El ejercicio fiscal 2010, deberá informarse en el período comprendido entre el 1 de marzo al 31 de mayo
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estableció las fechas para que los empleadores presenten el informe anual correspondiente al 2010 sobre sus empleados en el “Registro de empleadores online.”
A través de la resolución 5059, emitida por la Subsecretaria de Trabajo de Buenos Aires y publicada ayer en el Boletín Oficial se estableció que “la carga de información requerida para el ejercicio fiscal 2010, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo al 31 de mayo próximo”.
Pasos a seguir
A fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de la reformulada obligación laboral, el Gobierno porteño puso a disposición de las firmas un instructivo en donde explica las claves del régimen que exige declarar -entre otros- los siguientes aspectos:
- Información general de los empleadores: actividades económicas, domicilio fiscal, datos de registración y CUIT.
- Cantidad de empleados y establecimientos que posee la compañía en la Ciudad de Buenos Aires.
- Tipo de contrato de los trabajadores.
- Lugar de residencia de los empleados.
Una vez cumplimentado el trámite, las empresas obtendrán una constancia anual que deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de la documentación laboral, o cada vez que un inspector del Ministerio del Trabajo porteño la requiera.
Complementariamente, desde el Gobierno de la Ciudad aclararon diversos aspectos específicos. En primer lugar, se advierte que los datos ingresados al sistema sólo podrán modificarse hasta que finalice el período de carga.
El Ejecutivo local aclaró que si la firma inició sus actividades durante lo que va del 2011 no debe registrarse, ya que los datos requeridos corresponden a los empleados que hayan trabajado durante el año pasado.
Trabajadores eventuales
Adenás, los empleadores deberán ingresar la información referida a empleados con modalidad de contrato eventual que formen parte de la empresa al 31 de diciembre de pasado.
Pasantes
Por el contrario, los pasantes no tendrán que ser declarados. Igual suerte siguen los empleados que lleven adelante servicios que fueron tercerizados por la compañía puesta bajo la mira del Gobierno porteño.
Ignacio dice
Hola, si, sigue vigente, se prorrogó hace unos días
Anónimo dice
Ignacio la modadilad de contratacion 201 sigue vigente? los empleados dado de alta bajo esta modalidad se los sigue declarando asi? pero los nuevos, a partir del 1/1/11 ya no?
saludos