• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Cómo compensar el saldo a favor de $1800

11 marzo, 2020 Por Ignacio 185 comentarios

Índice de Contenidos

  • Diciembre 2019 – Original
  • Diciembre 2019 – Rectificaciva
  • Saldo a Favor en Cuentas Tributarias
  • Compensación del saldo de $1800
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Con la actualización del aplicativo Declaración en línea a la versión 42, ya podemos desde el devengado de febrero, restar de la base imponible de contribuciones a la seguridad social, los 10.000 pesos.

Recordemos que el artículo 23 de la Ley 27.541 (de Solidaridad Social y Reactivación Productiva) estableció la posibilidad de una detracción especial de $10.000 mensuales para los empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados.

Ahora, como la aplicación desde este beneficio es desde el devengado de diciembre 2019, pero AFIP no había actualizado el aplicativo a tiempo, hay que rectificar diciembre 2019 y enero 2020.

El procedimiento es simple, solo hay que generar la rectificativa y aumaticamente el aplicativo resta de la base imponible de las contribuciones a la seguridad social los 10.000 pesos.

Como resultado, tendremos los $1800 en menos:

Diciembre 2019 – Original

Diciembre 2019 – Rectificaciva

Saldo a Favor en Cuentas Tributarias

El siguiente paso, es verifica en cuentas tributarias el saldo a favor de $1800.

Compensación del saldo de $1800

Primero ir a cuentas Tributarias. Una vez ahí en TRANSACCIONES y a “REIMPUTACIÓN DE PAGOS“

Luego, seleccionar el Impuesto, el período y presionar SIGUIENTE:

Presionar el icono de actualizar:

Deberían aparece los $1800

Y más abajo el Impuesto que vamos a reimputar. Luego confirmar:

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: AFIP, Sin categoría

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. NORMA dice

    8 mayo, 2020 a las 9:29 pm

    BUENAS TARDES, QUIERO COMPENSAR O REIMPUTAR LOS $1800 DE DIC-19 Y ENE-2020 A LA DDJJ F.931 DE ABR-2020, ANTES DE PRESENTAR DICHO F.931,AL FINAL EN “SALDOS A PAGAR” EN EL CONCEPTO 351 ¿DESCUENTO ESOS $ 3600, Y CREO EL VEP DE ABR-2020 POR EL RESTO Y CON LOS IMPORTES TOTALES DE LOS DEMAS CONCEPTOS EN SU TOTALIDAD? ¿EL PREOCEDIMIENTO SERIA EL CORRECTO? GRACIAS

    Responder
  3. DIEGO dice

    25 abril, 2020 a las 10:34 pm

    Yo compense una parte, pero me quedaron $ 1000, pero ahora no me permite compensar el remanente, desde esa opcion, me figura “Reimputado”. No se como tomar ese remanente

    Responder
    • MARIELA dice

      8 mayo, 2020 a las 8:57 pm

      ME PASA LO MISMO, COMO PODEMOS REIMPUTAR EA DIFRENECIA? QUE AGOTADOR!

      Responder
  4. MARIA FERNANDA dice

    18 abril, 2020 a las 9:40 am

    buen dia! compense los saldos de 12-2019 (1800) y de 01-2020 con el cod 301 de 03-2020 y resulta que el cliente pago completo. Me quedo en sistema de cuentas tributarias un SLD como puedo hacer para volver a utilizar ese saldo…los leo, gracias!

    Responder
  5. Nicolás dice

    15 abril, 2020 a las 3:38 pm

    Reimputé menos de los $1800 que tenía como saldo a favor y ahora no me deja volver a reimputar la diferencia. Esta aparece como SLD pero no puedo usarla desde la opción de Reimputacion de pagos. Alguien sabe como hacer para poder reimputar ese saldo?

    Responder
    • DIEGO dice

      17 abril, 2020 a las 11:00 pm

      ME PASA IGUAL, COMO SE SOLUCIONA?

      Responder
    • Soledad dice

      20 abril, 2020 a las 8:28 pm

      Hola, pudiste solucionar esto? tengo la misma situacion SLD que no puedo usar.

      Responder
  6. Veronica Giraudo dice

    8 abril, 2020 a las 5:50 pm

    Consulta presente el 931 de marzo y quiero compensar con el saldo de libre disponibilidad que me quedo de los 1800 del mes de enero, el cual compenso una parte en el 931 de febrero, pero no puedo a través de cuenta tributaria compensar ese saldo con el 931 de marzo, porque me dice reimputado pero no esta al 100%.. A su vez se me suma que el empleado renuncio y tengo que darlo de baja y si no compenso me queda ese saldo de libre disponibilidad. Alguna sugerencia?
    Gracias

    Responder
  7. viviana dice

    8 abril, 2020 a las 5:04 pm

    Hola: Hice la rectificativa de diciembre , pero solo me da a favor $ 344.11 y no los $ 1800. Alguien sabe porque?. Enero no tuve problema…. Tiene certificado vigente y paga todo al dia. Alguien podra ayudarme???

