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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4708/2020
RESOG-2020-4708-E-AFIP-AFIP – Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Trabajadores Autónomos. Crédito a Tasa Cero. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Resolución General Nº 4.707. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2020
VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-00261732- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI , y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus (COVID-19) como una pandemia.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por Ley N° 27.541.
Que en atención a la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional y con el objetivo de proteger la salud pública, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispuso mediante el Decreto N° 297 del 19 de marzo de 2020 y sus complementarios, el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el cual todas las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo.
Que el referido “aislamiento social, preventivo y obligatorio” fue prorrogado hasta el 10 de mayo de 2020, inclusive, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 408 del 26 de abril de 2020.
Que, como consecuencia de la disminución de la actividad productiva resultante de dicha medida, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 332 del 1 de abril de 2020 y sus modificatorios, creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, disponiendo distintos beneficios destinados a empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria, entre ellos, un “Crédito a Tasa Cero” para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos, con un subsidio del cien por ciento (100%) del costo financiero total.
Que mediante la Resolución General Nº 4.707 se creó el servicio “web” denominado “Crédito Tasa Cero”, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP, implementado por el Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, a efectos de que los beneficiarios se registren e ingresen los datos necesarios que el sistema requiera, para que las entidades bancarias procedan a otorgar el crédito solicitado.
Que asimismo dicha norma establece que la entidad bancaria realizará el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a las obligaciones de los tres (3) períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y los aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos.
Que, a los efectos indicados en el considerando precedente, corresponde efectuar precisiones respecto de las obligaciones a cargo de las entidades bancarias.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 12 del Decreto N° 332/20 y sus modificatorios, 2° de la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 591 del 21 de abril de 2020, 2° de la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 663 del 26 de abril de 2020 y 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Esta Administración Federal pondrá a disposición de las entidades bancarias otorgantes del “crédito a tasa cero”, en cada uno de los desembolsos, la información relativa a los Volantes Electrónicos de Pago en VEPs Consolidados con los valores correspondientes a las obligaciones de los beneficiarios en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales de contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), o aportes previsionales en el caso de trabajadores autónomos, y sus respectivos vencimientos, a fin de proceder a su cancelación, conforme lo indicado en el segundo párrafo del artículo 4º de la Resolución General Nº 4.707.
Asimismo, a través del servicio “E-Ventanilla” se informará a cada entidad bancaria el listado de Volantes Electrónicos de Pago (VEPs Consolidados) generados por esta operatoria y su detalle, a fin del seguimiento de los pagos de las obligaciones de todos los beneficiarios.
A los efectos indicados en el primer párrafo, el Banco Central de la República Argentina informará diariamente a este Organismo el detalle de los beneficiarios que accedieron al “crédito a tasa cero”.
ARTÍCULO 2°.- Al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda, según el sujeto de que se trate:
a) Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS): períodos fiscales correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2020.
b) Régimen de Trabajadores Autónomos: períodos devengados correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2020.
Las citadas entidades deberán efectuar la cancelación de los Volantes Electrónicos de Pago (VEPs Consolidados) a través de su red de pagos dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes contados desde la generación, fecha en la cual expirarán.
ARTÍCULO 3°.- Los trabajadores autónomos y los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) podrán acceder con clave fiscal al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, a fin de verificar la correcta imputación de los períodos fiscales cancelados.
De efectuarse modificaciones en la situación de revista que impliquen una variación en los valores de sus obligaciones en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, o en su caso, de aportes previsionales, los sujetos beneficiarios deberán ingresar, de corresponder, las diferencias resultantes mediante transferencia electrónica de fondos, conforme lo establecido en la Resolución General N° 1.778, sus modificatorias y sus complementarias. Asimismo, de resultar saldos a favor, podrán realizar la reimputación de los montos mediante el servicio mencionado en el primer párrafo.
ARTÍCULO 4°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación respecto de los créditos otorgados desde la implementación del beneficio de “Crédito a Tasa Cero”, en el marco del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes Marco del Pont.
e. 11/05/2020 N° 19278/20 v. 11/05/2020
Fecha de publicación 11/05/2020



Hola, a alguno le paso que le pidan cambiar el Banco donde se solicitó el préstamo? no veo una opción que permita rectificar el pedido de crédito.
Gracias
Hola! Me pasó lo mismo. Cómo lo resolviste? Cuando entro al servicio solo.puedo descargar el trámite iniciado. Pero tengo que empezarlo de nuevo yo
Hola Florencia, me está pasando lo mismo, tengo un caso de cambio de banco, como lo resolviste?
