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UTEDyC Escala salarial 2019 CCT 736/16

7 mayo, 2019 Por Ignacio 57 comentarios

UTEDYC – FEDEDAC – AREDA – CCT 736/16 ESCALA ESCALA SALARIAL 2019.

UTEDYC acordó para en la negociación paritaria 2019 un 32% de incremento salarial para el CCT 736/16.

El 32% de incremento salarial será escalonado y se distribuirá del siguiente modo:

  • 15% a partir de los haberes del mes de abril 2019 (a pagarse en 3 cuotas mensuales iguales y consecutivas con los salarios de mayo, junio y julio),
  • 9% adicional a partir de los haberes de Agosto 2019
  • 8% a partir de los haberes de Octubre 2019.

Base de cálculo: Todos los porcentajes se calculan sobre los salarios básicos de marzo de 2019.

Escala salarial según ANEXO “A” del acuerdo salarial

CATEGORÍASBASE01/04/201901/08/201901/10/2019
SUPERVISIÓN 1°33.12038.08841.06943.718
SUPERVISIÓN 2°30.67735.27938.03940.494
ADMINISTRATIVO 1°29.23533.62036.25138.590
ADMINISTRATIVO 2°27.99832.19834.71736.957
ADMINISTRATIVO 3°25.25429.04231.31533.336
MAESTRANZA Y SERVICIO 1°29.08833.45136.06938.396
MAESTRANZA Y SERVICIO 2°27.69931.85334.34636.562
MAESTRANZA Y SERVICIO 3°26.36630.32132.69434.803
MAESTRANZA Y SERVICIO 4°25.10428.87031.12933.138
MAESTRANZA Y SERVICIO 5°23.92327.51129.66431.578
GRUPO I VALOR HORA188216233248
GRUPO II VALOR HORA182209226240
GRUPO III VALOR HORA165189204217
GRUPO IV VALOR HORA159183197210

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Descargar Acuerdo y Escalas

CCT 736-16 (EX 700-14,EX 462-06) Personal de Entidades Deportivas y Civiles

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: UTEDYC

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Comentarios

  1. -
  2. Estela dice

    4 marzo, 2021 a las 11:57 am

    HOLA
    Quería consultar el descuento de la Obra social que es del 3% , para el profesor/ instructor que trabaja por hora es el mismo % es decir el 3% , Trabaja 4 horas diaria . No se Calcula al Doble como comercio? (6% en media jornada)

    Responder
  3. jesica dice

    13 octubre, 2020 a las 8:04 am

    buenos dias, queria consultar como se hace al calculo de la hora de un profesor de educación física, que ejerce sus tareas en un barrio privado. No entiendo en que categoria (VALOR HORA DE QUE GRUPO?) se encuadra esta profesión. agradecería mucho si me pueden ayudar.
    con respecto a los aumentos de este año, a pesar de la pandemia los tienen que aplicar de igual manera, el 20 %? distribuidos en abril, mayo y junio si no entendi mal.

    Responder
  4. Horacio Vesco dice

    8 junio, 2020 a las 2:17 am

    Buenas tardes, tengo el convenio de utedyc 736/16 y quiero saber lo mismo que Facundo y veo que no le respondieron, para calcular la hora extra, como se calcula el valor de la hora. Muchas gracias.

    Responder
  5. FACUNDO LA HO Z dice

    26 abril, 2020 a las 7:54 pm

    Buenas tardes, tengo el convenio de utedyc 736/16 para calcular la hora extra, como se calcula el valor de la hora. Muchas gracias.

    Responder
  6. Hugo dice

    18 enero, 2020 a las 5:17 pm

    Soy entrenador de handball en un club de capital. Equipo de 1 division. Cuanto es el valor hora que se cobra ?

    Responder
  7. MARCELO dice

    15 enero, 2020 a las 10:40 am

    HOLA. TRABAJO EN UN CLUB COMO dt DE VOLEIBOL. NO LOGRAMOS ENCONTRAR UNA FORMA DE ABONAR LA TAREA. . ESTAMOS VIENDO:
    HORA CATEDRA
    % DE CUOTA DE LA ACTIVIDAD
    POR CATEGORIA

    RUEGO ME INDIQUEN CUAL ES LA MAS EQUITATIVA PARA TODOS.
    GRACIAS

    Responder
  8. Hilda dice

    11 enero, 2020 a las 12:54 pm

    Hola queria saver si algien me puede ayudar nesecito saver cuanto deveria cobrar trabajo 3 horas diarias 15 semanales 60 al mes el recibo de sueldo dice un numero pero me pagan mucho menos si algien me puede decir cuanto deveria percibir por favor

