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ATP: extienden a mayo los beneficios para salarios y contribuciones patronales

12 mayo, 2020 Por Ignacio 47 comentarios

Índice de Contenidos

  • Salario complementario también en mayo
  • Postergación del SIPA
  • Salario complementario para Instituciones Educativas
  • Prestadores de salud
  • Se suman actividades del tranasporte al ATP
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El Comité consideró necesario extender los beneficios del Programa ATP relativos al Salario Complementario -que se harán efectivos en junio próximo.

El gobierno nacional extendió a este mes el alcance de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para el mes de mayo, relativos al Salario Complementario, y también a las contribuciones patronales.

A través de la Decisión Administrativa 747/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Jefatura de Gabinete resolvió adoptar las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP.

Además, este Comité, informó que se otorgará el beneficio del Salario Complementario a las instituciones educativas que no reciben subsidios de ninguna clase, y se analizará el caso de las que reciben aportes del Estado.

Del mismo modo, se evaluará la situación de prestadores de la salud que reunirían las condiciones para acceder al mismo beneficio.

Salario complementario también en mayo

El Comité consideró necesario extender los beneficios del Programa ATP relativos al Salario Complementario -que se harán efectivos en junio próximo.

Postergación del SIPA

También, la postergación y la reducción del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), respecto de los haberes y aportes que se devenguen durante mayo.

Salario complementario para Instituciones Educativas

Por su lado, el Ministerio de Educación exhibió al Comité la información suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que indica que hay instituciones educativas que reunirían las condiciones estipuladas para acceder al Salario Complementario.

Educación también indicó que procederá a controlar con las jurisdicciones locales cuáles de esas instituciones no perciben aportes o subsidios, tras lo cual informará a la AFIP el listado de las que no los reciben de ninguna clase, para que proceda a tramitar el pago del Salario Complementario.

El Comité consideró que efectuados los controles, Educación proporcione directamente a la AFIP el listado de las instituciones que no perciben aportes o subsidios, cuyos trabajadores se encuentran en condiciones de percibir el Salario Complementario, y que el organismo fiscal avance con el trámite tendiente a efectivizar ese beneficio.

Prestadores de salud

Por otra parte, el Ministerio de Salud remitió un informe donde describe la situación de los prestadores de salud en el marco de la emergencia sanitaria.

De acuerdo con este relevamiento, la situación de las empresas del sector se encuadra en las previsiones que fijan los criterios cuyo cumplimiento se exige para acogerse a los beneficios del ATP.

El Comité solicitó a Salud que, mediante la fijación de los criterios objetivos que estime adecuados, efectúe la selección de los prestadores referidos y los comunique.

Se suman actividades del tranasporte al ATP

En tanto, el Ministerio de Transporte solicitó que se incluya en el Salario Complementario a una nómina de actividades del sector, entre los que están los taxis, los remises, el transporte escolar, los servicios de larga distancia, de fletes y el transporte de carga.

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Comentarios

  1. -
  2. Franco dice

    13 mayo, 2020 a las 11:33 am

    Las empresas que fueron beneficiadas en Abril, deben volver a presentar la documentacion nuevamente o con lo presentado ya está?
    Gracias!!!!

    Responder
  3. Silvia Abib dice

    13 mayo, 2020 a las 10:23 am

    Hay que volver hacer algún trámite o esa automático que los que recibieron el primer pago reciben el segundo. Gracias

    Responder
  4. Maria Raquel Suazo dice

    13 mayo, 2020 a las 9:54 am

    Buen dia

    queria saber que puedo hacer para saber porque no le adjudicaron el beneficio a una empresa,es un restaurant en realidad son tres de la misma empresa con 33 empleados.-
    sera porque inicio de actividad fue a partir del 18/04/2019??? o cual puede ser la razon??
    lo malo es que hasta el 10 de mayo estaba caracterizado en el sistema registral con el codigo 460 y de pronto tambien eso desaparece,.-
    que se puede hacer??? porque mande 5 notas a afip -presentaciones digitales ,que contesta diciendo que no corresponde ese reclamo de atp en presentaciones digitales-.
    envie consultas web-envie reclamos y sugerencias y no contestan.-
    agradeceria una pronta repuesta ya que el contribuyente esta desesperado,pensando si le hice el tramite o no que pasa me dice
    saludos atte
    Maria Raquel Suazo