Hola buen dia!! tambien necesito cambiar el banco alguno lo pudo resolver??
Gracias
Buenas noches, alguien pudo hacer el cambio de Banco? Cómo procedieron?
Hola Waldo, me está pasando lo mismo, tengo un caso de cambio de banco, como lo resolviste?
Hola, tengo el mismo caso, lo pudieron resolver? necesito ayuda
como han resuelto el cambio de banco?
tengo un cliente que comenzó tramite y rechazó en el banco tarjeta carrefour. Allí le bajaron el tramite, pero ahora en afip sigue apareciendo ese banco.
Como lo resuelvo?, como comienzo el tramite en afip para otro banco? porfa, porque necesita el credito para servicios y otros y no puede
gracias
hola y a los que le rechazaron el crédito por haber facturado 1000pesos de más que solución le dan. xq esa factura es de los primeros días de marzo que todavía no estaba la cuarentena. una solución urgente xq ni ayuda de anses nos dan y del aire no podemos vivir. el trabajo bajo 100% .
Hola
no me queda claro, tengo q hacer yo el vep y después el banco la paga….o como es….?
Saludos
QUE BANCO TENES ?
Galicia
Hola yo hice el trámite del crédito a tasa cero el día 3 de mayo hasta hoy no he tenido repuesta del afip,del banco me contestan que no ingreso ninguna solicitud de crédito. Me dicen que me comunique con afip para terminar el trámite. Alguien sabe algo porfavor?
Yo lo que hice fue entrar directamente al home banking de mi banco y busque la opción Crédito a Tasa Cero y cargue ahí el numero de solicitud de la AFIP y cargue el numero de la tarjeta de crédito y el banco me respondió que en 48 horas me acreditariían el importe.
A mi nadie me aviso nada, yo busque la opción dentro del home banking.
Te aparecio? A mi no todavia
tenes q entrar al hombanking de tu banco , meterte en op crédito tasa cero y pedirlo ahí también, y es ahí donde el banco te da el ok, ( empezas el trámite en AFIP y lo terminas en la web del banco) y en 48hs lo tenes acreditado… y tampoco te avisan q ya lo tenes !
El banco en el que operó no tiene esa opción, y llamo y no tengo respuesta.
En Banco Hipotecario, a alguien le respondieron por este crédito?
Me pasa lo mismo! Banco hipotecario no tiene opción homebanking. A donde se reclama
Y como te das cuenta que ya lo tenés? A mí me avisaron hace una semana que ya estaba todo ok pero no tuve más respuestas
o sea que tenes que “aceptar” el credito desde homebanking ? si no lo hago nunca recibire el credito ?
En caso q lo solicitas por afip y por error de tipeo te queda mal el mail, como hago para modificar?
Te respondieron como?
Yo estoy igual Eliana.Me equivoqué en el mail y se ve que no se pueden comunicar conmigo.Alcanzaste algo vos?
También puse mal mí email… Si obtuvieron la la solución, me comunican??
Yo entre al home bank8ng de mí banco (banco provincia de Buenos Aires) y no figura la solapa'”crédito a tasa cero” como sigo?
Me ocurrió exactamente lo mismo. Me parece que es toda una mentira
A mi también me pasa lo mismo hice la solicitud del crédito el 7 de mayo y no tengo respuesta en el banco no saben nada, que me comunique con AFIP y no hay forma de comunicación.
No recibi ningun mensaje de rechazo cuando consulto en la pagina me dice que el pedido fud remitido al banco central y que me comunique con mi banco para seguir con el tramite. Me siento mareada no se que hacer. Saludos
Me pasa lo mismo con un cliente.Hay forma de cambiar de banco.O hay alguna otra alternativa??
Buen día me paso lo mismo, quiero cambiar el banco. Alquien encontro una solución. Gracias.
Te respondieron? Me pasa lo mismo
Después que afip me autoriza el crédito x el banco nacion …y teniendo cuenta y tarjeta del banco el banco me manda un mail para que abra y pida una tarjeta ja en el banco nadie sabe nada
Quiero saber cómo está mí trámite??
Yo ya hice el pedido del préstamo. Quiero saber cómo está mi gestión. Soy LEONARDO ESTEBAN MARTÍNEZ D.N.i 21683116
Buen dia , alguien tuvo novedad por encontras en proceso de verification registral??
