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Se firmó reajuste de la paritaria de Empleados de Comercio

3 agosto, 2021 Por Ignacio 157 comentarios

Índice de Contenidos

  • Gratificación de$4.000
  • Incremento del 9%
  • Vigencia
  • Prórroga acuerdos por suspensiones 223 bis
  • Acta acuerdo
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Se acordó una gratificación extraordinaria por única vez de $4000 a abonarse durante la segunda quincena de agosto y un incremento no remunerativo del 9% a partir de noviembre

Se firmó la paritaria 2021 de Empleados de Comercio

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron en el día de hoy un acuerdo complementario al celebrado en abril pasado para la paritaria 2021 de la actividad mercantil (CCT 130/75). 

Gratificación de$4.000

Las partes pactaron una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), y de naturaleza excepcional, de $4000, que se abonará durante la segunda quincena del mes de agosto de 2021.

Incremento del 9%

Asimismo, acordaron un incremento salarial de 9% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021.

El mencionado aumento de 9% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241) a partir del mes de noviembre de 2021.

Este incremento mantendrá su carácter no remunerativo hasta enero de 2022, momento en que se incorporará a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal.

Es importante destacar que el incremento acordado no tiene impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantenga su condición de no remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer.

Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.

Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Vigencia

Lo pactado en este acuerdo complementario tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2022 y se ha mantenido el compromiso de las partes a reunirse en el mes de enero para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.  

Prórroga acuerdos por suspensiones 223 bis

Simultáneamente, se acordó la prórroga en idénticos términos y condiciones, para los meses de julio a diciembre de 2021, ambos inclusive, del Convenio de emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica (Resol.515/20 MT y Cctes.)

Acta acuerdo

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Publicado en: Empleados de Comercio

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Comentarios

  1. -
  2. Alejandro dice

    19 octubre, 2021 a las 3:16 pm

    Tengo entendido que el ultimo 9% entra al básico en el sueldo del mes de enero, pero el otro 32% durante el año pasa al básico, si es así.. Cuando?. Saludos!

    Responder
  3. Emilinao dice

    12 octubre, 2021 a las 11:54 am

    Ignacio, buen dia, para realizar una liquidación final por renuncia, debo tomar los conceptos no remunerativos?
    Gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      12 octubre, 2021 a las 11:13 pm

      Si

      Responder
  4. Facundo dice

    7 septiembre, 2021 a las 2:27 pm

    Buenas tardes Ignacio, utilizando tu calculadora está sumando como base para los aportes de OS los $4000,00, es correcto esto? En mi caso lo detecté para el periodo Agosto 2021, Maestranza A, media jornada (24hs). Aguardo tu respuesta. Saludos

    Responder
    • Ignacio dice

      8 septiembre, 2021 a las 1:06 am

      Hola, no, no es correcto, mañana subo la actulización

      Responder
  5. Julieta dice

    18 agosto, 2021 a las 4:14 pm

    Una consulta: el incremento del 9% y los $4000 no llevan retención de SEC ni FAECYS no? tampoco de OSECAC para quienes derivan ahí? Entiendo que no, porque en todos los acuerdos lo suelen mencionar específicamente y acá no

    Responder
    • Ignacio dice

      18 agosto, 2021 a las 10:15 pm

      Los 4000 sin aportes
      el 9% con aportes a obra social y sindicato

      Responder
  6. Soledad dice

    18 agosto, 2021 a las 12:11 pm

    Pregunto. No piensan arreglar la obra social, es un asco cómo funciona. Los médicos especialistas no reciben la orden de consulta. Siempre el afiliado poniendo mucha plata de nuestro bolsillo y no te reintegran ni la mitad. Es un verdadero asco.

    Responder
  7. cristian dice

    17 agosto, 2021 a las 2:14 pm

    Buenas tardes, los $ 4000 son obligatorios para que se paguen en la segunda quincena del mes de Agosto o el empleador los puede pagar con el sueldo de Agosto en Septiembre?

    Responder
  8. Gabriel dice

    12 agosto, 2021 a las 2:52 pm

    Si pides mándame un mensaje y te pregunto algo privado

    Responder
  9. GRACIELA PERES dice

    11 agosto, 2021 a las 5:51 pm

    Me pueden confirmar si los 4000 llevan antiguedad y presentismo y si llevan descuentos de obra social y sindicato? Mil gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      11 agosto, 2021 a las 11:19 pm

      4000 limpios

      Responder
  10. Nahuel dice

    10 agosto, 2021 a las 1:20 pm

    Este tipo de gente que deja estos comentarios son los que por los que despues no nos dan bola. Vos que sabes si ella no un plus? Que sabes si ella realmente no ayuda a sus empleados de otra manera. Te crees que las cosas aumentan porque los empleadores quieren? Existen rubros qu4 aumentan porque creen que todo aumenta dentro de unos meses y se van pero no son todos asi. Hay una cadena antes de eso. Y los empleadores tambien pagan impuestos por pagarnos el sueldo, por mantener un local, por mantener a su familia por muchas cosas para que nosotros empleados tengamos un sueldo en blanco y aportes para jubilarnos. Entonces ese odio guardatelo para pelear para que los empleadores no tengan que pagar impuestos para mantenernos en blanco y poder fomentar la produccion y el trabajo

    Responder
  11. Debora dice

    10 agosto, 2021 a las 9:26 am

    Los $ 4.000 llevarán descuento de Cuota Sindical y Faecys, y OSECAC para los empleados afiliados a OSECAC? (Descuentos que llevan siempre las ANR)

    Responder
  12. JorgeP dice

    10 agosto, 2021 a las 8:31 am

    Tengo un pasante desde junio que trabaja media jornada (20 hs. semanales)….con respecto a la gratificacion de $ 4000.-, le corresponde la totalidad o solo la mitad? Gracias!

    Responder
    • Deborah dice

      13 agosto, 2021 a las 10:39 pm

      Es proporcional

      Responder
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