• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Más retenciones: Ahora IVA y Ganancias a las billeteras electrónicas como Mercado Pago

30 octubre, 2019 Por Ignacio 1 comentario

Índice de Contenidos

    • Alcance
    • Sujetos pasibles de retención
    • Datos a informar
    • Eximición de retenciones
    • Determinación del importe a retener
    • Vigencia
  • Newsletter
  • ¡Gracias!

Retención IVA y Gananciasa medios de pago electrónicos: tarjetas de crédito y/o compras.

Finalmente la AFIP reglamentó el régimen de retención de IVA y de ganancias a las operaciones con billeteras electrónicas, como Mercado Pago o Todo Pago.

La medida fue tomado hoy con la publicación de las Resoluciones Generales 4621 y 4622 en el Boletín Oficial.

Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito. Esos montos son similares a los establecidas para las compras directas: 0,5 % para tarjetas de débito y 1 % para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos.

Alcance

El presente régimen de retención del IVA y a las ganancias es aplicable a las liquidaciones realizadas por comerciantes, locadores o prestadores de servicios que utilizan los servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, incluso a través del uso de dispositivos móviles y/o cualquier otro soporte electrónico virtual.

No corresponderá aplicar la retención cuando las liquidaciones se realicen a sujetos que administren los mencionados servicios electrónicos de pago y/o cobranzas o a entidades administradoras de sistemas de pago con tarjetas de crédito, de compra y/o de pago.

Sujetos pasibles de retención

Los comerciantes, locadores o prestadores de servicios son sujetos pasibles de retención siempre que:

  • Revistan el carácter de responsables inscriptos en el IVA, o
  • No acrediten su calidad de responsables inscriptos, de exentos o no alcanzados, en el IVA o, en su caso, de adheridos al Monotributo.
Datos a informar

El régimen de retención del IVA y a las ganancias aplicables a los pagos realizados a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios adheridos a sistemas de pago con tarjetas de crédito, compra y/o débito deberán informar los siguientes datos a sus agentes de retención:

  • Apellido y nombres, denominación o razón social, domicilio y C.U.I.T.
  • Carácter que reviste con relación al IVA (responsable inscripto, responsable no inscripto, exento o no alcanzado) o su condición de Monotributista.
  • Si integra el Anexo I de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias.
  • Si se trata de estaciones de servicio y bocas de expendio minoristas, habilitadas para funcionar como tales en el ámbito municipal o comunal e inscriptas en el Registro de Empresas Petroleras.
Eximición de retenciones

Las “micro empresas” y las “potenciales micro empresas” quedarán exentas del régimen de retención.

Para acceder al beneficio de la eximición de retenciones, aquellos sujetos categorizados como “potenciales micro empresas” deberán acceder con clave fiscal al servicio “Sistema Registral”, menú “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales”, “Registro de Beneficios” y seleccionar la caracterización “430 – Beneficio Eximición de Retenciones – Pagos electrónicos”.

Determinación del importe a retener

El importe de la retención se determinará aplicando sobre el precio neto a pagar, antes del cómputo de retenciones fiscales – nacionales, provinciales y/o municipales – las alícuotas que para cada caso se detallan:

  • Responsables inscriptos en el IVA:
    • Sujetos comprendidos en el siguiente anexo, las estaciones de servicio y las bocas de expendio minoristas inscriptas en el Registro de Empresas Petroleras por operaciones canceladas mediante la utilización de tarjetas de débito 0,50% y otras tarjetas 1%.
    • Demás responsables, por operaciones canceladas mediante la utilización de tarjetas de débito 0,50% y otras tarjetas 3%.
  • Demás responsables pasibles de la retención: 6%. No corresponderá efectuar retención cuando el importe a retener resulte igual o inferior a $ 12.
Vigencia

La presente norma entrará en vigencia el 19 de noviembre de 2019.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Daniel dice

    30 octubre, 2019 a las 8:14 pm

    Que pasa con las recargas que se hacen a traves de los debitos en cuenta. Ejemplo pago mis cuentas o mercado pago? Si cargo mi tarjeta sube por pago mis cuentas me tendrian que cobrar?

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d