    Responder
  9. LAURA dice

    15 diciembre, 2019 a las 1:57 pm

    ESTO CAMBIO???
    REGIMEN DE LICENCIAS
    Artículo 12: Régimen de licencias ordinarias.
    Para todo trabajador que ingrese a partir de la entrada en vigencia de la
    presente convención, las vacaciones en cuanto a su duración y pago se
    ajustarán a la legislación vigente, con la siguiente modificación, a saber:
    • Hasta 5 años de antigüedad 14+2= 16 días
    • Hasta 10 años de antigüedad 21 días
    • Hasta 20 años de antigüedad 28 días
    • Más de 20 años de antigüedad 35 días
    4
    Para el personal que haya ingresado con anterioridad a la fecha de entrada en
    vigencia del presente convenio, se mantendrá frente a su empleador el régimen
    de vacaciones del convenio colectivo anterior, a saber
    • Hasta 5 años de antigüedad 16 días + domingos y feriados
    • Hasta 10 años de antigüedad 24 días + domingos y
    feriados
    • Hasta 20 años de antigüedad 33 días + domingos y
    feriados
    • Más de 20 años de antigüedad 41 días + domingos y
    feriados
    Sin perjuicio de ello, regirá durante el primer año de vigencia de este convenio,
    para estos trabajadores, un sistema de opción irreversible, por el cual cada
    trabajador y cada empleador, podrán acordar la inclusión, en todo o en parte al
    nuevo sistema de vacaciones, a cambio de un pago equivalente a un día de
    vacaciones por cada uno que se reduzca. Dicho concepto, se liquidará como
    rubro compensación vacacional, al regreso de las mismas. Será liquidado
    conforme las disposiciones del art. 155 L.C.T. En caso que una de las partes
    opte positivamente y otro por la negativa, prevalecerá la voluntad de este último.
    Cómputo: Para el cómputo del período de vacaciones de cada trabajador, se
    tendrá en cuenta la antigüedad que posea el trabajador al 31 de Diciembre del
    año que correspondan las mismas.
    Goce: En razón de la modalidad y característica especial de las actividades
    regidas por esta convención, las instituciones podrán conceder las vacaciones
    durante el periodo que va desde el 01 de septiembre al 31 de mayo, procediendo
    en forma tal que a cada trabajador le corresponda el goce de éstas por lo menos
    en una temporada de verano cada tres períodos, asimismo las partes podrán
    convenir el fraccionamiento de las mismas. Conforme lo prescripto en el art. 154
    LCT.
    De optar por el fraccionamiento el empleador otorgará como mínimo un
    cincuenta por ciento de los días de licencia en los meses de verano. No
    pudiendo la primera fracción de las mismas ser inferior a siete (7) días corridos,
    con excepción de aquellos trabajadores cuya antigüedad no exceda de los cinco
    (5) años.
    En las instituciones en que por acuerdo con el personal, rija otro régimen al
    respecto, éste podrá ser mantenido.
    El comienzo del período de vacaciones comenzará indefectiblemente luego del
    franco del trabajador.
    Pago: A los fines de su pago, se deberán calcular teniendo en cuenta la mejor
    remuneración percibida durante los últimos seis meses.

    Responder
  10. LAURA dice

    15 diciembre, 2019 a las 1:56 pm

    HOLA, BUENOS DIAS, TRABAJO EN UN CLUB DE MAESTRANZA Y SOY DE UTEDIC, CUANTOS DIAS DE VACACIONES ME CORRESPONDEN. ENTRE EN JULIO DE 1999. ME DARIAS LA LEY DONDE PUEDA LEERLOS.

    Responder
  11. evangelina dice

    6 diciembre, 2019 a las 2:15 pm

    hola buenas tardes necesito saber cuanto seria el sueldo inicial de cajero administrativo en una entidad financiera, 6 horas por día

    Responder
  12. evangelina dice

    6 diciembre, 2019 a las 11:37 am

    Hola buenos días , quisiera saber cuanto sería el básico de un cajero en una entidad financiera que recién comienza por 6 horas

    Responder
  13. Diego Baez dice

    29 noviembre, 2019 a las 7:23 pm

    HOLA, SOY GUARDAVIDAS EN UN COUNTRY Y QUISIERA SABER CUANTO TENDRIA QUE COBRAR LA HORA O EL MES ???? CON 13 AÑOS DE ANTIGUEDAD, BAJO LA ORBITA DE UTEDYC , DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS

    Responder
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