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Empleados de Comercio y el Bono de 5.000 pesos

14 noviembre, 2018 Por Ignacio 81 comentarios

Índice de Contenidos

    • Pago a cuenta
    • ¿Qué quiere decir esto?
    • Sumas a cuenta de futuros aumentos
  • Negociación de la revisión salarial 2018
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El gremio de Comercio negocia la cláusula de revisión salarial y los empresarios quieren que se compense con el bono de $5.000

Finalmente, el gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial, decreto  1043/18 que establece el pago de una suma no remunerativa de 5.000 pesos a todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.

Al mismo tiempo, el gremio de Empleados de Comercio negocia con las cámaras del sector, la segunda revisión de la paritaria 2018. 

Sobre este tema, la pregunta se hacen muchos, es si el decreto que establece el bono alcanza a los empleados de comercio, y la respuesta es si, ya que el artículo 1°, el decreto establece el pago de la asignación no remunerativa de $5000 a “todos los trabajadores en relación de dependencia del Sector Privado.”

En consecuencia, todos los trabajadores del sector privado, en convenio colectivo de trabajo, tal es el caso de Empleados de Comercio y de cualquier otro gremio, como los que estén fuera de convenio, están alcanzados por la medida.

Pago a cuenta

Pero, hay que tener cuenta lo que dice  el artículo 4 del decreto, que establece lo siguiente:

ARTÍCULO 4°.- Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que hubiesen pactado colectivamente un incremento sobre los ingresos de los trabajadores, en concepto de revisión salarial de la pauta oportunamente acordada en la negociación colectiva del año 2018, podrán compensar aquél aumento con la suma total de la asignación establecida en el artículo 1° del presente hasta su concurrencia, salvo que acuerden expresamente su no absorción.

Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo podrán establecer que las sumas referidas en el artículo 1° del presente se computen hasta dicho monto, a cuenta de las sumas que pacten en concepto de revisión salarial de la pauta correspondiente a la negociación colectiva del año 2018.

En los supuestos que se instrumenten, según corresponda, la incorporación, compensación o absorción salarial de la asignación establecida en el artículo 1° del presente decreto, la misma adquirirá carácter remunerativo.

¿Qué quiere decir esto?

Que los gremios que negocien o hayan negociado incrementos salariales, en concepto de revisión de la paritaria 2018, podrán compensar esas sumas contra los 5.000 pesos. Excepto que acuerden lo contrario.

Por lo tanto, en caso de que así lo dispongan las partes, el acuerdo que se está negociando, en el caso de Empleados de Comercio o de cualquier otro gremio, podría compensarse con los 5.000 pesos.

De hecho, está es la intención que han manifestado los empresarios en los últimos días, y fue una de las cláusulas exigidas por las cámaras al gobierno.

Ahora, habrá que esperar que se establece en el acuerdo salarial que está negociando el gremio de comercio. De hecho, la salida del decreto, demoró la negociación, que se había comenzado a principios de este mes.

En resumen, la suma no remunerativa de $5000, que se debe pagar en dos cuotas iguales de $2500 en noviembre y enero, le corresponde a todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, que incluye a quienes están Comercio, pero también el resto de los gremios. Y también incluye a los que están fuera de convenio. Eso si, los que están en convenio, sepan que en caso de acuerdos de revisión de paritaria 2018, las sumas se podrán compensar.

Sumas a cuenta de futuros aumentos

Por último, hay que saber que las sumas que los empleadores hayan otorgado de manera unilateral desde el 1° enero de 2018, también podrá compensarse, si así lo estima el empleador, a cuenta de los $5000. Así lo establece el último párrafo del ya mencionado artículo 4 del decreto:

Los empleadores que hubiesen otorgado unilateralmente otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1° de enero de 2018, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total de la asignación establecida en el artículo 1° del presente.

ACTUALIZACIÓN!

Negociación de la revisión salarial 2018

El gremio de empleados acordó, con fecha 27 de noviembre, un nuevo incremento salarial en el marco de la revisión paritaria 2018. En el punto cuarto del mencionado acuerdo, se establece que:

“Las partes acuerdan que la asignación no remunerativa impuesta en el artículo 1 del Decreto 1043/18, mantendrá dicho carácter.”

Por lo se entiende, que el 20% acordado es independiente del pago de dicha suma. Por lo tanto, se deberá pagar la suma de 5.000 pesos.

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: bono de fin de año

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Comentarios

  1. -
  2. Natalia dice

    26 noviembre, 2018 a las 9:02 am

    Buen dia Ignacio. Hay novedades que va a pasar con el bono de $ 5000. Hay que aplicarlo la primer cuota para el mes de Noviembre en los recibos de este mes? o si va salir un nuevo ajuste salarial? Apenas haya novedades informanos. gracias!!!

    Responder
  3. Monica dice

    23 noviembre, 2018 a las 7:29 pm

    Mi jefe dice que como trabajo media jornada mr corresponden $2500 es asi?

