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Asueto administrativo para el 24 y el 31 de diciembre y 2 de enero

16 diciembre, 2014 Por Ignacio 18 comentarios

El Decreto del Poder Ejecutivo señala que “se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre de 2014. 

El Decreto del Poder Ejecutivo señala que “se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre de 2014. 
Asimismo, y conforme a estadísticas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, los días 26 de diciembre y 2 de enero, se registra un importante incremento del flujo vehicular, tanto de rodados particulares como de transporte público automotor, principalmente sobre rutas nacionales, generando un potencial riesgo de siniestros viales en desmedro de la seguridad del tránsito y, por ende, de los usuarios de la vía pública, lo que amerita extender el referido asueto al día 2 de enero de 2015, atento que el 26 de diciembre resulta feriado con fines turísticos, en virtud de las previsiones del Decreto N° 1768/13.
 Entre los considerandos del decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, se indica que, si bien son días laborables, la medida facilitará “las clásicas reuniones familiares y el acercamiento de quienes se domicilian lejos de sus seres queridos”.

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    1 enero, 2015 a las 11:19 pm

    Hola como estas? Yobqueria saber si a los empleados de comercio se les paga doble el 26 de diciembre y el 2 de enero,los dos días son feriados?

    Responder
  3. Anónimo dice

    1 enero, 2015 a las 3:14 pm

    Si el comercio decide no trabajar los días 24 y 31 de dic. de 2014 y el 2 de enero de 2015, cómo debe pagar esos días???…los debe descontar?? o puede descontarlos de las vacaciones pendientes??

    Responder
  4. Anónimo dice

    30 diciembre, 2014 a las 10:14 pm

    Vayan a laburar vagos !!! todos pidiendo no trabajar que pais peronista !!!

    Responder
  5. Anónimo dice

    18 diciembre, 2014 a las 1:06 pm

    Estas medidas no son para todos y todas. Es una falta de respeto. La eterna diferencia entre el empleado público y el privado ¿hasta cuando? Es increible que no se apliquen los mismos derechos y obligaciones y las mismas leyes y normativas a todos los trabajadores de la nación un LCT para todos y todas sean empleados públicos y privado, no sería más justo?

    Responder
  6. Aníbal Perpetua dice

    17 diciembre, 2014 a las 2:32 pm

    Este decreto alcanza a la administración pública nacional, Afip, por ejemplo. Las provinciales y municipales dependen de su propia administración que dicte los respectivos decretos. En algunos ámbitos, como el comercio en la zona de Bahía Blanca, el gremio acordó con los comerciantes un asueto a partir de las 4 de la tarde para los días 24 y 31 de diciembre.

    Responder
  7. Anónimo dice

    17 diciembre, 2014 a las 1:41 pm

    Hola buenos días , yo quería saber si tengo que trabajar el sábado 27 de diciembre o se toma feriado del 25, 26, 27,28, sin trabajo, lo pregunto porque yo trabajo los sábados al mediodía, y con los feriados puente siempre tengo que cortarlos para ir el sábado a trabajar, me corresponde o no el sábado saludos y gracias

    Responder
  8. florencia balboa dice

    16 diciembre, 2014 a las 7:39 pm

    hola, buenas tardes.

    los feriados puentes, son feriados feriados?, o depende de el empleador ? se pagan igual.

    saludos

    Responder
    • Ignacio dice

      17 diciembre, 2014 a las 2:53 am

      Hola Florencia, los feriados punte son feriados como cualquier otro. igual tené en cuenta que el único feriado puente es el 26, el 2 es asueto para la Administración publica solamente

      Responder
  9. Anónimo dice

    16 diciembre, 2014 a las 5:13 pm

    y el 27 de diciembre para los empleados de comercio que trabajamos los sabados medio dia, es feriado o no?, sino es solo puente para los que trabajan de lunes a vienes, Injusto No?

    Responder
    • Anónimo dice

      17 diciembre, 2014 a las 4:40 pm

      Ja ja ja tenes razón. Los empleados de comercio que trabajamos los sábados? ?? es todo una payasada ….. pasa wue nosotros no somos personas von familiares

      Responder
    • Anónimo dice

      18 diciembre, 2014 a las 6:33 pm

      entonces el sábado tenemos que trabajar? espero respuesta?

      Responder
  10. Anónimo dice

    16 diciembre, 2014 a las 2:45 pm

    BUENOS DIAS IGNACIO, QUE TRATAMIENTO TIENEN ESTOS FERIADOS A LA HORA DE LIQUIDAR SUELDOS? GRACIAS

    Responder
    • Ignacio dice

      16 diciembre, 2014 a las 3:00 pm

      Son asuetos para la administración pública, no para los privados.
      Los feriados nacionales son el 25, 26 y 1°

      Responder
    • Anónimo dice

      16 diciembre, 2014 a las 4:00 pm

      entonces el 26, trabajado, se paga al 100%???

      Responder
  11. Silvio Ovando dice

    16 diciembre, 2014 a las 2:18 pm

    asueto para todos iguales, todos somos personas con familia..

    Responder
    • Ignacio dice

      16 diciembre, 2014 a las 3:00 pm

      Es verdad

      Responder
  12. Esteban Guevara dice

    16 diciembre, 2014 a las 2:09 pm

    No lo que pasa es que el resto y me incluyo, somos huérfanos y no tenemos familia….

    Responder
  13. Anónimo dice

    16 diciembre, 2014 a las 12:46 pm

    HOLA IGNACIO. MIENTRAS ESTOS TIPOS SE VAN DE JODA, NOSOTROS NOS QUEDAMOS "LABURRANDO" Y PAGANDO ESA JODA CON LOS IMPUESTOS.

    SALUDOS. JUAN-VILLA MARÍA-CORDOBA

    Responder

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