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ATP: extienden a mayo los beneficios para salarios y contribuciones patronales

12 mayo, 2020 Por Ignacio 47 comentarios

Índice de Contenidos

  • Salario complementario también en mayo
  • Postergación del SIPA
  • Salario complementario para Instituciones Educativas
  • Prestadores de salud
  • Se suman actividades del tranasporte al ATP
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El Comité consideró necesario extender los beneficios del Programa ATP relativos al Salario Complementario -que se harán efectivos en junio próximo.

El gobierno nacional extendió a este mes el alcance de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para el mes de mayo, relativos al Salario Complementario, y también a las contribuciones patronales.

A través de la Decisión Administrativa 747/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Jefatura de Gabinete resolvió adoptar las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP.

Además, este Comité, informó que se otorgará el beneficio del Salario Complementario a las instituciones educativas que no reciben subsidios de ninguna clase, y se analizará el caso de las que reciben aportes del Estado.

Del mismo modo, se evaluará la situación de prestadores de la salud que reunirían las condiciones para acceder al mismo beneficio.

Salario complementario también en mayo

El Comité consideró necesario extender los beneficios del Programa ATP relativos al Salario Complementario -que se harán efectivos en junio próximo.

Postergación del SIPA

También, la postergación y la reducción del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), respecto de los haberes y aportes que se devenguen durante mayo.

Salario complementario para Instituciones Educativas

Por su lado, el Ministerio de Educación exhibió al Comité la información suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que indica que hay instituciones educativas que reunirían las condiciones estipuladas para acceder al Salario Complementario.

Educación también indicó que procederá a controlar con las jurisdicciones locales cuáles de esas instituciones no perciben aportes o subsidios, tras lo cual informará a la AFIP el listado de las que no los reciben de ninguna clase, para que proceda a tramitar el pago del Salario Complementario.

El Comité consideró que efectuados los controles, Educación proporcione directamente a la AFIP el listado de las instituciones que no perciben aportes o subsidios, cuyos trabajadores se encuentran en condiciones de percibir el Salario Complementario, y que el organismo fiscal avance con el trámite tendiente a efectivizar ese beneficio.

Prestadores de salud

Por otra parte, el Ministerio de Salud remitió un informe donde describe la situación de los prestadores de salud en el marco de la emergencia sanitaria.

De acuerdo con este relevamiento, la situación de las empresas del sector se encuadra en las previsiones que fijan los criterios cuyo cumplimiento se exige para acogerse a los beneficios del ATP.

El Comité solicitó a Salud que, mediante la fijación de los criterios objetivos que estime adecuados, efectúe la selección de los prestadores referidos y los comunique.

Se suman actividades del tranasporte al ATP

En tanto, el Ministerio de Transporte solicitó que se incluya en el Salario Complementario a una nómina de actividades del sector, entre los que están los taxis, los remises, el transporte escolar, los servicios de larga distancia, de fletes y el transporte de carga.

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Comentarios

  1. -
  2. Armando Vidal dice

    16 mayo, 2020 a las 10:56 am

    Hola! Segun la pagina del anses yo debia cobrar el atp ayer 15/05. Todavia no lo tengo acreditado en la cuenta. A alguien le ha pasado lo mismo? Que puedo hacer?
    Gracias!

    Responder
  3. Pamela dice

    15 mayo, 2020 a las 6:58 pm

    Buenas tardes en caso de la empresa no abone el 50% para compmetar el sueldo ? Que sucede ? O en junio se abonara solo el 50?

    Responder
  4. Carlos dice

    15 mayo, 2020 a las 6:35 pm

    Consulta, trabajo en relación de dependencia en 2 empleos, me corresponde si es que lo piden las empresas cobrarel ATP en las 2 empresas? Gracias

    Responder
  5. romina dice

    15 mayo, 2020 a las 9:46 am

    Hola qué tal Ignacio, disculpá que te moleste, en caso de una empresa que están exceptuados de cumplir con los requisitos de la Resolución General (AFIP) 1415 En estos casos, no encuadran en “controlador fiscal” ni en “CAI”, se intentó cargar la información en cai pero no lo permite. Saben si afip contempla cómo debería informarse estos casos. Gracias