Me pasa lo mismo! Nadie sabe nada al respecto 🙁
Me ocurre exactamente lo mismo, con tres clientes que son autónomos y que pretenden acceder al crédito tasa 0 me aparece la misma leyenda, que no pueden ser beneficiarios del mismo «Por encontrarse en proceso de verificación tu situación registral.» Llamé a un colega amigo que trabaja en la AFIP y a el le dijeron que me derive a una consulta web, lo que hice el día 6/5/2020, sin obtener respuesta a la fecha. Saben a que obedece esa leyenda que aparece en la página?
Buenas me pasa lo mismo baja de oficio hice plan de pago y ahora me sale fecha de inicio de actividad MAYO 2020 por eso me lo rechazaron y vengo desde 2018 una vergüenza el sistema q han implementado y nadie contesta
Buenos dias , queria consultar por el credito a tasa cero, en mi caso me lo rechazaron porque me dieron de baja del monotributo en marzo por falta de pago , pero me cobraron la cuota de marzo. la consulta es , tengo entendido que estaban suspendidas las bajas de oficio , en este caso , tengo alguna alternativa de pedir que me vuelvan a dar de alta y asi poder acceder al credito?
tenes hacer un plan de pago en mis facilidades y darte de alta nuevamente….. ya que tenes que ser monotributista
Hola gente:
A algún autónomo le contestaron por esta situación?
“Por encontrarse en proceso de verificación tu situación registral.”
Yo envié la consulta y no recibí respuesta al día de hoy.
Saludos.
Hola, envié la consulta la semana pasada y nada
No, y no hay manera de saberlo, muy lamentable
Fijjate que esté bien categorizado en autónomos. Hay dos categorías por el monto de ingresos anuales, la mayoría está en la categoría más baja hasta 20000 o 25000. Cambialo de categoría informando los ingresos anuales del año 2019
Hola Zulema,
Como cambias la categoría de autonomos?
Gracias por adelantado.
Nacho
Hola Zulema,
Me llego esta respuesta de afip.
Sabes como debo verificar los dtos?
Le informamos que deberá verificar su correcta categorización en el régimen previsional de trabajadores autónomos.
A tal fin, podrá consultar la categoría en la cual se encuentra encuadrado a través del servicio con clave fiscal denominado SISTEMA REGISTRAL >> CONSULTAS >> DATOS REGISTRALES (ingresar) >> CATEGORÍAS. Sugerimos verificar si el aporte que se encuentra ingresando se corresponde con la categoría declarada.
Asimismo, a través del mismo servicio web opción “Registro Único Tributario – RUT” deberá constatar si los datos exteriorizados son los actuales (entre otros, el domicilio fiscal).
VRP
Gracias.
Buen día, consulta, hay algún caso de que luego de recategorizarlo al contribuyente, le otorguen el crédito? Porque la verdad es una vergüenza la tabla de autónomos, ya que hace 14 años no se actualizan los montos de ingresos anuales.
Estoy en la misma situación y no se si realizar la recategorizacion …
Saludos y a la espera de una pronta respuesta.
María Daniela
Estimados,
les consulto si una vez que aumentaron la categoría de Autónomos, se levanto la traba y se le otorgo el crédito?
Gracias.
Segun la normativa:
…EL PRIMER DESEMBOLSO DE CRÉDITO IMPACTARIA EN EL RESUMEN QUE VENCE EN JULIO?
Es decir, el resumen que vence en junio (gastos devengados en mayo) se pagaría normal.
Alguien interpreta otra cosa?
Buen dia! que pasa si estan adheridos a debito automatico en la tarjeta de credito?
Deben llamar y pedir stop debit? o es automatico?
TENES QUE HACER EL STOP DEBIT. NO ES AUTOMATICO
Alguien tiene el caso q afip aprobo el credito, hicieron la presentacion del pedido credito tasa 0 , en el banco donde tienen tarjera x homebanking, el 5 de mayo y todavia no se le acredito el prestamo? Reclamo en afip y en el banco y sin respuesta al 12 de mayo.
Estoy en tu misma situación!!!!
Estpy en la misma situacion hace 25 dias ya
yo, estoy igual sigo esperando novedades del banco , todavia no se acredito nada
Si yo estoy en la misma situación , me acerque al banco en el q operó y me informaron q no generaron ni la tarjeta de crédito ,ahora me dijeron q imprima todos los papeles del crédito más la autorización de AFIP y me presenté el lunes para ver q solución me podrían dar , increíble.
Hice le stop debit y el baco no lmne lo tomo.. Jajjaa a pagar dos veces. Amo argentina