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Refuerzo Alimentario: normas complementarias

25 noviembre, 2022 Por Ignacio Deja un comentario

La ANSES aprueba las normas aclaratorias y complementarias para la administración, otorgamiento, pago, control y supervisión del REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS.

refuerzo-alimentarioDescarga

Resolución 274/2022

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESOL-2022-274-ANSES-ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-123519604- -ANSES-SEA#ANSES del Registro de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), los Decretos N° 576 del 4 de septiembre de 2022 y N° 758 del 9 de noviembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que, por artículo 9° del Decreto N° 576/22, se creó el Fondo Incremento Exportador, con la finalidad de financiar una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional que asegure una adecuada alimentación para las personas en situación de extrema vulnerabilidad.

Que, en el marco señalado, por el Decreto N° 758/22 se estableció que la prestación monetaria mencionada se otorgará en concepto de “REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS”, a personas que se encuentren en situación de extrema vulnerabilidad, sobre la base de los criterios objetivos establecidos por el mencionado decreto y en las normas complementarias y aclaratorias que se dicten para tal fin.

Que, a su vez, dicho decreto estableció los requisitos que las personas deberán cumplir para acceder a la percepción del REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS.

Que el monto del REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS fue establecido en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000), a realizarse en DOS (2) pagos: uno de PESOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($22.500) correspondiente al mes de noviembre de 2022 y otro de PESOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($22.500) correspondiente al mes de diciembre de 2022.

Que, a su vez, el mencionado decreto estableció que el REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS deberá solicitarse ante esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), conforme el procedimiento que ésta determine a tales efectos, facultándola para disponer de los mecanismos de intercambio de información necesarios para la acreditación de los requisitos establecidos o que se establezcan y para dictar las normas aclaratorias y complementarias para la administración, otorgamiento, pago, control y supervisión del mismo.

Que, en virtud de ello, corresponde precisar ciertos aspectos a los efectos de lograr una correcta aplicación de las disposiciones contenidas en el referido decreto.

Que, a su vez, corresponde determinar cuáles serán los criterios objetivos que servirán de base para determinar la situación de extrema vulnerabilidad que debe existir a los efectos del otorgamiento de la prestación establecida por el Decreto N° 758/22.

Que respecto de los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para acceder al REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS, se estima pertinente especificar los alcances de los mismos a los fines de su verificación.

Que, asimismo, corresponde precisar la conformación del grupo familiar de las personas solicitantes que tengan entre DIECIOCHO (18) y VEINTICUATRO (24) años de edad inclusive, como así también establecer los parámetros de la evaluación socioeconómica que deben superar para ser beneficiarias de la prestación.

Que, en lo que concierne a su implementación, resulta necesario determinar la modalidad de inscripción, notificación a las personas solicitantes, formas de otorgamiento y pago del REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS, como así también los procesos de determinación de derecho y acreditación de beneficios.

Que la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos y la Subdirección Ejecutiva de Administración han tomado debida intervención.

Que, mediante Dictamen N° IF-2022-124171706-ANSES-DGEAJ#ANSES, la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241, el artículo 3° del Decreto Nº 2741/91, el artículo 11° del Decreto Nº 758/22 y el Decreto N° 429/2020.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las normas aclaratorias y complementarias para la administración, otorgamiento, pago, control y supervisión del REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS instituido mediante el Decreto Nº 758/22 que, como Anexo N° IF-2022-123988829-ANSES-DGDNYP#ANSES, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- La DIRECCIÓN GENERAL DE DISEÑO DE NORMAS Y PROCESOS de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) elaborará las normas de procedimiento y/o pautas que fueran necesarias para implementar lo dispuesto en la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archívese.

Maria Fernanda Raverta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/11/2022 N° 96497/22 v. 25/11/2022

Fecha de publicación 25/11/2022

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