• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

SANIDAD: detalles del acuerdo marco por el 223 bis del FATSA

11 mayo, 2020 Por Ignacio 11 comentarios

Índice de Contenidos

  • Empleadores incluidos en el acuerdo marco
  • Trabajadores excluidos
  • Adhesión al acuerdo
  • Cálculo de las prestaciones dinerarias
  • Aportes a la obra social
  • Plazo
    • Condiciones
  • Me gusta esto:
  • Relacionado
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Suspensiones artículo 223 bis LCT para empleados de SANIDAD. Acuerdo marco.

La FATSA, firmó un acuerdo marco donde se establece un régimen
por el cual las empresas podrán efectivizar suspensiones a partir
del 1 de mayo y hasta el 30 de junio de 2020.

Empleadores incluidos en el acuerdo marco

Las pautas acordadas podrán ser aplicadas por las empresas que decidan adherir a este acuerdo marco.

Trabajadores excluidos

No podrán ser incluidos aquellos trabajadores dependientes que:

  • Realizan tareas bajo la modalidad de teletrabajo (art. 1° Resolución MTEySS Nº 279)
  • Los dispensados del deber de asistencia previstos en el art.1° de la
    Resolución MTEySS Nº 207/2020

Los empleadores podrán asignar a los trabajadores dispensados del deber de asistencia previstos en el art 1 de la Resolución MTEySS N 207/2020 tareas bajo la modalidad de teletrabajo, propias de sus funciones.

Adhesión al acuerdo

Las empresas que adhieran en forma expresa a los términos del presente acuerdo y decidan aplicar suspensiones en los términos del art. 223 bis de la LCT, deberán cursar una comunicación por escrito al MTEySS con la identificación del expediente donde se tramita la homologación de este acuerdo marco por las vías que esa autoridad de aplicación tiene previsto a tales efectos, debiendo cumplir, además, los recaudos exigidos por la autoridad de aplicación.

Las empresas deberán abonar las asignaciones dinerarias como prestaciones no remunerativas en concepto de suspensiones dispuestas en los términos del art. 223 bis LCT.

Cálculo de las prestaciones dinerarias

Las prestaciones no remunerativas se calcularán sobre el
salario mensual neto que hubieran percibido los trabajadores
prestando servicios de manera normal y habitual durante el
periodo de vigencia de este acuerdo y alcanzarán a los siguientes
valores:

  1. 85% del salario mensual neto, para quienes hubieran debido percibir salarios mensuales netos de hasta $ 70.000 inclusive durante la suspensión
  2. 75% del salario neto para quienes hubieran debido percibir salarios mensuales netos de más de $ 70.000 durante la suspensión

En el caso de que se modifique circunstancialmente la situación, o se verifique una situación que requiera la prestación efectiva de tareas, las empresas podrán modificar o dejar sin efecto la suspensión y cursar una comunicación al trabajador para que se reintegre a prestar tareas con una anticipación no menor a dos días por medio escrito o electrónico.

Aportes a la obra social

Las Empresas que adhieran al mecanismo aquí acordado y durante la vigencia de la suspensión concertada, tributarán a su cargo los aportes y contribuciones establecidas en las leyes 23.660 y 23.661 y los trabajadores realizarán los aportes sindicales en ambos casos calculados sobre el monto que perciba el trabajador.

Plazo

El plazo de duración de este acuerdo marco que posibilita a las empresas del sector las suspensiones dispuestas en el art. 223 bis de la LCT regirá desde el 1 de mayo de 2020 y hasta el 30 de junio de 2020

Condiciones

Las empresas que adhieran a este convenio y apliquen el mecanismo de suspensiones aquí previsto, no podrán disminuir por su sola voluntad, salvo justa causa o por finalización de contrato a plazo fijo o eventual, la nómina de personal durante la vigencia de este acuerdo

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Laboral Etiquetado como: FATSA, Sanidad

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Correa dice

    27 mayo, 2020 a las 10:04 am

    Buen dia, pertenecemos al convenio 459/06, como es el procedimiento para presentar la adhesión al acuerdo.?

    Responder
    • Katja dice

      23 junio, 2020 a las 12:26 pm

      pudiste hacerlo?¿

      Responder
  3. luk dice

    15 mayo, 2020 a las 10:49 am

    esta homologado ya?

    Responder
  4. Lucia dice

    15 mayo, 2020 a las 9:55 am

    Hola! si saben algo del 108/75 lo comparten?? GRACIAS!! 🙂

    Responder
    • MARIA dice

      2 junio, 2020 a las 10:04 am

      Hola, saben si se puede con el 108/75? Gracias!

      Responder
  5. Verónica dice

    13 mayo, 2020 a las 2:11 pm

    Donde fue publicado?

    Responder
  6. Jorge Falcone dice

    13 mayo, 2020 a las 1:56 pm

    Si aplica al 108 porque Adecra y Cedim hoy son lo mismo

    Responder
  7. Graciela Mac dice

    12 mayo, 2020 a las 11:11 pm

    Esto comprende el convenio 108/75 ?

    Responder
    • Marilú dice

      13 mayo, 2020 a las 10:05 am

      Tengo la misma duda. Pudiste averiguar algo? Gracias.

      Responder
      • Mariel dice

        14 mayo, 2020 a las 3:32 pm

        Me pasa lo mismo. Llamo al sindicato pero no me dan una respuesta. ¿Pudieron averiguar algo?

        Responder
  8. Laura dice

    12 mayo, 2020 a las 2:07 am

    Buenas noches, las empresas que adhieran al articulo 223 bis LCT deben abonar las alícuotas de ART?

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (81) Aguinaldo - SAC (112) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (125) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (420) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (129) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (577) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (212) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d