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Aplicativos AFIP: Segundo release para Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales

18 abril, 2010 Por Ignacio 20 comentarios

Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales Versión 11. 0 Release 2

Nuevamenta la AFIP publica un release del Aplicativo de Ganancias y Bienes personales Versión 11.0, en este caso es el segundo, que soluciona el problema en la Tabla de País Convenio, dentro de la pantalla “Operaciones Internacionales” y algunos errores detectados.

El mismo permitirá, a las personas físicas, sucesiones indivisas o responsables por deuda ajena, cumplir con su obligación de presentación de declaración jurada de cada uno de los impuestos. Dichas declaraciones juradas contendrán: datos identificatorios, materia imponible, determinación del impuesto y saldo a ingresar. Estas declaraciones juradas deberán ser presentadas hasta la fecha de vencimiento, según el tipo de contribuyente, por transferencia electrónica de datos mediante clave fiscal reglamentada por la RG 1345 sus modificatorias y complementarias. Versión 11.0 aprobada por la Resolución General N° 2770/2010. Descargar Aplicativo

Solución a Problemas
Se solucionó el inconveniente en la Tabla de País Convenio, dentro de la pantalla “Operaciones Internacionales” y algunos errores detectados.

  • Descargar Aplicativo
  • Descargar Instructivo

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Aplicativos, Bienes Personales, Ganancias

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    27 febrero, 2011 a las 12:34 pm

    si…me dijeron q debo anotarme como locacion de servicios

    Responder
  3. Ignacio dice

    27 febrero, 2011 a las 3:51 am

    No, si vas a facturar no vas a ser empleada, de todos modos, a lo que me refiero, es a que tipo de trabajo vas a ser, seguramente prestación de servicios, supongo,

    Responder
  4. Anónimo dice

    26 febrero, 2011 a las 6:29 pm

    empleada en ministerio de educacion

    Responder
  5. Ignacio dice

    26 febrero, 2011 a las 4:07 pm

    Qué tipo de trabajo es el que vas a hacer a la administración pública?

    Responder
  6. Anónimo dice

    26 febrero, 2011 a las 1:05 am

    hola tengo una consulta,tengo a mi nombre un reparto de diarios por el cual estoy exenta en iva e IIBB y pago ganancias y facturo con boletas c.
    Ahora me surgio un trabajo en la administracion publica y me pidieron factura como monotributista.Es compatible esto? o debo hacer factura b,debiendo pagar iva sobre el bruto del sueldo.Gracia

    Responder
  7. Anónimo dice

    24 junio, 2010 a las 9:26 pm

    Ignacio… te molesto nuevamente. Mi nombre es Ximena y quería consultarte sobre cual sería el o los formularios que tendría que llenar mi pareja (más los papeles a presentar)para poder incluir el crédito hipotecario, además de agregar a su mamá, quien no cobra ningún tipo de beneficio, y a mi que no estamos casados pero tenemos un certificado de convivencia expedido por el RNP.
    Cuando sería la fecha de presentación del o los mismos (creo que hay algo llamado "ejercicio del año x", pero no sé a partir de que momento comienza a regir.
    Muchísimas gracias por tu tiempo!

    Ximena

    Responder
  8. Anónimo dice

    21 abril, 2010 a las 3:04 pm

    Hola Ignacio !

    Cómo estás?
    Yo ando con una duda, ojalá me puedas ayudar, por favor, necesitaría saber cómo hago un plan de facilidades de pago para abonar un saldo de DDJJ Bienes Personales.
    En el aplicativo nuevo v. 11.0 r.2 hay una opción en forma de pago para solicitar el plan de facilidades, pero cuando tildas y vas a detallar el pago sale un cartelito que dice que el plan de pagos ha sido confeccionado con una versión incorrecta….no entiendo nada….si es la versión nueva….o no?
    Pregunto…se hará por otro lado el plan de facilidades de pago????
    Desde ya te agradezco toda la ayuda que nos brindas a tantas gentes.

    Un abrazo. !!!

    Laura Manichio

    Responder
  9. Ignacio dice

    21 abril, 2010 a las 2:26 pm

    Hola Elsa, te dejo la solución que me dieron en la AFIP:

    Señor(a) Contribuyente:
    Ante todo, muchas gracias por su consulta.

    Atento a la misma, solicitamos que verifique en BIENES SITUACIONES EN EL PAÍS – INMUEBLES no estar ingresando letras en campos númericos tales como (número de la calle o piso), y no estar ingresando nombres con tildes (por ejemplo "plátanos" deberá ingresarse como "platanos").

    Habiendo verificado ésto, si persistiera, se debe a un error de generación del archivo. Por lo tanto deberá verificar que el archivo contenga la extensión .b64 y el tamaño del mismo sea mayor a 0 kb. Ante dicha situación intente de generar nuevamente el archivo en una carpeta debidamente identificada a tal fin y verifique que el aplicativo indique "El proceso finalizó correctamente". Si el error no se corrige, deberá reinstalar el aplicativo.
    Recuerde, previamente a la reinstalación, resguardar la base de datos del aplicativo para no perder los datos almacenados.

