un beso grande y seguimos en contacto.

      Responder
  4. GP Estudio Juridico/Administraciones dice

    14 agosto, 2015 a las 9:11 pm

    Ignacio. Te felicito por tus explcaciones. Son claras y concretas. Muchas gracias por ayudarnos!

    Responder
  5. Anónimo dice

    9 julio, 2015 a las 2:42 am

    Hola Ignacio vengo leyendo tu pagina hace horas,estoy tratando de sacar las nuevas facturas y queria saber si me ayudas porque estoy trabado en el paso de la solicitud del C.A.I cuando me preguntan si queres que sea comprobantes con resguardo o si no,muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      13 julio, 2015 a las 1:27 pm

      Tal vez este artículo te ayude http://www.ignacioonline.com.ar/2014/11/a-que-denomina-afip-comprobantes-de-resguardo.html

      Responder
  6. Billy Comadreja dice

    2 julio, 2015 a las 3:51 pm

    Hola Ignacio, mi estimado amigo ciber que siempre me has sacado de apuros, fijate que creo que la Obra Social subió a $480.- Un abrazo

    Responder
    • Ignacio dice

      7 julio, 2015 a las 6:00 pm

      Hola Billy, no, 480 pesos no. Pasó de 233 a 323 pesos a partir de julio.
      Abrazo!

      Responder

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