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Rige el plazo para que empleados presenten la Declaración Jurada Informativa Ganancias y Bienes Personales

12 junio, 2013 Por Ignacio 3 comentarios

Declaración Jurada Informativa Ganancias y Bienes Personales trabajadores en relación de dependencia.

El próximo 1° de julio vence el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia
informen a la Administración Federal de los Ingresos Públicos (AFIP), las
ganancias brutas que percibieron durante el año calendario 2012.

Los empleados están obligados a realizar la presentación de la declaración jurada informativa, según las siguientes situaciones:

Ganancias y bienes personales: quienes acumularon una ganancia bruta igual o superior a $ 144.000 en el año 2012.
Bienes personales: quienes acumularon una ganancia bruta durante el año 2012 igual o superior a $ 96.000.

Se trata de vencimientos especiales,
sólo para los casos en que las mencionadas declaraciones juradas no no hayan dado como resultado  saldo a pagar o a favor del contribuyentes. Ya que en esos casos
debieron observar los vencimientos generales de Abril o Mayo.

¿Quienes está obligados a
presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o
del Impuesto sobre los Bienes Personales?
  • Los empleados
  • Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores

Cuando las ganancias brutas percibidas
anuales alcancen o superen la suma de $96.000.- deberán presentar
Declaración Jurada del Impuesto Sobre los Bienes Personales,
confeccionando el Formulario F.762/A, donde deben brindar el detalle de
sus bienes al 31/12/2012, valuados de conformidad a las normas del
Impuesto.

Dicha declaración jurada es de carácter informativo, lo que significa que, no determina un impuesto a ingresar.

Cuando las ganancias brutas percibidas
anuales alcancen o superen la suma de $144.000.- además, de la
obligación mencionada anteriormente, se le suma una Declaración Jurada
del Impuesto a las Ganancias, que se debe confeccionar en el Formulario
F.711.

Donde se informa el total de ingresos,
gastos, deducciones admitidas, y retenciones sufridas, entre otros
datos, de acuerdo siempre a la Ley del Impuesto a las Ganancias.

¿Cuál es el código de actividad que se deberá informar ?
Deberá utilizar el código de actividad correspondiente a su empleador.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Bienes Personales, Declaración jurada informativa, Ganancias 4ta Categoría

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    27 junio, 2013 a las 8:16 pm

    Alquien podria ayudarme….tengo cargada en e siap la decla de bs ps (762) pero cuando entro a la página de Afip no me deja presentarla?? por que será?

    Responder
  3. Anónimo dice

    14 junio, 2013 a las 1:07 am

    Hola Ignasio, en el caso de una persona q adquiere un terreno y varios años después comienza a construir (casa), al 31-12-12 la obra está construcción ya que faltan revestimientos y pisos; considerando que es la 1° DJ informativa de Bs. Personales que va a presentar el titular de la Obra:
    a) como debe cargarse en el aplicativo la misma: debe indicarse el terreno con su correspondiente fecha de adquisición y separadamente debe cargarse la "mejora construcción" ó, directamente se carga TODO en uno solo ítem (el cual debe incluir el valor del terreno + sumas invertidas al 31-12) ?
    b) Tratándose de una “Obra en construcción” (no finalizada al 31-12), que corresponde indicar en “fecha de adquisición del Inmueble” y en “Tipo de inmueble” ?
    Desde ya agradezco cualquier información que me puedas aportar. Saludos !

    Responder
  4. N y M dice

    12 junio, 2013 a las 1:45 pm

    Estimados, me podrán guiar? Esta presentación se debe hacer de idéntica manera en los casos de jubilados de Anses, que sufran retenciones de Impuesto a las Ganancias, o estos casos tienen otro régimen?

    Gracias.

    Saludos.-

    Responder

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