    Responder
  5. Sergio dice

    13 mayo, 2020 a las 9:51 am

    Buen día, en la empresa algunos empleados aparecián sin el cbu y por lo tanto no cobraron el ATP, pese a que se cargaron correctamente antes de la fecha de pago. Hoy aparecen en el listado de Afip con el CBU correcto pero con importe a cobrar $ 0,00.
    Alguien sabe si después cargarán los importes y lo pagarán ? O este mes no?
    Gracias

    Responder
    • PAMELA G. dice

      13 mayo, 2020 a las 10:14 am

      Buen día. Tengo la misma inquietud!!

      Responder
    • veronica dice

      13 mayo, 2020 a las 10:55 am

      tengo la misma duda y el mismo caso
      .

      Responder
    • Daniela dice

      14 mayo, 2020 a las 7:02 am

      Buen día! Nos pasó exactamente lo mismo. Hicimos la.consulta y todavía no tenemos respuesta.

      Responder
  6. Yanet dice

    13 mayo, 2020 a las 9:45 am

    Hola buenos días Ignacio disculpe una consulta en la empresa de i marido nos avisaron que los datos de AFIP no estaban actualizados y quería saber cuánto tarda para actualizar y cobrar el salario complementario gracias

    Responder
  7. Javier copas dice

    13 mayo, 2020 a las 9:43 am

    Buen día mi empleador nos anotó en el atp le enviaron un mail de que éramos elegido para recibir el beneficio y cuando ingresamos para averiguar a la página de anses salimos no registrado

    Responder
  8. Myrian dice

    13 mayo, 2020 a las 9:30 am

    Quería saber cómo hago xq mi empleador paso el cbu al AFIP pero dice que no le autorizaron como empresa y que el no tiene plata para pagar y nos debe la última quincena de marzo no nos pago nada hasta el día de hoy

    Responder
  9. Gloria Mareco dice

    13 mayo, 2020 a las 9:25 am

    Buenos días Ignacio, en el caso de aquellos empleados que habiendo estado en la nomina de los alcanzados por el beneficio pero que aun no han cobrado o porque supuestamente no esta cargado o simplemente no han recibido el deposito, como y donde se puede reclamar?

    Responder
  10. Carla dice

    13 mayo, 2020 a las 8:52 am

    Siguen problemas con el rol ATP, contribuyentes que le informan que tiene el beneficio por e-ventanilla, pero en ATP aparece como que no lo tiene.

    Responder
  11. Marcelo dice

    13 mayo, 2020 a las 8:46 am

    Hola tengo un cliente con 15 empleados, de los caules 2 recibieron el atp y el resto el cbu me aparece en comillas, volvi a cargar los cbu pero todavia sigue igual. Alguien sabe si debo realizar otra accion ?
    Saludos

    Responder
    • Juan dice

      14 mayo, 2020 a las 7:16 pm

      Dicen que puede que la cuenta no tenga como titular a los empleados o esté mal cargado el cbu

      Responder
  12. Christian dario dice

    13 mayo, 2020 a las 7:36 am

    Todavia no me pagan el bono.que tengo que hacer

    Responder
  13. Jorge dice

    13 mayo, 2020 a las 1:31 am

    HOLA, MI JEFE DICE HABER HECHO EL TRAMITE DE ATP Y RESULTA QUE NI SIQUIERA FIGURO, DICE:( USTED NO ESTÁ REGISTRADO CONSULTE A SU EMPLEADOR.) MIENTRAS ÉL DICE HABERLO TRAMITADO EL 10 DE ABRIL DE 2020. PUEDE SER QUE NO LO HAYA HECHO O QUE ALGO ESTÉ MAL EN EL AFIP POR LO CUAL LE NEGARON EL TRÁMITE??? COMMO HAGO PARA SABERLO??. NINGUNO DE MIS COMPAÑEROS LO COBRÓ.

    GRACIAS!