    Responder
  6. Paola dice

    14 mayo, 2020 a las 7:41 pm

    Hola Ignacio,
    En el importe de Venta que trae automáticamente ATP, estan incluidas las notas de debito por cheque rechazado. La AFIP esta tomando como Venta dichas ND.
    El importe no se puede modificar a mano. Solo podes incorporar comprobante que no aparecen desde ” mis comprobantes” (como las vtas de controladores).
    Tenes idea si ya hubo algun reclamo al respecto. En varios clientes sucede lo mismo y estarian fuera del beneficio por este ERROR de AFIP.
    Saludos

    Responder
  7. karina dice

    14 mayo, 2020 a las 5:44 pm

    Hola, hago la siguiente consulta, nuestra empresa ya recibió el beneficio del sueldo complementario para el mes de abril 2020 y lo recibimos correctamente (al beneficio), en esa oportunidad nosotros subimos los datos de la facturación marzo 2019/2020, hicimos una importación de datos . Ahora para Solicitar el mismo beneficio para mayo 2020, AFIP ya brinda los datos de ventas de abril 2019/2020 y ocurre que tenemos una diferencia enorme en la venta de abril 2020 según nuestra facturación y vemos que es una factura de mercado nacional emitida en dólares, AFIP toma el monto ya convertido a pesos y lo vuelve a multiplicar por el TC, como correjimos ese importe que AFIP lo tomó erroneamente?
    Desde ya muchas gracias!

    Responder
  8. Lorena dice

    14 mayo, 2020 a las 1:59 pm

    El patron le dice a esposo q ese dinero a fin de año el se lo descuenta eso es asi?

    Responder
  9. Veronica dice

    14 mayo, 2020 a las 8:36 am

    Hola buen día quería saber como se puede saber cuanto es el bono que le dan a los trabajadores

    Responder
  10. Verónica dice

    13 mayo, 2020 a las 9:56 pm

    Estimado Ignacio. Como es el trámite para obtener el beneficio de ATP del mes de mayo? Hay que cargar información.?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      14 mayo, 2020 a las 12:04 am

      SI, se abre una nueva instancia

      Responder
      • Roxana dice

        14 mayo, 2020 a las 3:31 pm

        Hola alguien tiene algun modelo para la carga de datos de facturacion que solicita afip a traves de COMPROBANTES EN LINEA ATP (para registradoras fiscales/manual)?.Probe con el utilizado para carga de abril y con el txt de comprobantes citi y los rechaza
        No se para que presento el CITI mensualmente, si AFIP no contempla el dato en el Programa ATP. !!! N permite carga manual . Esto es un desastre!! El CPCECABA que onda?!

        Responder
  11. Carla dice

    13 mayo, 2020 a las 9:49 pm

    Hola Ignacio para que lo cobren en junio el salario de Mayo hay que hacer algún trámite o es automático.

    Responder
  12. HECTOR dice

    13 mayo, 2020 a las 7:57 pm

    UNA PREGUNTA, HAY QUE HACER ALGUNA PRESENTACION PARA COBRAR EL SALARIO COMPLEMENTARIO DE MAYO? O CON LAS PRESENTACIONES QUE SE HICIERON BASTA?
    GRACIAS

    Responder
  13. HECTOR dice

    13 mayo, 2020 a las 7:56 pm

    PARA LOS CASOS QUE NO RECIBIERON EL SALARIO COMPLEMENTARIO HAY UN VIDEO DE YOUTOBE PARA HACER LA CONSULTA A LA AFIP. YO HICE LAS PRESENTACIONES EL LUNES Y HOY RECIBI RESPUESTA DE UNA DE LAS TRES CONSULTAS.

    Responder
  14. Leandro dice

    13 mayo, 2020 a las 5:13 pm

    Buenas tardes Ignacio, se sabe como seria la carga de la informacion, para ingresar al ATP para los salarios de mayo?

    Responder
  15. Soledad dice

    13 mayo, 2020 a las 4:36 pm

    Hola buenas tardes le hago la sgte consulta.mi empleador dice q el gobierno me pago de más en lo q es el atp.lo que me dice q lo q me dieron de más me lo van a descontar del mes siguiente.esto es así como dicen?yo saqué mí cuenta y no me tienen q descontar nada el gobierno me pago bien.me podrían explicar

    Responder
  16. Sandra dice

    13 mayo, 2020 a las 4:30 pm

    Hola se sabe que va a pasar a aquellos empleadores que recibieron el mismo 23/04 por ventanilla , que debian rectificar los ingresos y no se llego realizar, por lo tanto no le otorgaron el atp de abril, Para solicitarlo para el sueldo de mayo se volvera a abrir o tambien lo pierden?

    Responder
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