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Salario Complementario: AFIP informa los montos que depositará por el ATP

3 mayo, 2020 Por Ignacio 480 comentarios

Se puede consultar dentro del ATP y se descarga una planilla excel con los montos, los CUIL a los que se pagará y la CBU donde se dopositará.

Los beneficiario del Salario Complementario del decreto 332/20 artículo 8, pueden verificar los montos que la ANSES depositará en los CBU informados.

Ahora, se puede consultar quiénes fueron alcanzados los montos que serán transferidos por la ANSES a las CBU que informaste, dentro del ATP.

Al realizar la consulta se descarga un archivo excel con todos los montos, CBU y CUIL a los que se pagará el beneficio.

De los valores informados por AFIP, se desprende que:

Toma el 50% del Neto de Febrero 2020 Remunerativo + No remunerativo. Sobre eso el 83%

No se proporciona a la jornada parcial o reducida.

Salario Complementario

Recordemos que el artículo 2 del decreto 332/20, modificado por el decreto 376/20, establece en un punto b un Salario Complementario, que es una asignación abonada por la ANSES.

El monto de esta asignación será equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020.

No pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes.

Además, esta asignación compensatoria al salario se considerará a cuenta del pago de las remuneraciones o de la asignación en dinero prevista en el artículo 223 bis LCT 20.744.

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Publicado en: AFIP, ANSES Etiquetado como: Salarios

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Comentarios

  1. -
  2. Javier dice

    7 mayo, 2020 a las 8:37 am

    Buen día. Estuve siguiendo el hilo de esta conversación. En el caso de mi empresa hoy aparecieron acreditados los sueldos complementarios a los empleados cuyo CBU está en el excel. Los que no están (aunque sí están cargados en la simplificación registral) no se les acreditó el importe. Qué se deberá hacer ahora?

    Responder
  3. Juan dice

    7 mayo, 2020 a las 6:24 am

    Hola a todos, pueden ayudarme en esta consulta. Me depositaron POR ATP 10.500 siendo que el basico tendria que ser de 16,000. tengo compañeros del trabajo que si cobraron ese monto y soy la unica persona que solo le depositaron esa cantidad. TENGO QUE HACER EL RECLAMO? QUE ME RECOMIENDAN?????

    Responder
  4. Veronica dice

    7 mayo, 2020 a las 1:28 am

    Hola, a la fecha no recibi respuesta de AFIP al ATP ni mail al domicilio fiscal, nada. Realice consulta y no tuve respuesta. Es un solo empleado , y el registro en ATP lo hice en tiempo y forma. Donde mas puedo averiguar o como saber? Desde ya gracias, saludos

    Responder
  5. Sofia dice

    7 mayo, 2020 a las 1:14 am

    Hola Ignacio, como estás? Una consulta, teniendo en cuenta que toma el sueldo de febrero, en mi caso estuve con licencia por ART y solo cobre unos días por la empresa, y recién viendo mi cuenta Anses me depositó$4.000.- eso quiere decir que el resto para completar el 75% debe abonarlo la empresa? Soy empleada de comercio y se arreglo un 75% de cobro. Muchas gracias

    Responder
  6. Rodrigo Flores dice

    6 mayo, 2020 a las 10:28 pm

    Ya se puede ingresar al Simplificación registral

    Responder
  7. Karina Sanandrez dice

    6 mayo, 2020 a las 8:47 pm

    Hola, desde ayer la página de AFIP está colapsada y no puedo cargar los CBU que faltan. Sabe alguien que sucede si AFIP deposita la asignación solo a los empleados con CBU? Que sucede con el resto de la ayuda?

    Responder
  8. Ani dice

    6 mayo, 2020 a las 7:09 pm

    Hola buenas tardes, tengo una duda. A ver si es posible que alguien me pueda ayudar. No tengo mi cuil provisorio unificado con mi cuil actual de mi DNI. Cuando cargan mi CBU dice mi empleador que al no concordar dicho cuil (porque en mi recibo aparece mi cuil provisorio) no van a poder hacer nada para poder recibir mi aporte de Salario complementario. Y no puedo consultar al Anses porque por la emergencia sanitaria no atienden por teléfono y apenas me toca el 19 de mayo realizar una consulta virtual. No voy a poder cobrar entonces?

    Responder
  9. Roxana dice

    6 mayo, 2020 a las 7:07 pm

    Desde ayer me es imposible ingresar a Simplificación registral para cargar cbu que me faltan.- Y otros clientes a pesar de tener el beneficio, no me deja ver la página para bajar el excel con el detalle.- Alguien pudo solucionarlo?