    Responder
    • PATRICIA dice

      13 mayo, 2020 a las 9:56 am

      HOLA!
      HA SUCEDIDO QUE AL CARGAR LAS CBU, NO FUERON TOMADAS POR AFIP. EN ESTE CASO EL EMPLEADOR TIENE QUE VERIFICAR QUE ESTÉ CARGADA (O CARGARLA NUEVAMENTE).
      SI INGRESAS A https://servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/ CON LA CUIL TE INFORMAN LA FECHA DE PAGO.

      Responder
      • Sol dice

        28 mayo, 2020 a las 7:41 pm

        Me pasa lo mismo. Y a todos mis compañeros. Como es que la afip rechaza los cbu de todas las personas de la misma empresa?

        Responder
    • Emiliano dice

      13 mayo, 2020 a las 10:59 am

      Jorge, yo soy empleado y a la vez el que realizo el tramite en AFIP para que la empresa reciba la ayuda. Anses y los diarios hechan la culpa a los empleadores, por el hecho de que los empleados aun no cobraron. nosotros presentamos todo n tiempo y forma y AFIP / ANSES aun no dan respuesta, AFIP publico y despues elimino de ATP la nomina con el detalle de lo que cobraria cada empleado. Despues cuando lo publicaron nuevamente problemas con algunos CBU (algo extraño) porque se subieron todos los CBU correctamente y el archivo no genero error.
      Los Problemas y las demoras son de ellos AFIP / ANSES. no les da abasto la maquinita para imprimir billetes….. y no saben como hacer para salir de esta. A mi me siguen descantando tarjetas, Colegio, servicios, etc. Los politicos se aumentarion la dieta, los beneficios, en fin.

      Responder
      • Rosa dice

        13 mayo, 2020 a las 1:13 pm

        Tal cual es asi estan desbordados yo hace rato presente todo y no hay caso

        Responder
      • Analia dice

        13 mayo, 2020 a las 3:45 pm

        cuando cargas el archivo en carga masiva de cbu te lo da validado pero puede ocurrir que haya algún problema con las cbu informadas, a mi me pasó con uno de diez empleados, lo corregí y ya salió que el 15/5 cobra el salario complemetario. e tiene que llegar el excel en el servicio ATP con los cuiles y los montos. También hay que ver si la empresa fue caracterizada y alcanzada por el beneficio, fijate la facturación

        Responder
    • Claudia dice

      14 mayo, 2020 a las 8:53 am

      Me paso con un cliente,le aparexia que no estaba registrado le hice el reclamo y el 15 lo cobra. Decile al empleador que haga el reclamo a la afip. Saludos

      Responder
  14. Brenda dice

    13 mayo, 2020 a las 12:53 am

    Hola Ignacio! Gracias por la info! Se sabe algo sobre las personas que aún no hayan recibido el ATP? Es el caso de mi novio que él y otros 3 compañeros no lo recibieron y el empleador reclamó a Anses pero no dan rta. Gracias por siempre subir tanta info !

    Responder
    • PATRICIA dice

      13 mayo, 2020 a las 9:58 am

      HOLA BRENDA!
      HA SUCEDIDO QUE AL CARGAR LAS CBU, NO FUERON TOMADAS POR AFIP. EN ESTE CASO EL EMPLEADOR TIENE QUE VERIFICAR QUE ESTÉ CARGADA (O CARGARLA NUEVAMENTE).
      SI INGRESAS A https://servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/ CON LA CUIL TE INFORMAN LA FECHA DE PAGO.

      Responder
  15. Ana dice

    12 mayo, 2020 a las 10:36 pm

    Una consulta éste beneficio es para todos a los que le llegó la notificación de AFIP?, o sólo para los que tuvieron empleados dados de baja. para el caso del Sipa la reducción igual consulta. Puntualmente consulto por Consorcios.
    Saludos

    Responder
  16. Claudia dice

    12 mayo, 2020 a las 9:58 pm

    Habia salido una resolución que para las empresas que habían iniciado su actividad después de Abril 2019, iban a considerar las ventas del periodo Noviembre-Diciembre 2019 para que puedan acceder al beneficio del 50% del pago del salario. Eso se reglamentó como se hará??

    Responder
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