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Prorrogaron la vigencia del abono mensual a Cablevisión en 116 pesos

31 octubre, 2011 Por Ignacio 6 comentarios

La Secretaría de Comercio Interior prorrogó a noviembre y diciembre la vigencia del precio por el abono básico mensual de Cablevisión en 116 pesos, señalando que la medida asegura los derechos del consumidor y propende a la protección del bienestar general como bien superior.

La Secretaría de Comercio Interior, por Resolución 141/2011 publicada hoy en el Boletín Oficial, prorrogó a noviembre y diciembre de 2011 la vigencia del precio por el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa Cablevisión S.A., en la suma de $ 116.

La medida, que lleva la firma del secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, comenzará a regir a partir del 1 de noviembre de 2011 y fue notificada a la empresa Cablevisión S.A.

En los considerandos recuerda que por la Resolución Nº 123 de fecha 30 de agosto de 2011 la Secretaría a su cargo, en el marco de su competencia y en función de los parámetros de razonabilidad enunciados en la misma, fijó el precio por el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa Cablevisión S.A., en la suma de $ 116, que los usuarios debían abonar durante los meses de septiembre y octubre de 2011.

Agrega que el precio fijado mediante dicha resolución debía mantener la vigencia e inmutabilidad sin variaciones durante el plazo indicado.

Agrega que en relación con otros servicios de señales y productos prestados por la empresa, se establecía que tampoco sufrirían variaciones en sus precios, y debía mantener la composición y la cantidad de señales que actualmente contiene el abono básico mensual, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debidamente justificados ante la Secretaría de Comercio Interior.

Asimismo, en relación con las promociones y/o bonificaciones y/o descuentos, debían ser mantenidas las condiciones en que se encontraban a la fecha la publicación de la misma, cualquiera sea su denominación que beneficiara a los usuarios.

Sostiene también que, en cuanto a los contratos que se celebren en el futuro, también se establecía, que deberían ajustarse a las modalidades pautadas en la medida aludida.

Manifiesta que el Estado Nacional tiene a su cargo la implementación de políticas públicas destinadas a satisfacer las necesidades de los consumidores y usuarios de bienes y servicios públicos, cuya tutela y protección tiene raigambre constitucional.

Destaca que en virtud de lo expresado, la Secretaría de Comercio Interior procedió a adoptar las medidas conducentes a implementar las políticas citadas, otorgando marcos normativos integrales que aseguren los derechos del consumidor.

Por ello –dice- en consonancia con lo manifestado, deviene necesario proceder en consecuencia a los fines de propender a la protección del bienestar general como bien superior

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    1 noviembre, 2011 a las 6:15 pm

    Hla Ignacio,
    el comentario 4 dice que el cable NO es un servicio public.
    Quiza lo leiste mal.

    Y a pesar de que no es teórico, las facturas vienen con el importe aumentado. Por lo cual, mucha resolución, mucha resolución, pero nadie hace nada.
    Y si hacemos lo que dice defebsa al consumidor, nos cortan el cable. No hay muchas opciones.

    Igual, como no es un serivioc publico y tampoco indispensable, opino como el comentario 4. Pero en el caso de que haya gente con el mismo servicio que yo y que etse pagando menos, me gustaria que fuera para todos iguales

    Sonia

    Responder
  3. Ignacio dice

    1 noviembre, 2011 a las 4:02 pm

    Hola, no, no es teórico, es lo que dice la secretaría de comercio.
    El cable no es servicio público

    Responder
  4. Anónimo dice

    1 noviembre, 2011 a las 3:15 pm

    A mi también me sucede lo mismo, escribí hoy a Defensa del consumidor y me respondieron esto:

    "En relación a su consulta le informamos que se está aún espera del fallo judicial respecto de los aumentos que la empresa aplicó y las resoluciones que trataron de impedirlos. Ahora la Resolución 123/11 estableció la cuota que la empresa debe cobrar durante los meses de septiembre y octubre en la suma de ciento dieciseis pesos
    ($116) y comenzó a regir desde el 01 de Septiembre del corriente año, teniendo vigencia hasta el 30 de octubre; y renovándose con la resolución 141/2011 por los meses de noviemnre y diciemnre, por la misma suma.
    La empresa debería ajustar su conducta a lo allí establecido. En caso contrario siempre puede pague en disconformidad sólo la suma indicada anteriormente, a la espera del fallo mencionado que termine de definir esta situación".

    Saludos

    Responder
  5. Anónimo dice

    1 noviembre, 2011 a las 12:44 pm

    Ignacio, esto es totalmente teórico, porque el abono de cablevisión está $ 160.

    Igual me pregunto, no siendo un servicio publico el servicio de cable ¿que potestad legal tiene la Secretaría de Comercio para fijar el precio del mismo?

    Responder
  6. Anónimo dice

    1 noviembre, 2011 a las 11:15 am

    IGNACIO EN MI CASO NO SOLO ME SIGUIERON COBRANDO LO MISMO SINO QUE ESTE MES HUBO UN AUMENTO Y SE FUE A $ 147. QUE SE HACE EN ESTE CASO??????

    Responder
  7. Lucia dice

    31 octubre, 2011 a las 8:40 pm

    Hola Ignacio,
    con respecto a esto,
    a mi Cablevision me siguó cobrando la tarifa con aumento y de hecho, a partir de este mes, hubo otro aumento.
    Que se debe hacer en estos casos?

    Lucia

    Responder

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