    Responder
  8. Ernesto dice

    26 marzo, 2020 a las 2:12 pm

    Buen día Ignacio:

    Cometí un error al rectificar el período 12´2019 del F931, dejé los importes que por defecto daba el sistema. El VEP de la DDJJ original se abonó. ¿Cómo hago para no tener que abonar la deuda generada por la rectificativa?
    Desde ya muchas gracias

    Responder
  9. silvia dice

    19 marzo, 2020 a las 12:44 pm

    buenos dias, hice rectificativa de enero 2020; pero en el cuadro final VIII MONTOS QUE INGRESAN inverti la cifra en contribuciones ss (de mas $ 4800) y aporte ss (de menos $ 4800) y la afip me reclama ese importe.
    Como see hace para hacer la compensacion puesto que por cuentas tributarias no lo puedo hacer ya que por los $4800 que me reclaman de deuda tiene un interes tambien pendiente de pago.
    Se puede realizar esto mediante F.399 CAMBIO DE IMPUTACION. presentandola en la Afip?
    Por favor si alguien me puede ayudar….MUCHAS GRACIAS!!!!

    Responder
  10. silvana dice

    13 marzo, 2020 a las 1:32 pm

    hola no me figura el saldo a favor en cuentas tributarias ni si lo busco por reimputacion de pagos. Y las rectificativas las hice ahora en marzo

    Responder
  11. PAULA dice

    13 marzo, 2020 a las 9:21 am

    ALGUIEN Q ME EXPLIQUE DE ADONDE SALEN LOS 1800 POR FAVOR???

    SI TENEMOS UNA DETRACCION DE 7003 ?? AHORA ES DE 10.000?? DE ADONDE SURGEN LOS 1800??

    Responder
    • Daniela dice

      13 marzo, 2020 a las 12:49 pm

      Los 1800 son el 18% de los 10.000 que se descuentan de las contribuciones patronales, es automático.

      Responder
    • Susana dice

      15 marzo, 2020 a las 7:01 pm

      Al hacer la rectificativa automáticamente te calcula $1800 menos en las contribuciones de seguridad social. No tenes que poner los 10.000 en ningún lugar.

      Responder
  12. Diego dice

    12 marzo, 2020 a las 8:00 pm

    A un cliente que justo dejó de ser empleador, le pasé los saldos a un anticipo de ganancias que debe y anduvo de diez.

    Responder
  13. soledad dice

    12 marzo, 2020 a las 3:00 pm

    hola Ignacio,
    procedi con las rectificativas, obtuve los saldo a favorr y los mismos se reflejan en sistema de cuenta tributaria, pero no me da la opcioón para reimputarlos. Dejamos sin pagar 351 por el monto que debemos reimputar, pero ingresamos a transacciones reimputacion tal como indicas y dice que no hay nada para mostrar!
    Que hacemos pagamos todo o se reimputara automaticamente?

    Responder
    • Gfontana dice

      13 marzo, 2020 a las 9:33 am

      Estoy igual, tengo la duda de que sea porque diciembre y enero se metieron en plan de pagos, arriba colegas comentaron al respecto.
      Por favor agradeceré compartan si es que llegan a una solución.

      Responder
  14. Miriam dice

    12 marzo, 2020 a las 11:11 am

    Buenos días quisiera saber porque realiza la rectificativa y en el renglon Detraccion art 23 ley 27541 sale cero no me detrae y son 28 empleados todos comercio

    Responder
  15. PAULA dice

    11 marzo, 2020 a las 2:39 pm

    ALGUIEN IGUAL DE MAREADO QUE YO CON TANTO COMENTARIO?? NO ENTIENDO MAS NADA!!

    QUE SON LOS 1800?? POR QUE RECT ENERO NO DESCUENTA LOS 3.000 DEL 14/2020??

    EN FEB TODO ESTA PERFECTO PÉRO ENERO NO ME DA EL SALDO A FAVOR QUE DEBERIA. 🙁

    Responder
  16. RUBEN dice

    11 marzo, 2020 a las 12:32 pm

    BUEN DÍA, PIENSO REIMPUTAR EN MARZO, LA PREGUNTA ES SI ANTES DE GENERAR EL VEP DE MARZO LE DESCUENTOS AL COD. 351 EL IMPORTE , 3600.00 Y LUEGO REIMPUTO PARA CANCELAR EL SALDO…ES ASÍ ?
    GRACIAS

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d