    Responder
    • Ignacio dice

      26 noviembre, 2018 a las 12:53 pm

      Hola, si, es proporcional a la jornada

      Responder
  4. virginia mariel luna dice

    22 noviembre, 2018 a las 9:37 am

    Digamos lo correcto…. es un adelanto de sueldo y no un Bono si es absorbido a cuenta de futuros aumentos.

    Responder
    • Ignacio dice

      26 noviembre, 2018 a las 1:25 pm

      si, sería una definición mas cercana a la realidad

      Responder
  5. giselle dice

    21 noviembre, 2018 a las 3:52 pm

    Hola buenas tardes, yo quisiera saber si me corresponde el bono dado que cambie de trabajo el 26 de octubre del 2018? me corresponden los $5000 o un proporcional?. Aguardo respuesta.

    Responder
    • Ignacio dice

      26 noviembre, 2018 a las 1:27 pm

      Si

      Responder
  6. Nesly dice

    20 noviembre, 2018 a las 6:57 pm

    Ignacio, A los de media jornada cuanto les corresponde del bono de 5000?

    Responder
    • Diaz Nora del valle dice

      23 noviembre, 2018 a las 10:14 am

      Trabajando media jornada como se cobra el bono ?

      Responder
      • Ignacio dice

        26 noviembre, 2018 a las 1:01 pm

        proporcional

        Responder
  7. Sonia Braga dice

    20 noviembre, 2018 a las 11:01 am

    Como se aplicaría el bono en los empleados de la construcción? es proporcional ? cobra igual el empleado que inició sus actividades en enero/2018 que el que inicio sus actividades en octubre/2018? como sería. Gracias.-
    Saludos

    Sonia

    Responder
  8. Dario dice

    17 noviembre, 2018 a las 8:26 am

    Con el pago del bono, y el total neto llega a superar el tope para pagar ganancias me corresponde pagarlo?

    Responder
  9. Jorge LF dice

    16 noviembre, 2018 a las 5:58 pm

    Hola, El bono tambien es proporcional a los dias del mes?, trabaje en Noviembre dias 30 cobro $ 2500, trabaje 10 dias cobro $ 833.33. Gracias

    Saludos

    Responder
  10. karina dice

    16 noviembre, 2018 a las 11:16 am

    Y sinceramente las empresas deberían absorberlo y no seguir castigando al empleado, son una verguenza realmente, para eso que no den nada si después te lo quitan, no hacen un favor a nadie, Pan para hoy y hambre para mañana.

    Responder
  11. karina dice

    16 noviembre, 2018 a las 11:14 am

    perdón, pero la revisión después del 10% que incluyó los % de Oct-Nov y Enero 2019 se tratarían ahora en Noviembre, ya no entre Enero del 2019, así lo habían anunciado, SI ya estamos en un 40% y falta la inflación de 2 meses ya deberían tener claro que porcentaje pedir como cláusula gatillo.
    La verdad, es una injusticia como se maneja este gremio y todos, porque los aumentos deberian ajustarse con el índice de inflación mes a mes, y se evitarían tantas peleas y desacuerdos y paros, y además sería los más justo porque los empresarios y el gobierno no deja de subir lo que consumimos.

    Responder
  12. Marianbe dice

    15 noviembre, 2018 a las 4:02 pm

    Y monotributistas??

    Responder
  13. gaston dice

    15 noviembre, 2018 a las 1:27 pm

    Cavalieri ponete las pilas !! nuestro gremio es bastante blandoooo! vamos loco!

    Responder
  14. Damián Ariel Payeres dice

    15 noviembre, 2018 a las 12:57 pm

    Ignacio. Buenas tardes!!!

    Me gustaría saber si en caso de querer abonar el BONO como “A Cuenta de futuros aumentos” se debería aplicar un Grossing UP a los $5000,

    Muchas gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      17 noviembre, 2018 a las 6:10 pm

      A mi entender si

      Responder
      • Damián Ariel Payeres dice

        21 noviembre, 2018 a las 9:46 am

        Muchas gracias!!!

        Responder
  15. sol dice

    15 noviembre, 2018 a las 12:21 pm

    como se les paga a un empelado que entro por ejemplo el 10/11/2018, como se hace el calculo

    Responder
  16. Lorena dice

    15 noviembre, 2018 a las 12:07 pm

    La verdad si hacen eso de descontar el bono del aumento ya realizado para eso dejen todo cómo está y sigan negociando aumento salarial y no bonos truchos que son a costillas de lo ya generado ,es toda una mentira cavalliere no hace nada no logra nada para el comercio hasta las elecciones son truchas por años sigue y los afiliados jamas votan lo hacen todo internamente.la inflación más del 50% y nosotros solo obtuvimos el 25 con suerte estamos re mal pago.todo porque él es un empresario también y tiene negocios lo hace para no pagarle a sus empleados le conviene.no debería ser del sindicato tiene que pelear por el trabajador y no por su economía..

    Responder
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