    Para efectuar reinstalaciones de aplicativos en forma correcta, y sin perder los datos cargados en los mismos, los pasos a seguir son los siguientes (tenga en cuenta que XXXX corresponde al nombre del aplicativo):

    1. Realizar una copia del archivo XXXX.mdb, que es la base de datos donde están todas las ddjj del contribuyente de ese aplicativo. El archivo está ubicado en la carpeta C:Archivos de ProgramaS.I.ApAfipXXXX. La copia puede realizarse en una carpeta ó en un diskette.
    2. Desinstalar el aplicativo XXXX desde Inicio –> Configuración –>Panel de Control –> Agregar o Quitar Programas.
    3. Cuando haya desinstalado el aplicativo, eliminar la carpeta denominada XXXX (sólo la denominada XXXX), ingresando por el disco C:Archivos de programaSiapAfip.
    4. Instalar nuevamente el aplicativo XXXX, que debe ser obtenido por el contribuyente desde la página de Internet de AFIP, o bien, en la Dependencia AFIP.
    5. Por último reemplazar los archivos indicados en el paso 1) en la carpeta XXXX, ubicada en C:Archivos de ProgramaS.I.ApAfip, la cual se crea automáticamente al momento de realizar la instalación.

    La reinstalación es igual para todos los aplicativos, la única diferencia se encuentra en la reinstalación del SIAP en donde NUNCA SE DEBERA ELIMINAR LA CARPETA AFIP ya que esto provocaría la eliminación de todos los aplicativos junto con las bases de datos.

    Previo a realizar la presentación, se sugiere eliminar los archivos temporales que guarda el programa Internet Explorer.
    Para hacerlo haga lo siguiente: abra el Internet Explorer –> Seleccione "Herramientas" –> "Opciones de internet" –> Ir a la solapa "General" y allí hacer click en el botón "Eliminar archivos temporales" y luego "Eliminar cookies".

    Responder
  10. Ignacio dice

    21 abril, 2010 a las 2:24 pm

    Hola Marcela, la verdad no lo se, voy a ver que puedo averiguar.

    Responder
  11. Ignacio dice

    21 abril, 2010 a las 2:19 pm

    Hola Clau, si, puede tener dos actividades.
    Para darle de baja no tiene que tner deuda. Para dardel de alta al monotributo, tiene que cumplir con los requisitos para poder serlo

    Responder
  12. Anónimo dice

    21 abril, 2010 a las 2:14 pm

    Hola Ignacio
    Quería saber si me podés ayudar con el famoso Error 182 ya que hoy día 21 vence Ganancias personas físicas y Bienes personales. Agradecería tu pronta respuesta y desde ya muy agradecida
    Elsa

    Responder
  13. marcela dice

    20 abril, 2010 a las 12:35 pm

    Hola Ignacio: (de nuevo) Como compenso los saldos de libre disponibilidad de IVA en ganancias? sin usar el sistema de cuentas tributarias que está colapsado (Parece) Descargué un aplicativo por internet pero es del 2009 puedo usarlo, lo genero y lo presento?
    Gracias Marcela

    Responder
  14. Anónimo dice

    20 abril, 2010 a las 4:22 am

    HOLA IGNACIO, TE MOLESTO DE NUEVO POR OTRAS CONSULTAS
    1) SE PUEDE SER MONOTRIBUTISTA TENIENDO UNA ACTIVIDAD DE VENTA DE COSAS MUEBLES Y OTRA DE SERVICIOS, POR EL MOMENTO SOSTIENE LA PRIMERA Y ESTA EN LA PRIMER CATERGORIA , PERO EN LA DE SERVICIOS RECIEN EMPEZARA, EN OTRO LOCAL, ESTOY PERDIDA, NO SE SI LO DE LOS ALQUILERES DE AMBOS LOCALES DEBO SUMARLOS, NO SE COMO MANEJARME, TE AGRADECERIA UNA RESPUESTA
    2) EN LA AFIP, CON DEUDA DE AUTONOMOS,UNA PERSONA FISICA CON UN TALLER MECANICO SE PUEDE PASAR DE RESPONSABLE INSCRIPTO A MONOTRIBUTISTA ? Y ENTONCES SI SE PUEDE PARA DAR DE BAJA EN GANANCIAS, YA QUE LO PRESENTA PERO NO LE HA DADO A PAGAR EN LOS ULTIMOS EJERCICIOS, HAY ALGUN LIMITE DE INGRESOS NETOS PARA DARLO DE BAJA ?
    GRACIAS, RECIEN EMPIEZO EN ESTO
    CLAU

    Responder
  15. Ignacio dice

    19 abril, 2010 a las 5:36 pm

    Hola Domingo, no, la verdad que no, es un problema mas que se agrega, pero a la AFIP no le preocupa mucho, es algo habitual, todos los años hacen los mismo. No me extrañaría que en estos días prorroguen la presentación, y los que trabajaron contra reloj se quieran matar.
    saludos

    Ignacio

    Responder
  16. DOMINGO dice

    19 abril, 2010 a las 5:27 pm

    NADIE PUEDE RECLAMAR NADA CON UN APLICATIVO DISTINTO LANZADO EL DIA DE HOY, PARA GANANCIAS Y BIENES? COMO HACEMOS PARA TERMINAR TODO EL LABURO?
    DOMINGO.-

    Responder
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