    Responder
  10. Romina dice

    6 mayo, 2020 a las 3:36 pm

    Hola! Buenas tardes. Hay alguna posibilidad de consultar, en mi situacion de empleado si lo voy a cobrar y el.monto? Ya que mi empleador no nos dice nada.

    Responder
    • Lola dice

      7 mayo, 2020 a las 7:23 pm

      Hola! Podés consultar en esta página con tu número de cuil
      Lo acabo de consultar y me sale que no accedí al beneficio, que consulte con mi empleador.
      Supuestamente estaba todo ok, no sé que pasó

      Responder
  11. Damian dice

    6 mayo, 2020 a las 3:33 pm

    Ignacio:

    Tengo una duda importante que nos va a surgir a muchos liquidadores de personal QUINCENAL. Tengo casos que cobran salarios netos de $12.000 por quincena (UOM) y me encuentro con que no se como liquidar el salario complentario ya que el recibo quedaria en negativo por mas de $4000.-, en estos casos que se hace? el empleado cobraria plata de mas, o se descuenta la diferencia la proxima quincena?

    Responder
    • Marcelo dice

      6 mayo, 2020 a las 4:50 pm

      Hola damian, como estas en esos casos los sistemas utilizan un concepto que se denomina ajuste de recibo, lo que hace ese concepto es dejarte el recibo en 0. esta pasando en todos los empleados de comercio que trabajan 4 horas. saludos

      Responder
  12. Marcelo dice

    6 mayo, 2020 a las 2:21 pm

    Hola buenas tardes !

    Hace un rato llego una notificación en domicilio fiscal de todas las empresas que tenemos en el estudio vinculados con transporte informando que se iban a evaluar nuevamente, alguien tiene idea de que paso con respecto a transporte, dado que muchos de ellos ya tenias aprobados los atp e inclusive ya descargado el excel con los importes a percibir por cada empleado,.

    que pais dios mio y a todo esto este mes los clientes estan desesperados por los recibos, increible

    Responder
    • ANA B. dice

      6 mayo, 2020 a las 3:39 pm

      Buenas tardes a mi me paso lo mismo pero con una escuela privada nos acaba de llegar la notificación de que van a eveluar nuevamente el otorgamiento del beneficio,siendo que ya nos habían enviado el excel con lo que iba acobrar cada empleados;no se adonde reclamar.

      Responder
    • Juan Manuel dice

      6 mayo, 2020 a las 8:05 pm

      Hola me paso lo mismo con todas las empresas de transporte que tenían todo aprobado el ATP…..

      Responder
    • Nadia dice

      6 mayo, 2020 a las 11:32 pm

      Me paso lo mismo! Alguien sabe que se puede hacer?

      Responder
  13. Waldo dice

    6 mayo, 2020 a las 2:15 pm

    Buenas tardes, hace dos días que no puedo acceder a “Simplificación Registral Empleadores” para ningún cliente, abre la pagina y se queda en blanco, a alguien le esta pasando?

    Responder
  14. Ctdor. Maximiliano Morini dice

    6 mayo, 2020 a las 2:08 pm

    Buenas Tardes, alguien pudo solucionar el problema de los CBU que NO aparecen en en Listado Excel pese a que se encuentran correctamente cargados en Mi Simplificación Registral? Gracias.

    Responder
    • Cristian dice

      7 mayo, 2020 a las 10:24 am

      Hola..
      Todavia no aparecen … y ya depositaron a varias empresas… dicen jueves y viernes.. a las que no le aparece el cbu no me acreditaron en ninguna..

      Responder
  15. Mirta dice

    6 mayo, 2020 a las 12:58 pm

    Estoy desde el 5 de mayo 9 horas tratando de ingresar unos CBU de empleados. y cuando accedo a Simplificacion registral Empleadores. La pagina se cuelga. Lo intente hasta las 3 de la mañana. Hoy sigue igual. Es posible que AFIP trabaje tan mal??

    Responder
    • Marikena dice

      7 mayo, 2020 a las 9:53 am

      Me Pasa lo mismo, terminé filmando la página al cliente para que vea la insistencia mía en intentar la carga, porque si pierde el beneficio ya sabemos donde recaerá la culpa….

      Responder
  16. Miguel Angel dice

    6 mayo, 2020 a las 12:40 pm

    Hola: El importe del Salario Complementario va como Salario Complementario Decreto 332/2020 y lo pones en columna de las retenciones.( como los descuentos de Aporte Jubilarotio 11%, ley 19032 3%, etc). O sea, lo estas asimilando a un Anticipo de Haberes. De este modo; el sueldo neto a percibir en el Recibo te ha de quedar exclusivamente lo que paga el Empleador.-

    Responder
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